853ª sesión, 35º período de sesiones, Comité de los Derechos de las Personas con Discapacidad (CRPD) Órganos de Tratados Date: 19 August 2026 Language: Spanish Transcript: https://transcripts.un.org/es/crpd/853 Transcripts available through this tool are created by using automatic speech recognition and are not official records nor official documents of the United Nations. Official records and official documents are available on the Official Document System of the United Nations. --- CRPD Committee · Presidenta [0:02]: Buenos días, distinguidos miembros del Comité, distinguidos representantes de las organizaciones de personas con discapacidad, colegas. Voy a dar inicio a la reunión. de nuestro Comité, en el que vamos a seguir examinando el informe periódico de Chile en el contexto de la aplicación del artículo 35 de la Convención. Mañana vamos a seguir con la segunda parte del diálogo con la delegación que empezamos ayer. Vamos a escuchar preguntas y respuestas sobre el segundo grupo de artículos. Y después de la pausa, pasaremos al tercer grupo temático. Pediría a todas las personas que intervengan que se ciñan al tiempo que se les ha impartido. La secretaría me ayudará a que nos cillamos al tiempo previsto. Vamos a seguir examinando, pues, los puntos del punto del segmento dos que empezamos ayer por la tarde. Voy a empezar por dar la palabra a la señora Amalia Gamio. Adelante. CRPD Committee · Miembro del Comité · Amalia Gamio [1:40]: Señora presidenta, vuelvo a dar la bienvenida a la distinguida delegación de la República de Chile, agradeciendo sus respuestas, y también a las organizaciones de la sociedad civil. Yo quisiera preguntar sobre las investigaciones sistemáticas y retrospectivas para determinar cuántas mujeres fueron esterilizadas sin su consentimiento, y sobre sanciones, reparaciones y garantías de no repetición. Esa es una pregunta que quisiera me contestaran muy puntualmente. Otra que nos preocupa muchísimo es que tenemos información de que en la escuela Juanita Aguirre de Viña del Mar, la mayoría de las estudiantes reciben anticonceptivos de larga duración sin su consentimiento. Espero su respuesta, por favor. CRPD Committee · Presidenta [2:44]: Excelencia, adelante, tiene la palabra. Chile · Representante [2:52]: Va a responder SENADIS para comenzar. Chile · Representante de SENADIS [3:03]: Muy buenos días. En relación con las esterilizaciones, Nos remitimos desde el Servicio Nacional de la Discapacidad al marco normativo que fue citado el día de ayer, la Ley 21.331 y sobre políticas y cifras. Lo tiene? CRPD Committee · Miembro del Comité · Amalia Gamio [3:25]: Me interrumpa. El marco normativo ya lo conocemos. Speaker 7 [3:29]: Pero. Stop, please stop. CRPD Committee · Presidenta [3:33]: Perdone, señora. Señora Amalia Gamio. Cuando intervenga, me puede decir qué es lo que pide. Cuando desee intervenir, me puede hacer una señal. Señora María Gamio, tiene la palabra. CRPD Committee · Miembro del Comité · Amalia Gamio [3:59]: Decía yo que recordamos muy bien lo que nos dijeron ayer. En el marco normativo ya está prohibida la esterilización, pero mi pregunta es concretamente sobre qué investigaciones retrospectivas se han hecho para determinar cuántas mujeres fueron esterilizadas sin su consentimiento antes. ¿Qué sanciones se dieron a quienes lo hicieron? ¿Qué reparaciones se hicieron a las víctimas? ¿Qué garantías de no repetición se tienen actualmente? Speaker 10 [4:37]: Muchas gracias. CRPD Committee · Presidenta [4:45]: Pido disculpas por haber interrumpido su respuesta. La señora Gamio necesitaba que la delegación entendiera exactamente qué les estaba preguntando, qué les estaba pidiendo. Muchas gracias, excelencia, tiene la palabra adelante. Chile · Representante [5:07]: Solo quiero complementar que para nosotros es importante entregar un contexto jurídico legal para poder luego avanzar en la respuesta que. Que nos están presentando. El Ministerio Público va a comenzar la respuesta y va a ser complementado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Chile · Representante del Ministerio Público [5:30]: Buenos días. ¿Se escucha bien? Muchas gracias. Desde el Ministerio Público podemos referir que en materia de esterilización de adolescentes y mujeres con discapacidad no tenemos registros en cifras Atendido que la esterilización no consentida no constituye un tipo penal propiamente tal en Chile, tenemos otros tipos penales como por ejemplo castración, lesiones, tenemos los tipos penales que comentaba ayer de tortura, premio ilegítimos, pero esterilización propiamente tal no existe como categoría de registro en el sistema informático del Ministerio Público y por lo tanto no tenemos la posibilidad de registrar esos casos. Lo que sí puedo informar a este comité es que la Ley 21.675, que se hizo referencia, y esto es algo específico que es importante que se sepa, incluye la violencia gineco obstétrica. Y además incluye la violencia gineco obstétrica y también incluye la violencia institucional como formas de violencia contra las mujeres en el contexto estrictamente sanitario. Y además, a propósito de los lineamientos actualizados que ha dado el Ministerio de Salud en materia de esterilización en mujeres y niñas con discapacidad, el Ministerio Público, tomando en consideración esto en los últimos años, ha llevado a cabo capacitaciones sobre esta materia. a fiscales y también hicimos capacitaciones en colaboración con la academia judicial para de manera preventiva. O sea, no obstante, no tenemos cifra y no tenemos un caso que estemos abordando actualmente. Sí estamos preparando en este desafío investigativo en el caso que se presente y en ese caso los fiscales que lleven a cabo estas investigaciones van a contar con todo el apoyo tanto de la unidad especializada en derechos humanos como de la unidad especializada en género para llevar investigaciones con debida diligencia. CRPD Committee · Miembro del Comité · Amalia Gamio [7:31]: Gracias. Sería muy recomendable que se investigara justamente cuántas mujeres fueron esterilizadas, porque es necesario pensar en justicia restaurativa para ellas. Hay muchas que lo fueron. Quisiera saber si tienen información de lo que les decía de la escuela Juanita Aguirre, que se les están proporcionando anticonceptivos de larga duración a las niñas en esa escuela? CRPD Committee · Presidenta [8:08]: Muchísimas gracias, señora Amalia Agamijo. Todavía tenemos que escuchar respuestas de la delegación a su primera pregunta. Así que devuelvo la palabra a la delegación para que nos presente las respuestas que había preparado a su primera pregunta. Adelante. Chile · Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores [8:32]: Gracias, presidenta. Desde el Ministerio de Relaciones. Exteriores tomamos nota del caso señalado por la experta respecto a las cuales a Juanita Aguirre. De Viña del Mar, pero sobre el particular nos gustaría señalar dos puntos muy breves. El primero es que Chile tiene una institucionalidad establecida a través de poderes independientes para la denuncia de casos como tales. A través de un poder judicial independiente, como también reconoce la competencia contenciosa. De los órganos de tratados de derechos humanos de Naciones Unidas, como también del Sistema Interamericano de Derechos Humanos constituido por la Comisión Interamericana y la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Y en ese sentido, estimamos pertinente y señalar respetuosamente Que este proceso esperamos que no se trate de casos particulares, para lo cual existe justamente el sistema de peticiones y que se trate más bien de la implementación de la Convención en su integridad y de las políticas públicas adoptadas por Chile para su pleno cumplimiento y evitar el nombramiento de casos particulares que, insisto, estamos atentos a que puedan ser remitidos por escrito al Estado. Pero creemos que esta es una instancia más propia del cumplimiento pleno de la Convención a través de políticas públicas, leyes e institucionalidad asociada. Muchas gracias. CRPD Committee · Presidenta [9:55]: Muchísimas gracias, Excelencia. Señora Amalia Gamio tenía una segunda serie de preguntas. Una segunda pregunta, no sé si puede usted repetir su segunda pregunta. CRPD Committee · Miembro del Comité · Amalia Gamio [10:09]: Quiero aclarar que sí, en este comité utilizamos el nombramiento de casos individuales porque ejemplifican muchas de las cosas que queremos pedir, así que sí los vamos a tener que nombrar. Respecto al artículo 18, tenemos mucha preocupación porque las personas migrantes con discapacidad se enfrentan a varias barreras Sufren trabas burocráticas para que se les entreguen sus certificados extranjeros, claro, barreras idiomáticas y una baja cobertura de los sistemas de ayuda formal. Quisiéramos saber qué está haciendo el Estado parte para apoyar a los migrantes, incluyendo los niños, mujeres con discapacidad, para que su estancia reciban apoyo de salud, apoyo educativo, incluso de trabajo, si es posible. Espero su respuesta. Muchas gracias. Chile · Representante [11:16]: Esta respuesta será contestada por el Ministerio de Justicia. Chile · Representante del Ministerio de Justicia [11:25]: Buenos días, señora presidenta. Desde la perspectiva general de lo que es el sistema registral que tiene Chile, este opera a través del Servicio de Registro Civil e Identificación. Hoy dispone de 485 puntos de atención en el país, 16 direcciones regionales, 414 oficinas y 54 oficinas. varias de ellas instaladas en establecimientos hospitalarios en virtud de lo dispuesto en una ley específica, que es la Ley 19.477. De esta manera, nos parece que se eliminan barreras de entrada al sistema y permite que cada persona, a través de ese registro, pueda acceder a los beneficios que establece la ley. Adicionalmente, en casos particulares, se cuenta con la colaboración expresa de Extranjería en los casos que se trate de personas de otras nacionalidades. Gracias. CRPD Committee · Miembro del Comité · Amalia Gamio [12:35]: Gracias por la respuesta, señora presidenta. Con esto termino la parte que me corresponde. Gracias. CRPD Committee · Presidenta [12:51]: Muchas gracias ahora voy a dar la palabra al señor magino corporan que se referirá a las preguntas relativas a los artículos 19 y 20 de la convención señor magino corporan tiene la palabra adelante. CRPD Committee · Miembro del Comité · Magino Corporán [13:22]: Muy buenos días, muchas gracias, presidenta. Reitero mis saludos a la delegación de Chile. Con el tema de la vida independiente, crucial para nuestra Convención, ¿Tiene ya elaborado un programa basado en las directrices del Comité para transitar de la institucionalización hacia la vida independiente? Esa es una primera pregunta. ¿Y de cuánto sería o es la inversión de ese programa, la inversión financiera. Dejo esas dos primeras preguntas. Chile · Representante [14:29]: Esta pregunta la responderá SENADE y será complementada por el Ministerio del Trabajo. Chile · Representante de SENADIS [14:51]: Muy buenos días. En relación a la primera pregunta, el Servicio Nacional de la Discapacidad cuenta con importante oferta programática para promover el derecho a la vida independiente. Denme un momento, por favor, para poder buscar las cifras. Dentro de esta oferta se destaca, en primer lugar, el apoyo a estudiantes con discapacidad en instituciones de educación superior, por cuanto entendemos que dotar a las personas con discapacidad y velar por la efectiva inclusión en todas las trayectorias educativas resulta esencial para garantizar el derecho a la vida independiente. Sin perjuicio de que podemos complementar el desglose de cifras, puedo señalar que al año 2026 este programa ha beneficiado a 634 estudiantes con un presupuesto de 1.368.514.000 pesos chilenos. Igualmente, el Servicio Nacional de la Discapacidad provee financiamiento de ayudas técnicas entendidas como dispositivos esenciales para ejercer la vida independiente de las personas con discapacidad, mejorar su funcionalidad y autonomía personal. La población beneficiaria igualmente puede desglosarse y entregarse de manera escrita al año 2025. se beneficiaron 7535 personas con un presupuesto ejecutado de 4170 millones 901 mil pesos y al año 2016 un presupuesto que incrementa a los 6 mil millones de pesos. Así también contamos con el Fondo Nacional de Proyectos Inclusivos El Fonapi, que es una iniciativa del Servicio Nacional de la Discapacidad que nos permite materializar el principio de participación y diálogo social, por cuanto a través de esta iniciativa se financian líneas para promover igualmente la vida independiente de las personas. Y estas líneas de financiamiento a partir del año 2024 han sido identificadas como prioritarias y relevadas por las propias personas con discapacidad y sus organizaciones. Para el año 2025 se financiaron 117 proyectos con un presupuesto ejecutado de 1690 millones 275 mil pesos. Y para el año 2026 se mantiene un presupuesto similar y está el programa pendiente de adjudicación. Estoy. Finalmente, el Servicio Nacional de la Discapacidad cuenta también con el programa Tránsito a la Vida Independiente, que es consultado en el listado de cuestiones previas del año 2020 y por eso me parece relevante poder igualmente referirnos a él. Este programa busca apoyar a personas entre los 18 y los 59 años. con discapacidad y dependencia pertenecientes al 70% más vulnerable de la población según el registro social de hogares, que presentan dificultades para transitar a una vida independiente a través de servicios de apoyo, cuidado y asistencia. Es importante también señalar que en nuestro ordenamiento jurídico El apoyo es entendido como acciones de intermediación, cuidado y asistencia, que son las que se financian a través de este programa y que exige además que los prestadores de apoyo se encuentren debidamente inscritos en el Registro Nacional de la Discapacidad, que no solo inscribe a personas con discapacidad, sino que también a personas naturales prestadoras de servicios de apoyo. Para concluir puedo señalar que en el año 2025 se beneficiaron 2132 personas a las cuales se les financia, cierto, estos servicios de apoyo como acciones de asistencia, intermediación o cuidado con un presupuesto ejecutado de 2000 millones 449098 1000 pesos chilenos. Muchas gracias. Chile · Representante [19:43]: Complementa el ministro del Trabajo. Chile · Ministro del Trabajo y Previsión Social · Tomás Rauh Binder [19:45]: Muy buenos días. Señora presidenta, honorables delegaciones, autoridades presentes, mi nombre es Tomás Rauh Binder, ministro del Trabajo y Previsión Social de Chile. Complementando lo señalado por Cenadis, quisiera referirme a una condición habilitante de la vida independiente con apoyo, la disponibilidad de personas de apoyo calificadas y formalmente reconocidas. En esa línea, Chilevalora, organismo público encargado de reconocer y certificar formalmente las competencias laborales de las personas, con independencia de cómo las hayan adquirido, ha priorizado el perfil de cuidador o cuidadora primario. Ello permite validar conocimientos y habilidades adquiridos en la práctica sin exigir el paso previo por procesos formativos tradicionales, otorga respaldo institucional a una labor históricamente invisibilizada y ejercida mayoritariamente de manera informal por mujeres. En cuanto a escala, en 2025, de las 5.800 certificaciones de Chile Valora, se destinaron 1.245 al área de cuidados y en 2026 se proyectan 1.835 certificaciones en cuidados. A la fecha, más de 3.900 personas han sido certificadas en este perfil y esta política es de alcance nacional. CRPD Committee · Presidenta [21:11]: Muchas gracias. Muchísimas gracias. Este segmento se extiende hasta las diez y media, así que yo le rogaría que presente todas sus preguntas seguidas. Muchas gracias. CRPD Committee · Miembro del Comité · Magino Corporán [21:37]: SEÑOR PRESIDENTE: Muy bien. Bueno, muchas gracias, presidenta. En seguimiento a la pregunta anterior, me gustaría, si me pueden precisar más información, incluir si la filosofía de este plan tiene una vocación de inclusión laboral y si la tiene, ofrecer cifra de resultados. Quiero continuar. En cuanto al programa piloto Aconcagua para la vida independiente, que señala el informe en la respuesta 126, si nos pudieran ofrecer resultados, indicadores con relación a este programa y si es replicable. ¿Cuántas personas con discapacidad, incluyendo niños, han sido desinstitucionalizados y desinstitucionalizadas con el proceso de transición a la vida independiente que señalan en la respuesta ciento veintitrés para cumplir con las directrices de de de dos mil veintidós. ¿A cuáles personas se le ha otorgado un asistente personal? ¿Cuáles medidas ha desarrollado para elaborar un protocolo de consentimiento informado que pueda terminar con situaciones de privación de libertad de niños, niñas, adolescentes, adultos, adultos mayores con discapacidad en instituciones del Estado? ¿Cómo considera el Estado la implementación del acceso universal a la vivienda para la vida independiente? En tema de viviendas familiares, ¿cómo resolverá la brecha social de acceso a viviendas familiares con apoyo vinculado al Ministerio de Vivienda? Diga cuántos centros no están gestionados por el gobierno, a cuántas personas acogen y si piensa regularizar su situación. ¿Cuándo adoptará el Estado una estrategia integral de desinstitucionalización y vida independiente con metas, plazos y presupuesto? ¿Y qué medidas adoptará para prevenir nuevas institucionalizaciones? ¿Cuántas personas han transitado de instituciones a la comunidad? ¿Y qué medidas concretas garantizan actualmente asistencia personal, vivienda y apoyos comunitarios para que puedan elegir dónde y con quién vivir? Esas con relación al artículo 19. Voy a seguir al 20. Con relación al artículo 20, la movilidad personal, ¿qué medidas concretas con presupuestos y plazos adoptará el Estado para garantizar una movilidad personal independiente, incluido transporte accesible, asequible y confiable en rutas intermunicipales y rurales? ¿Qué acciones concretas se están adoptando para garantizar información auditiva accesible y asistencia por personal de transporte capacitado ¿Y qué resultados se han obtenido? Con relación al artículo 20, queremos subrayar, reconociendo la extensión del territorio chileno, que se subraye atención especial, porque esto de por sí amenaza mucho a la persona con discapacidad. en el territorio, si se pudiera priorizar. Paso al artículo 21. Debí decir, cuando inicié, que este grupo de preguntas… CRPD Committee · Presidenta [27:30]: SEÑORA PRESIDENTA: ¿Señor Corporán. Speaker 31 [27:35]: ¿Interrumpo, presidenta. CRPD Committee · Presidenta [27:36]: Sí. CRPD Committee · Miembro del Comité · Inmaculada Placencia Porrero [27:44]: Muchísimas gracias, una vez más, a la delegación por la información que están compartiendo con nosotros para que podamos tener una mejor idea de los esfuerzos realizados para implementar la Convención. En relación con el artículo 21. Celebramos los esfuerzos. CRPD Committee · Presidenta [28:10]: Perdón, señora. Pero hay una pregunta de seguimiento. Perdón. tendremos las respuestas a las preguntas del señor Magino y después habrá preguntas de seguimiento. CRPD Committee · Miembro del Comité · Inmaculada Placencia Porrero [28:39]: Como me ha dado la palabra, pensaba que podía intervenir ahora, pero no. Perdone por esta confusión. Muchísimas gracias. CRPD Committee · Presidenta [28:46]: Entonces, decía la presidenta, yo quería dar la palabra a la delegación para que conteste primero a las preguntas del señor Magino en relación con los artículos 19 y 20. Lamentablemente, solo tiene cinco minutos. Chile · Representante [29:04]: Va a responder brevemente Senadys? Chile · Representante de SENADIS [29:11]: Muchas gracias. En primer lugar, con respecto a las estrategias para el tránsito a la vida independiente y si estas buscan la inclusión laboral, efectivamente es así. En nuestro país reconocemos que las trayectorias vitales de las personas con discapacidad deben reconocer la plena inclusión en igualdad de derechos durante todo el curso de vida. Y eso comprende garantizar y promover como Estado la atención temprana, la inclusión educativa y luego, finalmente, la inclusión laboral bajo este gran marco de ejercicio de derechos que es la vida independiente. que también se reconoce como principio general en nuestro ordenamiento jurídico. Por lo tanto, los programas que mencioné hace un momento, todos tienen como foco lograr la plena inclusión laboral de las personas con discapacidad, cuyos datos más específicos podremos entregar en lo sucesivo. En términos de vivienda, es importante mencionar que el Ministerio de Vivienda y Urbanismo del Estado de Chile cuenta con subsidios habitacionales vinculados a discapacidad y accesibilidad universal. Así, por ejemplo, existe el subsidio de arriendo para personas mayores y personas con discapacidad, decreto supremo número 52, que cuenta con llamados especiales dirigidos a estos grupos de la población y permite postulación individual, contemplando condiciones de acceso y cobertura del subsidio accesibles en atención a estos grupos priorizados. Existe también el Fondo Solidario de Elección de Vivienda, Decreto Supremo 49, que incorpora beneficios complementarios para personas con discapacidad destinados a financiar obras especiales de adecuación de la vivienda y el monto puede incrementarse tratándose de situaciones de movilidad reducida. Existe también un sistema integrado de subsidio habitacional, un programa de mejoramiento de viviendas y barrios y un programa de habitabilidad rural cuyos detalles podemos entregar por escrito en atención, por supuesto, al tiempo. Brevemente también en relación al transporte, quisiera mencionar que el Estado de Chile ha trabajado de manera sistemática e intersectorial para avanzar en accesibilidad universal del transporte público, en coordinación, por supuesto, con el ministerio sectorial que es transportes y telecomunicaciones, entre otras reparticiones públicas. Uno de los principales ámbitos de trabajo ha sido la actualización del decreto supremo 142 que regula algo esencial condiciones de accesibilidad en el transporte público, para lo cual se está trabajando hoy en una mesa técnica intersectorial que ya cuenta con una propuesta de modificación para abordar y precisar conceptos técnicos como rampa, plataforma elevadora, arrodillamiento, piso bajo y ruta accesible interior, incorporando además una mirada que considera accesibilidad física, sensorial y cognitiva. Muchas gracias. CRPD Committee · Presidenta [32:33]: Señor Presidente, quiero hacer algún comentario, señor Maggino, sobre las respuestas que le ha dado la delegación. CRPD Committee · Miembro del Comité · Magino Corporán [32:54]: Satisfecho, no, pero creo que la delegación ha hecho un buen trabajo. No quiero, yo sé que el tiempo presiona mucho. Me gustaría que me abunden por escrito sobre lo no respondido. Gracias. CRPD Committee · Presidenta [33:21]: Muchas gracias, señor, adelante. Chile · Representante [33:26]: A remitir todos los detalles de las preguntas de los beneficiarios, el presupuesto y los detalles que solicitó por escrito. Cuente con eso. CRPD Committee · Presidenta [33:50]: Por favor, cualquier pregunta que no. pueda ser contestada completamente ahora, por favor, respóndala por escrito más adelante. Muchas gracias. Con esto concluimos la primera ronda de preguntas de seguimiento y pasamos a la segunda ronda. Dar la palabra a los miembros que no son del grupo de trabajo. para plantear las preguntas que deseen sobre el clúster 2. Gracias. Adelante, señor Schreffer. Bienvenido a la delegación, aunque sea ya un poco tarde para hacerlo, pero bienvenido de todas formas. CRPD Committee · Miembro del Comité · Markus Schäfer [34:41]: No es pregunta, es más bien un comentario sobre lo que dijo ayer sobre el artículo 12, la igualdad ante la ley. ¿No lo explicó el Ministerio de Justicia? que la ley de Chile se basa en el Código Napoleónico, y es de 1855, o sea, la mayoría de los códigos de las leyes europeas y de muchos otros lugares también vienen del Código Napoleónico. Y se trata aquí precisamente de proteger a las personas con discapacidad. Y ahí es donde viene la cuestión. y la Convención, que es totalmente contrario a lo que dice el Código Napoleón. La Convención CRPD no protege a las personas con discapacidad reduciendo sus derechos en ningún momento, sino que protege a las personas con discapacidad apoyándoles en el ejercicio de sus derechos. Y lo mismo cabe decir del derecho a la igualdad de reconocimiento ante la ley. Lo que requiere, por tanto, es apoyar mediante un sistema a la toma de decisiones para ayudar a la persona con discapacidad a tomar la decisión que quiera tomar y ejercer este derecho por sí misma. Ayer me dio la impresión de que no se limita a la delegación de Chile, lo veo en mi país también, lo veo en muchos otros países de derecho civil y yo, como soy jurista, también sé de dónde viene todo esto. Es un malentendido fundamental de la Convención pensar que sustitución la toma de decisiones es una manera de proteger a la persona con discapacidad según la Convención. No, tenemos que apoyar a la persona con discapacidad, ofrecer el apoyo necesario a la persona con discapacidad para que ella, la persona, tome su decisión. Si no puede tomar su decisión, tomar, expresar su voluntad, no puede decidir una otra persona, otra institución cuál sería la decisión según los mejores intereses de la persona, sino ayudar a interpretar lo que viene de la propia persona con discapacidad para tomar la decisión. Gracias. CRPD Committee · Presidenta [37:38]: Gracias, Excelencia. ¿Alguien más desea intervenir? Chile · Representante [37:43]: Va a responder, si sé que no hay una pregunta, pero a tomar una posición el ministro de Justicia? Chile · Representante del Ministerio de Justicia [37:57]: Muchas gracias, señora presidenta y jefa de la delegación. Concuerdo con algunos de los aspectos que ha señalado el señor Schaefer, no obstante lo cual quiero precisar que no hay acá una reducción de derechos. Hay que tener cuidado, en Chile ya no existe la muerte civil, que es aquello que, en conformidad con el artículo 95 del Código Civil, privaba de derechos a personas frente a determinadas situaciones. Por lo tanto, una persona con discapacidad no está privada de derechos. mantiene su patrimonio de manera tal que se pueden perfectamente ejercer derechos y contraer obligaciones en la medida que pueda existir una declaración de voluntad, que es precisamente lo que en muchos de estos casos no puede ocurrir y por eso es que existen estos mecanismos especiales que he manifestado el día de ayer. Pero quería hacer la precisión de que no hay una pérdida de derechos. Muchas gracias. CRPD Committee · Presidenta [38:58]: Tiene la palabra señora muchas gracias. CRPD Committee · Miembro del Comité [39:08]: Me refiero ante todo al artículo 14 hay algún sistema de formación de lengua de signos La información actual parece mostrar que las posibilidades de formación en la materia son insuficientes y lo que agrava las barreras de las personas sordas. Chile · Representante [39:51]: Senay va a responder esta pregunta. Chile · Representante de SENADIS [39:58]: Muchas gracias. En primer lugar, con respecto al reconocimiento oficial de la lengua de señas chilena, hay que precisar que el 22 de enero del año 2021 se publicó la ley 21.303, perdón, para promover el uso de la lengua de señas chilena. reconociendo que es la lengua natural, originaria y patrimonio intangible de las personas sordas, así como el elemento esencial de su cultura e identidad individual y colectiva. Y el Estado reconoce su carácter de lengua oficial de las personas sordas. En ese sentido, el Estado se obliga a promover, respetar y hacer respetar la utilización y los derechos, el ejercicio, perdón, de los derechos culturales y lingüísticos de las personas sordas, asegurándoles el acceso a servicios públicos y privados, a la educación y al mercado laboral y demás ámbitos de su vida en lengua de señas. Este mismo cuerpo normativo estableció también el deber de los establecimientos educacionales de incorporar la formación de lengua de señas chilena tanto como primera lengua como segunda lengua. Y para esos efectos, a través del sistema de certificación de competencias laborales Chile Valora, se han creado figuras que participan en el proceso de educación y de enseñanza de la lengua de señas chilena, estableciendo que esta debe ser realizada preferentemente por personas sordas calificadas y por ende, los Los perfiles laborales que existen hoy en Chile en el contexto educativo es el perfil de coeducador sordo en establecimiento educacional y el de instructor sordo en establecimientos educacionales. Igualmente, es importante precisar que desde el año 2014 a la fecha se ha incrementado la presencia de intérpretes de Lengua de Señas Chilena en los establecimientos educacionales. pasando desde alrededor 100 intérpretes en el año 2014 a 230 y más intérpretes al año 2025. como lo mencionábamos el día de ayer, a la fecha se encuentra pendiente de dictación el reglamento que especifica la formación de intérpretes y además la y la enseñanza, los mecanismos para enseñar la lengua de señas chilena, que es un tema que reconocemos como desafío y que identificamos también como prioritario avanzar en el corto plazo. Muchas gracias. CRPD Committee · Presidenta [42:47]: Thank you so much. Muchas gracias. Por favor, cuando contesten a las preguntas del miembro del Comité. Por favor, basen los detalles más adelante. Ahora tenemos varios miembros del comité. Adelante, señora Donders. CRPD Committee · Miembro del Comité · Donders [43:26]: Gracias. Quisiera saber si han aplicado las medidas necesarias para la vida independiente de las personas con discapacidad. Quiero hacer varias preguntas sobre los servicios de asistencia. Por ejemplo, ¿cuántas personas con discapacidad han recibido una formación de asistencia personal en 2025? Y sírvanse facilitar los recursos asignados para estos servicios en 2025. Gracias. CRPD Committee · Presidenta [44:07]: Gracias. Tiene usted la palabra. CRPD Committee · Miembro del Comité [44:12]: muchas gracias deseo la bienvenida a mi vez a la delegación de Chile mi pregunta se refiere al artículo 21 hay una serie de terremotos de catástrofes naturales en ese país qué medidas de facilitación se ofrecen para que las personas con discapacidad puedan recibir alerta en caso de catástrofes naturales? Y en cuanto al acceso a instituciones públicas, a escuelas que puedan servir de refugio en estos momentos, ¿cómo tienen acceso las personas con discapacidad a esos lugares? esos lugares seguros. Además, en esos casos hay intérpretes, por ejemplo, si lo necesitan las personas con discapacidad. Gracias. CRPD Committee · Presidenta [45:28]: Muchas gracias. La señora Amalia Camiño tiene la palabra. CRPD Committee · Miembro del Comité · Amalia Gamio [45:39]: Gracias, señora presidenta. Yo quiero brevemente hacer unas preguntas de seguimiento porque no fueron contestadas. Sobre el artículo 12, reforzando lo que dice el colega Scheffer, necesitamos que se elimine la interdicción del Código Civil y se implemente un sistema de toma de decisiones con apoyo. Eso necesito que nos lo contesten por escrito, por favor. También pregunté ayer sobre la ley 21331 que tiene artículos contrarios y reglamenta la hospitalización involuntaria, siendo contraria al artículo 14. Y sobre brindarnos información acerca de las responsabilidades que se hayan establecido a las víctimas del estallido social de 2019. Ahora bien, sobre el artículo 19, una pregunta concreta. Sabemos que respecto a los servicios de apoyo, se eliminó la modalidad individual y se dejó solamente la modalidad colectiva. Eso quisiéramos saber por qué sucedió eso y si se piensa restablecer. Esto frente al reajuste fiscal del 3% y las restricciones presupuestales previstas para los próximos años. qué medidas concretas adoptará el Estado para evitar que estos ajustes afecten de manera desproporcionada, pues justamente, la posibilidad de una vida independiente para las personas con discapacidad. Y finalmente, sobre el artículo 21, la comunidad sorda se queja de poca atención a sus necesidades. Por ejemplo, tenemos casos de mujeres sordas que han sido llamada la atención porque han ido solas a su consulta y no han llevado a su propio intérprete. Entonces, quisiéramos saber exactamente qué medidas están implementando para ayudar a las mujeres, especialmente a las mujeres sordas, en todo lo que requieren en los servicios, en la justicia, en la salud. Muchísimas gracias. CRPD Committee · Presidenta [47:59]: Gracias. Tenemos una última pregunta de Markus Schäfer. CRPD Committee · Miembro del Comité · Markus Schäfer [48:12]: Gracias por permitir dar un breve comentario a la respuesta del Ministerio de Justicia. La preocupación que tenemos en el Código Civil de Chile es la ley de personas, no digamos lo de la muerte civil, es decir, que no, que supone como una muerte del civil de las personas. El artículo 12 de la Convención no solamente habla de tener los derechos, sino ejercer los derechos. Y nuestra preocupación es sobre las reglas o las leyes que permitan ejercer los derechos. Nadie pretende que Chile tenga muerte civil, pero vemos que hay personas que no pueden manifestar sus propias preferencias. Entonces tienen un tutor, un custodio. Y pero no es el único código civil que tiene este problema, el de Chile, porque fue algo que se introdujo en Francia en la época de Napoleón, 1804. Gracias. CRPD Committee · Presidenta [49:35]: De aquí a las 11 y 5 tienen tiempo de contestar. Tiene la palabra. Chile · Representante [49:43]: La respuesta Cenadis. Luego complementamos. Chile · Representante de SENADIS [49:52]: Muchas gracias. En relación, en primer lugar, con los servicios de apoyo, que era la pregunta de seguimiento que nos hacían, es importante precisar que a agosto del año 2026, el registro de prestadores de servicios de apoyo del Registro Nacional de la Discapacidad cuenta con 3.781 personas inscritas. De ese universo, 3.305 corresponden a personas naturales, el 87,4%, y 476 a personas jurídicas. Es importante precisar que dentro de estas personas naturales pueden, por supuesto, existir personas con discapacidad que sean prestadoras de servicios de apoyo. En relación a las personas naturales, además, se observa que la principal categoría corresponde a cuidado y asistencia, con 2383 personas, equivalente al 72,1% de los prestadores de servicios de apoyo que son personas naturales. de estas personas registradas para servicios de intermediación, ello equivale a 495 registros, lo que implica un 15% del registro total. Eso en relación a los datos que nos solicitaban en cuanto a prestadores de servicios de apoyo. También, para ir abordando las temáticas, se nos consultaba por El programa de tránsito a la vida independiente y la eliminación de la modalidad individual y si esto respondía al a las reducciones presupuestarias que ha experimentado el servicio nacional de la discapacidad. En relación a esa consulta hay que señalar que efectivamente el programa Tránsito a la Vida Independiente se encuentra en un proceso de reformulación, pero no por una restricción presupuestaria, sino porque, tal como ya lo señalaba la sociedad civil el día de ayer, la cobertura efectiva del programa es muy baja. Y eso, efectivamente, es un tema que como servicio, como Estado, tenemos que mejorar para, efectivamente, garantizar la provisión de apoyos y, por ende, el derecho a la vida independiente de las personas con discapacidad. En ese contexto, como servicio, acabamos de obtener una recomendación favorable de nuestro ministerio para poder, en conjunto con las experiencias, o tomando más bien las experiencias que hemos tenido de esta oferta programática, en conjunto con otras que ha desarrollado el servicio a nivel territorial, financiar un nuevo programa de servicios de apoyo con base comunitaria y que articularíamos a partir del próximo año 2027. En relación con las emergencias, quisiera señalar que, como lo hemos mencionado, en nuestro país existe una regulación específica para garantizar la accesibilidad de las comunicaciones en el contexto de gestión de riesgo de emergencias y desastres. Y es así entonces que la programación que se transmita en esos contextos, la programación televisiva, me refiero, que se transmita en esos contextos, debe ser entregada siempre de acuerdo al marco normativo con subtitulado y con lengua de señas chilena. Eso se establece en el marco normativo. La falencia que hemos reconocido es que el reglamento que regula esa implementación para que sea aplicado por los canales de televisión se encuentra aún pendiente de dictación y eso ha implicado la existencia de una brecha entre lo que dice el marco normativo y lo que finalmente se implementa. Ahora bien, sin perjuicio de eso, Cenadis en conjunto con el Ministerio de Desarrollo Social y Familia ha desarrollado un importante trabajo intersectorial para promover la gestión de riesgos inclusiva. Ya lo mencionaba nuestra jefa de delegación ayer con respecto al levantamiento de la ficha FIVE y también en conjunto con el Servicio Nacional de Prevención de Emergencias y Desastres, el Senapred, se ha trabajado también en incorporar accesibilidad para los sistemas de alerta temprana. Y así, por ejemplo, en nuestro país, que Al día de hoy, por ejemplo, está siendo afectado por situaciones de emergencia, como ocurre en el norte con el sistema frontal. Los sistemas de evacuación, de alerta de evacuación, se entregan también por mensajería de texto para efectos de que pueda ser una señal accesible a todas las personas y que se pueda hacer evacuación y, de esa manera, garantizar sus vidas. Finalmente, con respecto a las mujeres sordas y cómo ellas acceden en igualdad de condiciones a la justicia y a la salud, tiene mucho que ver con lo que mencionábamos, cierto, del marco normativo que establece la obligatoriedad de accesibilidad en la información y las comunicaciones y que precisamente en nuestro país ha avanzado en la implementación y en la formación y en la enseñanza de lengua de señas en contextos educativos. Si efectivamente en el ámbito de justicia y salud no existen perfiles específicos de intérpretes, por ejemplo, que tengan esa formación para desempeñarse en esos ámbitos, lo que también reconocemos como un desafío, sin perjuicio de lo cual en algunos establecimientos de las redes asistenciales se cuenta con intérpretes de lengua de señas para efectos de garantizar una atención inclusiva en las atenciones de salud, sin perjuicio de lo cual sabemos y estamos en conocimiento de judicializaciones por precisamente falta de accesibilidad en las atenciones de salud y por ende estamos como Estado, cierto, trabajando para subsanar esas brechas en la accesibilidad. Muchas gracias. CRPD Committee · Presidenta [55:44]: Muchas gracias. Hay una pregunta más. CRPD Committee · Miembro del Comité · Inmaculada Placencia Porrero [56:01]: La pregunta que tengo es una pregunta de seguimiento a la información que nos acaban de dar. Es una muy buena noticia que la información unidireccional en situaciones de emergencia dirigida al público, que se estén haciendo esfuerzos para que esa información esté distribuida en formato accesible. Ahora bien, En las situaciones de emergencia, la comunicación y no solamente la información necesita ser accesible, es decir, una persona que llama o que contacta con los números de emergencia, que tengo entendido que en Chile es el 1313233, hay una serie de números. que cuando estas personas necesitan contactar con esos servicios utilizando esos números de emergencia, que la respuesta que reciben sea también en formato accesible, por ejemplo, para personas sordas, no recibiendo un SMS, sino pudiendo comunicarse en texto en tiempo real o tener conversación total, es decir, utilizando vídeos para poder comunicarse en lenguaje de signos. Mi pregunta es, ¿hay algunos esfuerzos para complementar la accesibilidad de la información unidireccional que se está dando ahora para que haya una comunicación real accesible en situaciones de emergencia? Gracias. CRPD Committee · Presidenta [57:24]: Muchas gracias. Excelencia tiene la palabra. Chile · Representante [57:30]: Va a responder la presidenta del Senado y puede complementarse en caso de que considere necesario? Gracias, presidenta, y muchísimas gracias por la pregunta. Primero quiero contextualizar. En este momento, en el norte del país, específicamente en la región de Antofagasta y en una comuna llamada Tocopilla, hay un estado de excepción constitucional de catástrofe por lluvias y un aluvión que se produjo hace unas horas atrás. Y nosotros tenemos el deber y todos los servicios, en virtud de la Ley 21.364, que establece el Sistema Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, sustituyó el Sistema Nacional de Emergencias por el Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres, adecuando varias normativas. Y aquí me permito señalar el artículo 25, porque los planes para la gestión de riesgo de desastres deberán identificar y considerar en todas sus fases, no solamente el acceso a la información, sino que en todas las fases de ejecución de estos planes, a las personas cuidadoras, niños, niñas, adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores que son titulares del Sistema Nacional de Apoyo y Cuidado, con el objeto, por supuesto, de asegurar su protección, inclusión y acceso oportuno a apoyos específicos, eso también es un cambio importante, a mi juicio, durante situaciones de emergencia o desastres. Continúa evidentemente el artículo de la ley, pero queremos señalar que es toda la planificación dada la situación que normalmente enfrentamos en Chile, terremotos, lluvias, catástrofes, etcétera, tiene que considerar expresamente por ley y por lo tanto es un deber a las personas con discapacidad. Va a complementar SENADIS. Chile · Representante de SENADIS [59:16]: Muchas gracias. Ayer mencionábamos el Plan Nacional de Accesibilidad Universal como una de las estrategias relevadas por el actual Gobierno y dentro de los ejes de trabajo que contempla este plan se encuentra precisamente la accesibilidad en la información y comunicaciones. Y dentro de las medidas comprometidas en este ámbito se encuentra específicamente la gestión de riesgos inclusiva, por lo tanto, a propósito de la consulta que nos hacían en cuanto a. A reconocer y identificar cierto avances para la accesibilidad, podemos mencionar en primer lugar este plan nacional de accesibilidad universal que convoca a toda la institucionalidad competente en materia de gestión de riesgo, que ha sido también ya mencionada por esta delegación. Es igualmente también importante señalar que como servicio hemos desarrollado un curso para funcionarios públicos vinculado con la gestión de riesgos inclusiva que decantó en la elaboración y entrega de una guía de recomendaciones para la actuación en gestión de riesgo. Esa guía fue lanzada recientemente en el mes de agosto del presente año y contiene específicamente una serie de recomendaciones a los organismos públicos los efectos de que en la respuesta que se entregue en este tipo de contextos a personas con discapacidad se prevea la adopción prioritaria de medidas de accesibilidad. Un ejemplo concreto podemos mencionarlo en la gestión de la pandemia por COVID-19, donde el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género para efectos de recibir o facilitar, cierto, que mujeres víctimas víctimas de violencia de género en contextos de confinamiento pudieran hacer denuncias, no solo habilita y refuerza su línea de atención telefónica, sino que también crea un WhatsApp específico para los efectos de la atención de mujeres sordas con interpretación de lengua de señas, en el entendido de que es importante disponibilizar y garantizar la accesibilidad principalmente en estos contextos y de manera bidireccional, como señalaba la Comisionada. Muchas gracias. CRPD Committee · Presidenta [1:01:49]: Tiene la palabra la señora Plascencia. CRPD Committee · Miembro del Comité · Inmaculada Placencia Porrero [1:01:56]: Muchas gracias por esta información que hemos leído y hemos recibido durante ayer y en el informe, pero mi pregunta es muy concreta. ¿Puede una persona llamar al 131 utilizando texto en tiempo real o lenguaje de signos y recibir las respuestas en lenguaje de signos? Si no es así, ¿hay planes para hacerlo? Ese es un ejemplo concreto que me gustaría saber, y lo mismo para los otros números de los bomberos, la policía, etcétera, etcétera. Si pudieran decirme sí o no, se lo agradecería, y si hay planes, porque entiendo que es un reto, no crean que creo que es fácil y que es una cosa que se que está hecha en el mundo entero, pero me gustaría saber si son conscientes de la necesidad y si tienen planes concretos en caso de que esto no esté ya disponible o no haya planes para hacerlo disponible. CRPD Committee · Presidenta [1:02:50]: Muchísimas gracias. Este segmento acaba a las once cero cinco. Entonces, tienen hasta esa hora para dar sus respuestas. Muchas gracias. Chile · Representante [1:03:04]: El Ministerio de Salud. Chile · Representante del Ministerio de Salud [1:03:10]: Gracias, ministra. Buenos días, presidente. Buenos días a todos los comisionados. En relación a la pregunta específica que acaba de señalar la experta, quisiera mencionar dos aspectos. Primero, en el punto respecto de los temas sanitarios, en el Ministerio de Salud desde la pandemia implementó una plataforma que se llama Salud Responde, que tiene una modalidad de atención mediante videollamada destinada a personas sordas que se comunican en lengua de señas chilena. Esto cuenta con un equipo multidisciplinario de intérprete en el ámbito de la salud. Entre el año 2021 y 2026 se registraron más de 39 mil atenciones en esta modalidad. Quisiera señalar que esta prestación que es bidireccional, cierto, con la comunicación bidireccional, no se limitó solo al periodo de la emergencia sanitaria y continúa aún vigente como un canal permanente de Salud Responde parte del Ministerio de Salud. Por otro lado, quisiera señalar que la PDI, que es la investigaciones de Chile, la policía de investigaciones de Chile ha implementado capacitación en lengua de señas y también la modernización de sus cuarteles en acceso universal para el acceso a la justicia. Asimismo, Carabineros de Chile también tiene la modalidad de videollamada en comisaría virtual, también permitiendo la comunicación bidireccional con las personas que lo requieran. CRPD Committee · Presidenta [1:04:38]: Muchas gracias. Muchas gracias a la distinguida delegación por esas respuestas, por esa información. Entonces ahora vamos a hacer una pausa hasta las 11 y cuarto. Muchas gracias. Por favor, vamos a reanudar a las once y cuarto. Así que te toca a ti, sí. Con dos hijos. Speaker 74 [1:14:47]: Hay una historia detrás? Y está viviendo él con ella en casa de ella con los dos. CRPD Committee · Presidenta [1:14:54]: Ostras. Los hijos propios Por favor, colegas, tomen asiento, tenemos que empezar inmediatamente. Seguimos ahora con el tercer segmento, que se refiere a los artículos 21, 30, 31 y 33 de la Convención. Voy a empezar por dar la palabra al señor Magino Corporán. Él seguirá con los asuntos que quedaron también pendientes en relación con los artículos 21 a 26. Y después habrá también preguntas de la señora Fefo Ame los artículos 27 a 33 señor corporano. CRPD Committee · Miembro del Comité · Magino Corporán [1:16:34]: Pasar la palabra inmediatamente a inmaculada. CRPD Committee · Miembro del Comité · Inmaculada Placencia Porrero [1:16:41]: Magino eh tal y como empecé eh hace unos minutos eh reiterar que celebramos los esfuerzos para dar acceso a la lengua de signos incluyendo por supuesto la legislación 21303 En su informe nos dicen que han formado 235 intérpretes hasta el 2021. ¿Qué ha pasado? ¿Nos podrían decir qué ha pasado entre el 2021 y el 2026? ¿Y si consideran suficientes los resultados obtenidos para satisfacer la demanda de las personas sordas para tener interpretación? Y si no fuera así, ¿qué planes tienen para aumentar la disponibilidad de los servicios de interpretación necesarios en Chile? Esa es la primera pregunta sobre el artículo 21. Segundo punto, en relación con el cumplimiento de la resolución 1773 de 2016 y el decreto del SEGPRE número 1 sobre la accesibilidad de los sitios web y las plataformas digitales gubernamentales, ¿pueden, por favor, compartir qué hacen para monitorear el cumplimiento de esos sitios web y plataformas. Nos gustaría saber qué porcentaje de sitios web públicos cumplen con las pautas de accesibilidad obligatorias, y especialmente esta pregunta para zonas rurales y personas en situación de pobreza. ¿Qué están haciendo para reducir la brecha en la disponibilidad de dispositivos tecnológicos y contratos de telecomunicaciones para que puedan acceder a esas páginas? Porque las páginas son accesibles, pero el individuo tiene que tener la tecnología y los servicios para poder acceder a esa información accesible. Ese es el punto dos sobre la página web. en relación con la accesibilidad a la información audiovisual, ¿pueden comentar qué van a hacer para asegurar una aplicación consistente en todo el territorio chileno de la provisión simultánea de subtítulos e interpretación en lengua de signos chilena? Y mi último punto, si han tomado o planean tomar medidas para requerir que las entidades privadas que ofrecen servicios al público den la información sobre esos servicios y los servicios mismos en formatos accesibles. Esto incluiría saber si piensan hacer obligatoria la accesibilidad de las páginas web privadas relacionadas con esos servicios y qué medidas de acompañamiento están tomando para que una vez que estas medidas sean obligatorias, puedan ser implementadas en términos de concienciación, formación, exigir competencias, el monitoreo y el acceso a la justicia en caso de no cumplimiento. Cuatro preguntas relacionadas con el artículo 21 y le agradecería una respuesta concreta. Gracias. Chile · Representante [1:19:56]: Va a responder Senadys. Chile · Representante de SENADIS [1:20:03]: Muchas gracias. En relación a la primera pregunta referida a la formación, podemos señalar que desde el año 2014 a la fecha se ha incrementado el número de intérprete de lengua de señas en establecimientos educacionales del país. llegando en el año 2025 a una cifra de 243 intérpretes. Asimismo, el Ministerio de Educación realizó un ciclo de reuniones de trabajo con universidades de diferentes regiones para levantar una propuesta de carrera para intérpretes de lengua de señas, logrando en el año 2022 una propuesta preliminar que contempla una malla curricular para una carrera de pregrado de ocho semestres. Esta propuesta está siendo analizada por una mesa técnica para poder incorporar este tipo de formación de manera formal en nuestro país. A la fecha solo existen las certificaciones de competencias laborales, a las cuales ya me referí hace un momento. Con respecto a los sitios web de organismos públicos y su monitoreo, efectivamente se mantiene vigente la normativa que cita la comisionada. En general, el monitoreo, la fiscalización de las entidades públicas está a cargo de la Contraloría General de la República. Por lo tanto, ante cualquier denuncia de personas con discapacidad o de cualquier otro ciudadano por falta de cumplimiento de la normativa vigente, se puede hacer la respectiva presentación ante el ente contralor. Es importante ahí clarificar que el Servicio Nacional de la Discapacidad no tiene atribuciones de fiscalización para desarrollar procedimientos sancionatorios ante el incumplimiento de la normativa de accesibilidad en el ámbito público. Por lo tanto, no contamos en este momento con cuántos organismos públicos, cuántos sitios web de organismos públicos cumplen con las medidas de accesibilidad establecidas en esta normativa, pero es una información que podemos complementar por escrito. sobre la accesibilidad de la información audiovisual, los esfuerzos que ha hecho el Estado para incorporar subtítulos y lengua de señas chilena en todo el territorio nacional en la programación televisiva. Respecto de esto, reitero lo que hemos señalado en cuanto a la normativa vigente que aquí existe. Una ley ha sido citada igualmente, que es el artículo 25 de la Ley 20.422, que exige en ciertos contenidos de programación televisiva incorporar interpretación y subtítulos. La brecha que reconocemos es que el reglamento para implementar y hacer exigible esta normativa a todos los canales de televisión se encuentra pendiente de dictación y eso, sin duda, ha motivado la judicialización. Y ahí aprovecho de abordar lo que nos consultaban sobre acceso a la justicia. En nuestro país, como lo mencionábamos también el día de ayer, existe un marco normativo que consagra ciertas acciones judiciales para personas con discapacidad y en general para toda la ciudadanía ante casos de discriminación en razón de la discapacidad u otras categorías sospechosas de discriminación establecidas en la Ley 20.609. Estas acciones pueden traducirse en acciones de protección, en la acción de la propia Ley 20.609 e incluso en una acción especial que contempla la Ley de Inclusión Social, las cuales son conocidas, por regla general, por los tribunales de justicia y, en el caso de la última acción de la Ley de Inclusión, por los juzgados de policía local para reclamar por falta de accesibilidad, por ejemplo, en el ámbito de las comunicaciones, y así lo ha hecho en diversas ocasiones la propia comunidad sorda, precisamente por la falta de utilización del subtitulado y de la lengua de señas chilena en transmisiones televisivas y esas sentencias por regla general, perdón, esas causas iniciadas, cierto, han obtenido por regla general sentencias favorables. Esfuerzos para promover también la utilización de lengua de señas y accesibilidad en las comunicaciones por parte de entidades privadas. Es importante igualmente establecer aquí que la normativa chilena vigente en materia de accesibilidad es también obligatoria para los organismos públicos, perdón, para las entidades privadas, corrijo. Por ende, ellos deben igualmente cumplir con este marco normativo y en ese sentido también el Servicio Nacional de la Discapacidad desarrolla de manera permanente estrategias de cooperación público privada para fortalecer la accesibilidad y la inclusión social en los distintos ámbitos de la vida, incluidas la comunicación y la información. Y en ese sentido, entrega de manera frecuente material y recomendaciones para lograr información, entrega de información accesible tanto por las entidades públicas como por las entidades privadas. Y cuando hablo de accesibilidad, no solo me estoy refiriendo, cierto, a la utilización de subtitulado y de lengua de señas chilena, sino que también, por ejemplo, a metodología en lectura fácil, sistema braille, entre otros sistemas aumentativos o alternativos de comunicación. Y desde que se dicta, cierto, en el año 2023, la ley sobre personas autistas también incorporar pictogramas en la entrega de comunicación. Muchas gracias. CRPD Committee · Miembro del Comité · Inmaculada Placencia Porrero [1:26:14]: SEÑORA PRESIDENTA: Muchísimas gracias por estas aclaraciones. Me gustaría hacer dos preguntas de seguimiento. He entendido bien que desde el 2021, en el que había 235 intérpretes de Signas formado, hasta el 2025 se ha aumentado solo hasta 243? ¿O es eso solamente en el ámbito educacional y hay muchos más intérpretes? Me gustaría entender bien la evolución. Segundo, Le agradezco la oferta que nos ha hecho de mandarnos información sobre los porcentajes de cumplimiento, que entiendo que lo tiene otro organismo que el aquí presente, pero nos interesaría mucho saber qué porcentaje de organismos públicos y privados cumplen las obligaciones de accesibilidad que están en la ley. Esperamos con interés que el reglamento pendiente sobre la accesibilidad de los contenidos audiovisuales se adopte y que dé lugar a una aplicación consistente de la de no solamente del lenguaje de signos y de la los subtítulos en pero de información accesible en los medios audiovisuales consistente en todo el territorio chileno. Muchas gracias. Chile · Representante [1:27:51]: No responde cenadizo. CRPD Committee · Miembro del Comité · Magino Corporán [1:27:54]: Muchas gracias, Inmaculada. Voy a continuar. CRPD Committee · Presidenta [1:28:01]: Señor. Magino Corporán, vamos a escuchar primero las respuestas. ¿Va usted a contestar quizás de manera concisa y breve, por favor? Chile · Representante de SENADIS [1:28:24]: Sí, perfecto. Agradezco a la Comisionada su pregunta de seguimiento para poder clarificar. Efectivamente, la cifra que entregué de 243 en el año 2025 se refiere al incremento de intérpretes de lengua de señas chilena en contexto educativo, establecimientos educacionales, que es lo que es la cifra que nos ha proporcionado el Ministerio de Educación respecto a una cifra total en cuanto a intérpretes en otros ámbitos de la de de de la vida, cierto salud, justicia, etcétera, no tenemos ahí un registro completo de intérpretes de lengua de señas chilena. CRPD Committee · Presidenta [1:29:01]: Muchas gracias. Muchísimas gracias, señor Magino Corporán, tiene la palabra. CRPD Committee · Miembro del Comité · Magino Corporán [1:29:10]: Voy a trabajar el 22, el 23 y voy a hacer una pregunta de seguimiento muy breve, si no tienen tiempo que nos la respondan por escrito. Con relación al 21, ¿en qué plazo adoptará el Estado los reglamentos pendientes sobre la lengua de señas chilena y acceso a la programación audiovisual y qué medidas garantizarán intérpretes profesionales suficientes en todo el territorio? ¿Qué medidas y mecanismo de fiscalización está aplicando el Estado para garantizar la accesibilidad de sitios web plataformas, servicios digitales e información audiovisual de interés público. Igual, ¿para cuándo se plantean actualizar el diccionario de la lengua de señas? Y, ¿si existe un código de ética de los intérpretes de lengua de señas? Eso con relación al seguimiento del artículo 21. Con respecto al 22, que es respecto a la privacidad, voy a hacer una pregunta, presidenta, una básicamente, ¿qué medidas concretas ha adoptado el Estado para prevenir, investigar y sancionar el acoso cibernético y los abusos facilitados por la tecnología contra personas con discapacidad ¿Y qué resultados han tenido? ¿Qué medidas existen para prevenir sesgos y discriminación por discapacidad en sistemas de inteligencia artificial y garantizar la participación de la persona con discapacidad en su gobernanza? ¿Existe un código de ética para los intérpretes de lengua de señas? Y para los profesionales de la salud en el manejo de la información médica de una persona sorda, eso con relación al 22 y el 23, me perdonan los intérpretes que voy un poquito rápido, ¿qué medidas legislativas adoptará el Estado y en qué plazo? para eliminar las restricciones que afectan el derecho de la persona con discapacidad a contraer matrimonio, formar una familia y ejercer sus derechos parentales? ¿Qué medidas concretas está adoptando el Estado para prevenir la separación e institucionalización de niños y niñas por motivo relacionado con su discapacidad o la de sus progenitores? ¿Y qué apoyos proporciona a las familias y a las madres con discapacidad? Gracias, presidenta. Chile · Representante [1:32:41]: Vamos a comenzar por la última pregunta y responderá el Ministerio de Justicia? Chile · Representante del Ministerio de Justicia [1:32:51]: Sí, muchas gracias. En relación con esta materia, en particular con lo que se refiere a los derechos vinculados con la parentalidad, no vemos que la existencia de una persona o una circunstancia de una persona con discapacidad importe el establecimiento del cuidado personal, ni tampoco el derecho a tener una relación o un vínculo con su hijo. Así se desprende del artículo 225, guión dos del Código Civil. Por lo tanto, no existiría ahí una materia que pudiera, no es cierto, relacionarse con lo que nos preguntan en esta oportunidad. Específicamente, en relación con el consentimiento matrimonial, esta es una materia que está regulada en la Ley 19.947 en su artículo quinto y Acá existen situaciones que en nuestra legislación se llaman impedimentos, que son impedimentos para contraer matrimonio y que están relacionados con dos materias. Primero, cuando no se pueda lograr los fines propios del matrimonio y en segundo lugar, cuando exista nuevamente un problema en construir o expresar la voluntad. Y en esto quiero ser bastante específico. El consentimiento matrimonial es muy específico. El artículo 18 de esta ley señala expresamente que el oficial civil le pregunta a los contrayentes si consiente uno o el otro en recibirse como tales, es decir, es un consentimiento específico matrimonial para los fines propios del matrimonio. Y por eso es que la legislación, que es del año 2013, es bastante exigente en esta materia. Chile · Representante [1:34:33]: Va a continuar la respuesta el Ministerio Público? Chile · Representante del Ministerio Público [1:34:39]: Muchas gracias. Solo para complementar, hacer presente que el año 2024 el Fiscal Nacional publicó las nuevas directrices y criterios de actuación en la investigación de delitos de explotación sexual y violencia sexual digital contra niños, niñas y adolescentes. Todas las directrices que tienen que ver con la investigación de violencia sexual contemplan una mirada diferenciada respecto de las personas con discapacidad y, en este caso, además, en intersección con la niñez y la infancia y adolescencia. CRPD Committee · Presidenta [1:35:22]: Sí, tiene usted la palabra, señor Maginot. CRPD Committee · Miembro del Comité · Magino Corporán [1:35:37]: Señor presidente, voy a hacer unas cuantas preguntas por invitación de los miembros del grupo de tareas. Dos secciones. voy a dividir en dos porque son muchas preguntas. El Plan Nacional de Educación de Inclusión en la educación ya se aplica. Qué medidas se aplican para reasignar recursos de las escuelas especiales a la educación inclusiva? Ha previsto el ¿Garantiza el Estado fondos para la Ley 20.903 de 2025 para la formación del personal docente? ¿Garantiza el Estado la formación continuada y gratuita para los maestros? y para los directores de las escuelas, para apoyar al personal, para ampliar el conocimiento de la discapacidad y cómo tiene la intención el Estado de promover la verdadera inclusión de los alumnos con discapacidad en las escuelas, incluso en zonas alejadas y rurales. En vista del elevado número de alumnos por clase y de la incapacidad de los maestros de atender a los niños con discapacidad, ¿piensa el Estado contratar y destinar a maestros con una formación especial, que cuenten con los instrumentos necesarios para enseñar a estos niños con discapacidades? Sabemos que de 1.048 establecimientos con programas de integración escolar solo hay 56 que son coeducadores maestros. El proyecto piloto mencionado como respuesta al 145 en la aplicación de los cursos de lengua de señas chilena ha dado buenos resultados para las personas con discapacidad. Ya se ha formalizado cuántos estudiantes sordos se han incluido en la educación integrada. Y aquí hago una pausa. Luego haré la segunda serie de preguntas. CRPD Committee · Presidenta [1:38:55]: Gracias. Chile · Representante [1:38:58]: Va a responder el Ministerio de Relaciones Exteriores? Chile · Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores [1:39:04]: Muchas gracias. Y por su intermedio, presidente, agradezco la pregunta del experto. Responderemos con la información que ha entregado el Ministerio de. Educación de Chile y con aquellas cifras más exactas que nos puedan faltar, las complementaremos por escrito. Una vez concluida la sesión. Respecto al fomento de una cultura de la diversidad en la esfera de la enseñanza, el Ministerio de Educación ha hecho un trabajo mediante una participación sostenida y creciente de estudiantes con discapacidad y necesidades educativas especiales en establecimientos educacionales regulares que implementan programas de integración escolar conocidos como PIE. Este proceso da cuenta de una mayor capacidad del sistema educativo para generar condiciones que favorezcan el acceso, la participación, el aprendizaje y la permanencia de estudiantes que requieren apoyos especializados, en coherencia con los principios de inclusión, equidad y no discriminación que orientan las políticas educativas nacionales. Los antecedentes disponibles para el Estado de Chile demuestran que la matrícula de estudiantes con necesidades educativas especiales que participan en el programa de integración escolar ha experimentado un crecimiento sostenido durante la última década. Mientras que en 2016 se registraban 314,322 estudiantes con necesidades educativas especiales incorporados, en 2025 esta cifra alcanzó los 473,834 estudiantes, representando esto un aumento significativo tanto en términos absolutos como relativos. Asimismo, estos datos muestran que este crecimiento se ha producido en un contexto en que la matrícula total del sistema escolar ha tendido a disminuir, lo que permite observar que la participación relativa de estudiantes con necesidades educativas especiales ha adquirido un peso cada vez mayor dentro del sistema educativo. Del mismo modo, se aprecia una diversificación de los perfiles de apoyo requeridos por el estudiantado. manteniéndose una mayor presencia de necesidades educativas especiales transitorias, pero observándose también un incremento relevante de estudiantes con necesidades educativas especiales permanentes, cuya participación aumentó desde un 21,84% en 2016 del universo total a un 28,04%. Luego, respecto al elemento de formación decente, el Ministerio de Educación nos ha informado que a través de su instancia de formación y desarrollo profesional docente ha continuado promoviendo acciones formativas orientadas al fortalecimiento de competencias pedagógicas para la atención a la diversidad, diversificación de la enseñanza, evaluación para el aprendizaje e inclusión educativa. Estas acciones buscan fortalecer capacidades de docentes y equipos educativos para fortalecer la participación y aprendizaje de todos los estudiantes en contextos educativos diversos. Entre los años 2023 y 2026, este programa ha desarrollado 13 acciones formativas orientadas al fortalecimiento de competencias para la educación inclusiva, la diversificación de la enseñanza y el trabajo colaborativo para la educación en la diversidad. Dentro de esto, se informan diversos programas que han capacitado a un total de 9459 docentes y profesionales de la educación a nivel nacional. Además, el Ministerio de Educación está informando que actualmente existen más de 6.000 colegios que tienen el programa de integración escolar, tanto en el contexto urbano como también en el de zonas rurales. Finalmente, respecto a la comunidad sorda que se ha mencionado, Se nos ha informado que las acciones impulsadas buscan fortalecer condiciones de accesibilidad, participación y reconocimiento de la lengua de señas chilena como medio de comunicación de la comunidad sorda, promoviendo además enfoques inclusivos e interculturales en los distintos niveles del sistema educativo. La principal iniciativa en esta línea es el Concurso Nacional de Literatura Sorda, creado en el año 2024. cuya dos versiones han contado con más de 200 obras recibidas de estudiantes de primero básico a cuarto medio de diferentes regiones del país. Toda esta información, por lo demás, está disponible en la página web del Ministerio de Educación. Finalmente, respecto a evaluación de estudiantes en situación de discapacidad, Podemos señalar que el Ministerio de Educación, desde el año 2008, comenzó un proceso de inclusión evaluativa de estudiantes con discapacidad sensorial en el nivel de cuarto básico en la región metropolitana. Esta evaluación contemplaba acomodaciones, término utilizado para diferenciar las adecuaciones o adaptaciones, ya que el ajuste o cambio a los instrumentos o procedimientos de aplicación de evaluaciones estandarizadas requiere procedimientos que no den ventajas a una población por sobre la otra. En el caso de los estudiantes que presentan una discapacidad sensorial, se ha implementado acomodaciones de presentación, acomodaciones de respuesta, acomodaciones de contexto de aplicación con distintos elementos como el formato braille, el formato macro tipo, lengua de señas, lengua oral, uso de dispositivos de aumento, imágenes táctiles, entre otros. La agencia paulatinamente, y con esto termino, ha ido implementando acomodaciones para estudiantes que presentan discapacidades significativas, como es incluir a la aplicación de un examinador adicional que pueda apoyar a los estudiantes con dificultades de lectura, problemas motores que no les permita marcar las respuestas, entre otras. Luego de la promulgación de la Ley del Trastorno del Espectro Autista, conocida como Ley TEA, en marzo del 2023, la agencia incorporó la figura del acompañante de aula que apoya a los estudiantes en contextualizar la aplicación del SIMCE. que es una prueba de medición de rendimientos académicos, apoyo funcional, manejo sensorial y siempre conociendo las medidas que se implementen en el establecimiento en cuanto al manejo de la desregulación emocional. Para el caso de los alumnos que tengan el trastorno del espectro autista, también la agencia ha dispuesto las pruebas en formato que contiene el sistema aumentativo y alternativo de comunicación. Muchas gracias. CRPD Committee · Chair [1:45:47]: Muchas gracias quisiera informarles como todavía nos quedan cuatro Artículos y preguntas de seguimiento de la señora Placencia Porrero. Por favor, sea breve. Y quizá las preguntas de seguimiento la pueden después de este segmento, es decir, después de la pregunta de la señora Placencia Porrero. Señor Morris, ¿quiere usted hacer preguntas al artículo 24? CRPD Committee · Miembro del Comité · Morris [1:46:54]: Según la respuesta 146, el 30 de los alumnos con discapacidad siguen en educación especial. ¿Cuándo piensa el Estado incluirlos en la educación integrada? Tenemos información de que las 18 universidades estatales consultadas, 16 respondieron y solo 21 personas tiene. Perdón, y solo. Sí, solo estas personas tienen falta. La mayoría carecen de políticas institucionales para la discapacidad. ¿Cómo piensan ustedes corregir, resolver este problema? ¿Y cómo recoge el Estado la información estadística en cuanto al número de estudiantes con discapacidad y estudiantes sordos? en instituciones de educación secundaria y superior? ¿Cuántos se gradúan? ¿Cuántos continúan? ¿Siguen recibiendo apoyo? ¿Qué medidas ha adoptado el Estado para promover la formación académica y profesional de personal docente sordo para mejorar su cultura y hacer frente a las necesidades de la integración de los programas escolares que ahora no garantiza estos derechos. Muchas gracias. CRPD Committee · Chair [1:48:36]: Gracias, señor. Tiene usted la palabra para hacer preguntas sobre el 26? CRPD Committee · Miembro del Comité · Magino Corporán [1:48:47]: Muy bien, gracias, presidenta. Voy con el 25. Sírvanse ofrecernos indicadores de salud materno infantil de la mujer con discapacidad en Chile. En respecto a la respuesta del Estado chileno a la COVID-19, ¿podrían presentarse información desagregada sobre cantidad de personas con discapacidad afectadas, cantidad de personas contagiadas, es decir, lo mismo, cantidad de personas fallecidas, personas con discapacidad que quedaron con secuelas del COVID y también la cantidad de personas fallecidas en la pandemia a causa de enfermedades preexistentes, en particular diabetes, úlcera de presión, incluyendo a las personas sordas y psicosocial. Otra pregunta en este artículo es si tienen indicadores de la participación del equipo multidisciplinario en los diagnósticos médicos a las personas con discapacidad? Por favor. Otra pregunta, ¿qué medidas concretas con presupuesto y plazos adoptará el Estado para eliminar las barreras físicas, comunicacionales, sensoriales y digitales en salud, incluida la disponibilidad de intérpretes profesionales de la lengua de señas chilena? ¿Qué acciones y plazos ha establecido para eliminar la sustitución en la toma de decisiones y los tratamientos involuntarios y garantizar el consentimiento libre e informado, incluida la salud sexual y reproductiva, de las mujeres con discapacidad. Es en cuanto al 25, el 26, qué medidas, presupuestos y plazos ha establecido el Estado para garantizar acceso continuo y equitativo a rehabilitación, ayudas técnicas y tecnología de apoyo durante todo el ciclo de vida, especialmente en zonas rurales y remotas. ¿Qué acciones concretas adoptará para eliminar las barreras administrativas y financieras a las ayudas técnicas y fortalecer la provisión pública de rehabilitación, particularmente para niños y niñas, reduciendo la dependencia de prestadores benéficos privados como la Muchas gracias. Chile · Representante [1:52:21]: Va a comenzar la respuesta el Ministerio de Relaciones Exteriores para contestar educación y continuar el Ministerio de Salud. Chile · Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores [1:52:34]: Muchas gracias y para responder rápidamente al experto Morris sobre las materias de educación superior, El Estado de Chile reconoce que la continuidad de las trayectorias educativas de las personas con discapacidad constituye aún un desafío que requiere fortalecer la articulación entre las distintas modalidades y niveles del sistema. Educativo, particularmente la transición desde la educación especial hacia la formación técnico profesional y la educación superior. En materia de acceso a la educación superior se han implementado medidas concretas de accesibilidad a través del DEMRE. Que permite a las personas con discapacidad y con necesidades de apoyo solicitar ajustes, adecuaciones y apoyos. Para la rendición de las pruebas de acceso. Estos pueden incluir, de acuerdo con las necesidades individuales, adecuaciones de espacio. Y reducción de estímulos, tiempo adicional y pausas, formatos accesibles. Como macrotipo, apoyos tecnológicos, intérprete de lengua de señas chilena, examinadores de apoyo, apoyo para el llenado de la hoja de respuestas e ingreso de implementos de ayudas personales. La determinación de estos apoyos se realiza mediante un procedimiento técnico que considera los antecedentes de cada persona y la evaluación de un equipo interdisciplinario especializado. Estas medidas buscan remover barreras en el proceso de admisión y resguardar la igualdad de oportunidades en el acceso a la educación superior. Finalmente, en este marco, la nombrada aquí ley 20422 establece que las instituciones de educación superior deben disponer de mecanismos que faciliten el acceso de las personas con discapacidad y adaptar los materiales de estudio y medios de enseñanza necesarios para el desarrollo de sus estudios. Asimismo, contempla que el Ministerio de Educación promueva mecanismos y ofertas formativas que faciliten el acceso a la educación y a la formación laboral de las personas con discapacidad. Muchas gracias. Chile · Representante del Ministerio de Salud [1:54:33]: Gracias, ministra. Hablando del presupuesto para estos temas y luego sigo con datos COVID y salud reproductiva. Agradezco la pregunta del comisionado. El Ministerio de Salud mantiene un compromiso sostenido con la asignación de recursos necesarios para fortalecer los servicios de habilitación y rehabilitación en la comunidad, en línea con lo solicitado por el comité en el párrafo 21 de la lista de cuestiones previas. El programa de rehabilitación integral tiene por objetivo integrar prestaciones de rehabilitación a personas adultas que presenten condiciones de salud que alteren su funcionamiento o discapacidad. Su equipo está compuesto por profesionales de la kinesiología, terapia ocupacional y fonoaudiología, junto con el equipamiento e insumos necesarios, y se ejecuta en los centros de salud familiar y comunitarios a lo largo de todo el territorio nacional. En materia de asignación de recursos entre el año 2022 y el año 2026, el presupuesto del programa se incrementó en 7 7000 millones de pesos, pasando de 13000 millones a 20000, lo que equivale a un aumento de un 55%. El incremento observado en el 2025 se explica por la entrada en vigencia del problema de salud número 87 del régimen de garantías explícitas en salud GES de rehabilitación para SARS-CoV-2. que permitió incorporar profesionales de fonoaudiología a los equipos del programa. Este refuerzo profesional ha permitido mejorar la calidad de atención entregada a las personas usuarias y no únicamente ampliar la cobertura total del programa. Quisiera destacar que este GES de rehabilitación del SARS-CoV-2, aquí están incorporadas las personas con discapacidad por secuelas del SARS-CoV-2. Respecto de los datos COVID, quisiera señalar que al año 2026 el Ministerio de Salud realizó por primera vez un cruce entre la base de datos nacional de casos de COVID-19 confirmados y probables con el registro nacional de discapacidad, lo que permite informar a este honorable comité que en el año 2020 tuvimos 20.434 casos, en el año 2021 más de 39.000, en el año 2022 91.000, y en el 2023, 10.000 entre las personas con discapacidad en Chile a nivel, por supuesto, nacional, con certificación de discapacidad. Respecto de las defunciones, el mismo ejercicio realizado este año identifica seis fallecimientos en el 2020, siete en el 2021, dos en el 2022 y uno en el 2024, cifra que debe entenderse como un límite inferior. El Ministerio de Salud solo dispone de los casos nuevos con certificación desde el 2017 vía la comisión que certifica la discapacidad en nuestro país y no a la base histórica del registro nacional de discapacidad administrada por el registro civil y que por supuesto estamos avanzando como país también para contar con esa información. Complementariamente, según la información del 2022, 118 personas con discapacidad accedieron a residencias sanitarias, 86 fueron beneficiarias de residencias transitorios. Por otro lado, en cuanto a la vacunación contra el SARS-CoV-2 iniciada en diciembre del 2020, priorizó a las personas con discapacidad inscritas en el Registro Nacional de Discapacidad, así como también a quienes presentaban discapacidad psicosocial o intelectual severa y que residían en residencias colectivas o se encontraban hospitalizadas o padecían enfermedades mentales graves. Respecto de salud sexual y reproductiva, quisiera decir primero que la política nacional de salud sexual y reproductiva del 2018 reconoce expresamente a las personas con discapacidad entre los grupos que enfrentan barreras para ejercer estos derechos. Este marco se articula con la Ley 21.331, que refuerza los derechos de las personas con discapacidad psíquica o intelectual en materia de autonomía. Segundo, existen salvaguardas específicas frente a la sustitución de voluntad. La Circular 9 del 2022 establece que la esterilización quirúrgica requiere una decisión personal, libre e informada, y que la discapacidad no constituye por sí misma justificación para sustituir la voluntad de la persona en temas sanitarios. El decreto supremo número 9 de octubre del 2025, que reemplazó el antiguo decreto supremo 570, exige además que los equipos tratantes entreguen información clara y comprensible, con apoyos y ajustes razonables, intérpretes de lengua de señas y materiales de lectura fácil para facilitar el consentimiento informado. Tercero, generación de evidencia. La Encuesta Nacional de Salud Sexual y Reproductiva 2022-2023 incorporó por primera vez un módulo de funcionamiento y discapacidad, permitiendo estimar la prevalencia de discapacidad en la población mayor de 18 años y comparar el acceso de las personas con discapacidad a distintas prestaciones de salud, específicamente a las prestaciones de salud sexual y reproductiva. El Ministerio de Salud reconoce que la disponibilidad de un marco normativo y de nueva evidencia constituye una base necesaria, pero no suficiente para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos sexuales y reproductivos de las personas con discapacidad. La brecha identificada en el acceso a controles preventivos orienta las prioridades de la política pública en salud inclusiva en el desarrollo. Muchas gracias. CRPD Committee · Presidenta [2:00:28]: muchas gracias. Nos quedan preguntas a siete artículos de la señora. Artículos 27 al 33 ahora. Quince minutos para sus preguntas. Señora Fajardo, tiene la palabra hasta las doce y media. CRPD Committee · Miembro del Comité · Gertrud Fefoame [2:01:05]: Muchas gracias, señora presidenta. Muchísimas gracias por el trabajo que ya se ha realizado. Voy a hacer preguntas sobre los artículos 27 y 28 a la vez para ganar tiempo. trabajo y empleo. Un par de preguntas. Al revisar la información que nos han facilitado hemos visto algunas lagunas, así que preguntaríamos primero qué medidas está adoptando el Estado parte para reducir el desempleo e incrementar la participación de las personas con discapacidad en el mercado de trabajo abierto, en particular para las mujeres con discapacidad y las personas con discapacidad que viven en zonas rurales. ¿Pueden decirnos cómo han dado respuesta a las lagunas, a las carencias que persisten y qué medidas han adoptado para reforzar el cumplimiento, la aplicación de la ley? sobre inclusión laboral en la Ley 2105, enmendada por la Ley 21690. Esto se refiere también a las medidas adoptadas para dar respuesta a los casos de incumplimiento de cuotas. Y también nos gustaría saber si hay sanciones. ¿De qué manera garantiza el Estado parte que los mecanismos de revisión previstas en la Ley 21 105 no incumplan las normas sobre creación de trabajo directo y sostenible para personas con discapacidad? También nos gustaría saber las medidas adoptadas para. Reducir este elevado índice de interrupción de contratos de personas con discapacidad que han hecho que han hecho para mantener la permanencia en el trabajo y la calidad del empleo de personas con discapacidad. qué medidas han adoptado para eliminar la discriminación y los obstáculos. También hay campañas de concienciación sobre los ajustes razonables y la obligación que tienen los empleadores de respetar las normas de ajuste razonable. En cuanto al artículo 28, ¿pueden hablarnos de los plazos que ha previsto el Estado para mejorar las pensiones que se dan, por lo menos para que estén por encima del nivel de pobreza, y qué mejoras se han introducido en el sistema de contribuciones gubernamentales destinado a personas con discapacidad. ¿Qué medidas está adoptando el Estado parte para mejorar la protección social a personas con discapacidad, incluida la asistencia financiera, los servicios de apoyo, la asistencia en gastos relacionados con la discapacidad, en particular para personas con discapacidad que viven en situación de pobreza? ¿De qué manera el Estado parte garantiza una cobertura, recursos adecuados para personas con discapacidad? el sistema de apoyo previsto en la Ley 21/105, incluido el apoyo que se da para los servicios no remunerados. ¿Y qué medidas se han adoptado para reducir la pobreza multidimensional y las privaciones entre niños y adultos con discapacidad que viven en el territorio, incluidos en las zonas rurales? Muchísimas gracias. CRPD Committee · Presidenta [2:05:38]: Excelencia, tiene la palabra el ministro del Trabajo. Chile · Ministro del Trabajo y Previsión Social · Tomás Rauh Binder [2:05:48]: Muchas gracias, presidenta. Intentaré contestar. Son La verdad, conté más de 11 preguntas, pero intentaré mantener el foco. Respecto al artículo 27 y las medidas para el cumplimiento de la Ley de Inclusión Laboral y en términos de reducir el desempleo, promover la inclusión, los mecanismos de revisión y otras, Primero, recordar que la ley 21015 Ley de inclusión laboral ha tenido un fortalecimiento normativo con dos leyes sucesivas. En primer lugar, la ley 21275, publicada en octubre del 2020, que establece la obligación de tener un gestor de inclusión laboral, para lo cual se han generado perfiles de certificación a través de Chile Valora. y también como mencionaba la comisionada la ley 21690 de agosto de 2024 que incorpora un aumento del umbral del 1% al 2% una vez que se llegue a un cumplimiento del 80% por parte de las instituciones pero además establece multas para los incumplimientos Hay brechas y eso lo reconocemos como Estado, pero estamos trabajando fuertemente para cerrarlas en el sector público. El cumplimiento alcanza un 44,7% en 2025, mostrando un alza de 3,9 puntos porcentuales respecto a la medición de 2023. El sector privado, por su parte, registra un 25,7% de cumplimiento en el total agregado. se observa un cumplimiento de 26,9% con un aumento de 4,5 puntos porcentuales. A junio de 2026 existen 56.000 contratos vigentes asociados a la Ley de Inclusión, de los cuales la mayoría, es decir, el 63%, corresponde a contratos indefinidos. y el 30,8% a plazo fijo y el resto a obra o faena. Nuestras cifras de cumplimiento se construyen sobre contratos con condición validada. Si se consideran los autoreportes, los contratos informados por las empresas, el cumplimiento del sector privado sería mucho mayor, 58,1, pero hemos optado por el criterio más exigente porque entendemos que la validación de la condición es una garantía para las propias personas trabajadoras. Las medidas que estamos adoptando como Estado, además del fortalecimiento normativo que hice mención recientemente, tienen que ver con fiscalización, por una parte. En 2025 la Dirección del Trabajo realizó 3891 fiscalizaciones, de las cuales 236 concluyeron con multa por incumplimiento. El monto total ascendió a 626 millones de pesos. Otras medidas tienen que ver con el fortalecimiento de capacidades. Chilevalora, quien otorga las certificaciones del perfil de gestor o gestora de inclusión laboral, requerido por la Ley 21.275, ha otorgado 9.563 certificaciones entre 2022 y 2026. Un 4,3 corresponde a personas con discapacidad, proporción que constituye, obviamente, una línea a fortalecer. Respecto a las preguntas relacionadas con. CRPD Committee · Presidenta [2:10:09]: Perdón, ministro, nos queda solo un minuto de respuesta. Chile · Ministro del Trabajo y Previsión Social · Tomás Rauh Binder [2:10:11]: Un minuto, perdón. Otras medidas tienen que ver con capacitación. El Servicio Nacional de Capacitación, además de ofrecer una línea programática universal, establece de manera complementaria una línea de formación para el trabajo de la discapacidad. registra 5.290 participantes. Además, en octubre de este año lanzaremos un subsidio unificado al empleo para la contratación de personas con discapacidad. Y además, la Bolsa Nacional de Empleo, el mecanismo de intermediación laboral, incluye no solo o fomenta la inclusión laboral, sino también permite la consulta y con estándar internacional para accesibilidad a la información. Por último, déjeme, presidenta, decir que existen distintos mecanismos de apoyo a las personas con discapacidad. Está la pensión básica solidaria de invalidez, está el aporte previsional solidario para la invalidez y también el subsidio para la invalidez de menores de 18 años. Muchas gracias. CRPD Committee · Presidenta [2:11:33]: Muchas gracias. Pediría a la delegación que por favor sea concisa en sus respuestas. Tenemos un tiempo limitado, así que yo voy a dar la palabra a la señora Gertrud Fefoame. CRPD Committee · Miembro del Comité · Gertrud Fefoame [2:11:54]: Muchísimas gracias por las respuestas que han compartido con nosotros. Pero justamente una de mis primeras preguntas tenía que ver con las medidas adoptadas para asegurarse de que se mantiene a las personas con discapacidad en el puesto de trabajo. También hicimos preguntas sobre ajuste razonable y, en cuanto a otros servicios, tampoco nos ha hablado mucho sobre las medidas de apoyo específicas para las personas que viven en zonas rurales. Pasamos ahora, no obstante, a hablar también del párrafo 29, del artículo 29, por falta de tiempo, a saber, participación en la vida pública. ¿Qué medidas está adoptando el Estado parte para acabar con las restricciones al derecho de voto y participación en la vida política y pública como consecuencia de la discapacidad? Tomamos nota de la información sobre la incapacitación jurídica y las declaraciones de incapacidad mental. ¿Cómo garantizan la igual participación de mujeres con discapacidad en el reglamento, en los protocolos? ¿Qué medidas políticas han adoptado? ¿Y qué otras medidas han adoptado para facilitar la participación política? También nos gustaría tener más información sobre la participación de personas con discapacidad en partidos políticos, en diferentes comités, en diferentes cargos y en cuanto a la accesibilidad, qué medidas se han adoptado para garantizar que los colegios electorales, los boletines de voto, el material de las campañas de votación, que todo ello sea accesible también en lengua de señas chilena y a través de información táctil. Pueden darnos también más información sobre la vida cultural, el deporte, qué medidas se han adoptado para garantizar que haya actividades artísticas, culturales, material, producción, financiado con fondos públicos, incluidas películas, material audiovisual que sea accesible. Y luego pasamos ahora a cómo el Estado parte. Da aplicación a la Ley 22.600, 978 y otras medidas para promover. El deporte. y asegurarse de que los programas deportivos, las instalaciones deportivas, la infraestructura sea accesible para personas con diferentes tipos de discapacidad, diferentes categorías de discapacidad. Cedo la palabra para escuchar sus respuestas. Gracias. Muchísimas gracias, excelencia. CRPD Committee · Presidenta [2:15:45]: Última pregunta, el senador Keitel y luego será complementado por Senaide. Chile · Ministro del Deporte [2:15:54]: Muchas gracias, presidenta. Quiero partir por agradecer al comité de expertos justamente por tocar el tema del deporte en las personas con discapacidad. El Ministerio del Deporte tiene una corta vida por ahora, comenzó recién el año 2013, así que tenemos 13 años, pero en 13 años se ha logrado muchísimo en el deporte adaptado o para personas con discapacidad. Quiero separar el deporte competitivo con el deporte masivo o el deporte recreativo. El deporte competitivo en Chile tenemos el tremendo honor de que en los últimos diez años hemos recibido el ser sede de cuatro grandes eventos deportivos entre Panamericanos, Suda, Panamericanos y en especial el 2027 que vamos a tener El Mundial de los Special Olympics, donde vamos a tener miles de jóvenes con discapacidad intelectual compitiendo en Chile. Estos son muchos años de preparación después de los panamericanos de los panamericanos del 2023, Chile logró una infraestructura deportiva gigante. con estadios deportivos totalmente habilitados con accesos universales. Eso ha permitido que los miles de deportistas chilenos que han competido no solamente en esos campeonatos, sino que también en Juegos Paralímpicos, tenemos medallas paralímpicas. Eso es importante destacarlo y con un trabajo tan corto de un poco más de diez años. Esa infraestructura deportiva ha sido capaz de ser utilizada justamente por toda la comunidad chilena. Son 16 regiones, cerca de 20 millones de habitantes, en donde no solamente niños, sino que adultos y adultos mayores han podido tener acceso justamente de manera libre a los recintos deportivos que tiene Chile. El IND, el Instituto Nacional del Deporte y el Ministerio del Deporte, a través de sus diferentes programas, uno de ellos es Crecer en Movimiento. ha permitido que se llegue a todos los establecimientos educacionales, a todos los municipios, que son 345 municipios a lo largo de Chile, con diferentes talleres deportivos, capacitaciones, charlas motivacionales para los niños y incorporarlos de mejor manera dentro del deporte adaptado. Por otra parte, y creo que es muy importante destacar, que tenemos los juegos paranacionales enfocados justamente para el deporte escolar e insisto, se ha hecho un trabajo durante diez años en estas dieciséis regiones que estaban absolutamente invisibilizados los deportistas eh eh adaptados. Y por último eh enfocarme en una ley nueva que tiene Chile que comienza el año dos mil veintisiete que obliga prácticamente a todos los establecimientos educacionales del país a contar con una obra de actividad física todos los días de la semana. Esto va a llevar a que entre un trabajo del Ministerio de Educación, el Ministerio del Deporte, el Ministerio de Desarrollo Social, se puedan preparar los protocolos para poder avanzar y adaptarlo justamente al deporte adaptado. Así que eso por mi parte. Eso por ahora. Así que la parte cultural me gustaría que el Senadis puede referirse y yo solamente hacer mención a la importancia que el ministro de Culturas es una persona con discapacidad física, sabe en primera persona a través de su propia experiencia de vida la importancia de la inclusión, de entregar todas las herramientas necesarias justamente para que todas las personas de manera justa y sin ningún tipo de discriminación tengan acceso a las culturas. Chile · Representante [2:19:43]: Complementa el ministro de Justicia. Chile · Representante del Ministerio de Justicia [2:19:48]: Muchas gracias. Intentaré ser lo más conciso posible. En primer lugar, existe una observación que fue formulada a Chile en el año 2016 y en las observaciones o respuestas efectuadas por Chile se señaló que existían proyectos de reforma constitucional para eliminar la suspensión del derecho de sufragio por interdicción en caso de demencia, esos proyectos de reforma constitucional no prosperaron. Uno fue archivado el año 2024 y el otro no tiene movimiento desde el año 2019. Quiero hacer presente que se trata de reformas constitucionales que tienen ciertos quórum especiales para su aprobación, lo que muchas veces hace más difícil, ¿no es cierto?, los acuerdos que deben alcanzarse. En cuanto a la participación efectiva, no solamente está el caso del ministro de Cultura, que es una persona con discapacidad, también hay otra ministra en el Gabinete de Bienes Nacionales que tiene discapacidades físicas y en el Parlamento, ayer señalaba la señora presidenta, que al menos existen dos senadores y un diputado que tienen distintos problemas, que son personas con discapacidad. En cuestiones que se ha avanzado en materia electoral hay cosas relevantes. Existe desde el año 2007 el voto asistido, que no existe credencial ni certificación de discapacidad. En el año 2024 votaron a través de esta metodología 434.000 personas y en el año 2025 360.000 personas. También es importante señalar que en el año 2024 el Servicio Electoral suscribió un convenio con el Registro Civil e Identificación para acceder al Registro Nacional de Discapacidad, lo que permitió conocer las ubicaciones geográficas de los domicilios electorales de todos aquellos electores habilitados, lo que permitió asignarles el local de votación más cercano. Esto continúa hasta el día de hoy, desde enero del año 2026, ¿no es cierto? Existe disponibilidad de planillas en braille, existe capacitación de los delegados y vocales de mesa con instrucciones específicas sobre discapacidad en cada proceso electoral y ha aumentado progresivamente las mesas habilitadas en los primeros pisos de los locales de votación. También queremos señalar que en octubre del año 2025 se incorporó un régimen de multas para las personas que no concurren a sufragar, estableciéndose una exención expresa para dichas multas a las personas que tengan discapacidad acreditada. Como se ve, ha habido un avance sustancial en este tipo de materias. CRPD Committee · Presidenta [2:22:23]: Muchas gracias. Muchísimas gracias. Toda información que no puedan darnos ahora la podemos presentar al Comité después por escrito. Señora Gertrude Vovoame, tiene de nuevo la palabra. CRPD Committee · Miembro del Comité · Gertrud Fefoame [2:22:50]: Dos preguntas, una sobre población y otra sobre censo. En primer lugar, ¿cómo han reforzado los datos estadísticos sobre discapacidad incorporando sistemáticamente las preguntas del Grupo de Washington han estado utilizando esa modalidad para su censo y encuestas de población? ¿Y pueden decirnos cómo velan por armonizar el uso y la publicación de datos desglosados por sexo, edad, discapacidad, condición de indígena, migrante, condición socioeconómica, ubicación geográfica? ¿De qué manera se utiliza esta información para elaborar políticas, programas, presupuestos? ¿Y de qué manera se ha implicado a las organizaciones de personas con discapacidad en este ejercicio? Y luego otro artículo sobre cooperación internacional. ¿Qué mecanismos ha creado el Estado parte para garantizar que haya una consulta estrecha y participación activa de las organizaciones de personas con discapacidad incluidas, niñas y mujeres con discapacidad, personas indígenas con discapacidad y personas de minorías que viven en zonas rurales, decía cómo se les ha implicado en la elaboración, aplicación y evaluación de políticas y programas de cooperación internacional. Con esto queremos tener ejemplos de lo que se ha hecho, qué programas existen. Y esto se aplica, esto nos lleva a hablar también de las de los ODS y los programas en el marco de la Agenda 2030. ¿Qué ha tenido en cuenta el Estado parte para asegurarse de que la perspectiva de la discapacidad? se tiene en cuenta al elaborar cualquier medida de cualquier organización y en lo que se refiere a supervisión, qué procesos existen también para evaluar el impacto que tienen los programas internacionales en materia de políticas de discapacidad. Desde 2019, en el marco del programa sobre los derechos de las personas con discapacidad, nos pueden asegurar que a las organizaciones de personas con discapacidad se las ha implicado en este trabajo. Y una última pregunta sobre aplicación nacional. Tenía. Ya dijimos lo mismo en nuestras recomendaciones en 2016, pero parece que hasta el día de hoy no se nos ha dado respuesta. Nos gustaría, pues, saber qué medidas ha adoptado el Estado parte para designar oficialmente o para crear un mecanismo de supervisión independiente que vele por el cabal cumplimiento del artículo 33. qué enmiendas legislativas, recursos y garantías de independencia existen. Y por último, de qué manera garantiza el Estado parte que hay sistemáticamente consultas estrechas, implicación activa de las organizaciones de personas con discapacidad en la aplicación efectiva y la supervisión de la Convención. Muchísimas gracias. CRPD Committee · Presidenta [2:26:50]: Gracias, Excelencia. Tiene la palabra Como le decía antes, si alguna respuesta no nos la puede dar ahora, la puede presentar por escrito después al comité. Adelante. Chile · Representante [2:27:09]: Va a responder SENADIS para comenzar y va a aportar también el Ministerio de Relaciones Exteriores. Chile · Representante de SENADIS [2:27:20]: Muchas gracias. En cuanto a datos sobre población con discapacidad, podemos señalar que la medición de la discapacidad en Chile ha experimentado un cambio estructural en los últimos años, avanzando hacia un modelo biopsicosocial basado en la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la CIF, de la Organización Mundial de la Salud. Este enfoque permite comprender la discapacidad como resultado de la interacción entre condiciones de salud y barreras del entorno, superando la visión exclusivamente biomédica. Actualmente, Chile cuenta con tres fuentes de información complementarias para obtener datos vinculados a población con discapacidad. La primera, Encuesta Nacional de Discapacidad y Dependencia, ENDiD, que es del año 2022, provee información detallada sobre niveles de discapacidad, dependencia funcional, factores ambientales y brechas estructurales. Esta se basa en la encuesta Modelo de Discapacidad de la Organización Mundial de la Salud y a partir de este instrumento, CENADIS elaboró el tercer estudio nacional de la discapacidad. En cuanto al censo 2024, entrega una línea base universal, territorializada y comparable internacionalmente mediante la aplicación del set corto de preguntas del Washington Group. El Registro Nacional de la Discapacidad, el RND, por su parte, al cual ingresan las personas con discapacidad luego del proceso de calificación y certificación que hablamos la jornada anterior, permite la identificación nominal de personas con discapacidad inscritas y la gestión de programas y beneficios. Cada instrumento cumple un rol específico. El censo entrega el cuánto y dónde. Las encuestas explican el por qué y cómo intervenir y los registros administrativos permiten la gestión caso a caso. A partir de ello, podemos señalar que la prevalencia de la discapacidad en Chile alcanza un 11,1% según el censo del año 2024, los casos severos, y un 17% según la ENDEDE 2022, encuesta nacional de discapacidad y dependencia, que considera todas las intensidades o grados de discapacidad, con una prevalencia de dependencia funcional del 9,8%. Estas cifras evidencian un fenómeno estructural, transversal y creciente asociado principalmente al envejecimiento, desigualdades territoriales y de género. Muchas gracias. Chile · Representante [2:30:07]: Complementa Relaciones Exteriores. Chile · Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores [2:30:10]: Gracias. Ahora se escucha. Sí. Muy breve. El Ministerio de Relaciones Exteriores tiene cooperación internacional para la implementación en general. De recomendaciones en materia de derechos humanos ejercida en conjunto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a través de su subsecretaría de Derechos Humanos, como también tiene cooperación en particular internacional en materia de discapacidad ejercida a través de la Agencia Chilena para la Cooperación Internacional para el Desarrollo. Solo los voy a anunciar, pero desde el 2023 hasta la fecha. La agencia ha informado de dos proyectos internacionales de cooperación que están alineados con la Agenda 2030 y los. Objetivos de Desarrollo Sustentable, uno ejecutado en 2023 hasta 2025 y otro iniciado en 2025 en plena ejecución durante el año 2026, que involucra a diversos países, entre ellos el Paraguay y Japón. Muchas gracias. Chile · Representante [2:31:10]: Complementa brevemente el ministro de Justicia. Chile · Representante del Ministerio de Justicia [2:31:15]: Muchas gracias. De manera muy breve, efectivamente, el mecanismo independiente previsto en el artículo 33, párrafo segundo, fue una recomendación formulada por este Comité en 2016 que hasta la fecha no ha sido cumplida. Por ello, es que luego de que la Comisión Asesora Presidencial para el Fortalecimiento del Instituto Nacional de Derechos Humanos recomendara la formulación de un proyecto de ley que cambiara sus atribuciones, es que el Estado de Chile ha decidido incluir en ese proyecto de ley que modifica al Instituto Nacional de Derechos Humanos este mecanismo, de manera tal que tendrá un soporte legal y no solo reglamentario. Muchas gracias. CRPD Committee · Presidenta [2:32:07]: Muchas gracias. Quisiera pasar inmediatamente a la tercera ronda hasta las doce y cuarto. Tiene la palabra Amalia del comité. CRPD Committee · Miembro del Comité · Amalia Gamio [2:32:37]: Señora presidenta, lamentablemente no tuvimos tiempo para preguntas de seguimiento del clúster dos. Las voy a hacer rápidamente, aunque me las contesten por escrito. Yo quería comentar que la línea Salud Responde tiene limitaciones porque al operar mediante WhatsApp, la persona usuaria requiere de un teléfono móvil con acceso a internet, que no siempre lo tienen. Además, está restringido a horarios de oficina. de 8 a 17 horas. ¿El Estado piensa corregir estas barreras? ¿Hubo una reforma, disculpen si me equivoco, pero creo que es la 1838904, que devuelve a los establecimientos educativos la facultad de solicitar o no el PIE? Entonces, las escuelas privadas y aquellas que son mixtas, es decir, con un apoyo del Estado, generalmente no lo piden. ¿Qué piensa hacer el Estado al respecto? Ahora, en relación al artículo 25, este es muy importante, hay 400 personas de larga estadía en diferentes hospitales psiquiátricos. ¿Acaso tiene el Ministerio de Salud un programa específico para atender la desinstitucionalización de estas personas? Y finalmente, ¿qué medidas están tomando para evitar que se utilice el protocolo hospitalario de matronas y asistentes sociales en las unidades de maternidad para quitarle su recién nacido a la madre cuando tiene un diagnóstico psiquiátrico o está en el Registro Nacional de Discapacidad? Y si ya se cuenta con datos sobre el restablecimiento de la custodia de los hijos e hijas de las mujeres con discapacidad, aquellas que se les retiró por motivo de su discapacidad. Ahora, sobre el artículo 29, el artículo 16 de su Constitución señala que el derecho al sufragio se suspende por interdicción en caso de demencia. Esto claramente es restricción de derechos. Quisiera saber si tienen pensado reformarlo. Muchas gracias. CRPD Committee · Presidenta [2:34:58]: Señora presidenta, cuando presenten las preguntas, podrían abreviar, porque no tenemos más tiempo. Natalia Goulart tiene la palabra. CRPD Committee · Miembro del Comité · Natalia Guala [2:35:17]: Muchas gracias, señora presidenta. Yo tengo algunas preguntas muy concretas en relación con el artículo 27 y el artículo 28. En relación al artículo 27 nos explicaban con mucha claridad cómo se implementa la ley para promover la inclusión laboral de personas con discapacidad en el sector público y en el sector privado. Quisiera saber porque en el ámbito del sector público, el Reglamento de la Ley 20422, en su artículo 12, establece que el sector público puede excusarse de cumplir con esta obligatoriedad del 1% que se ha ampliado al 2%. con determinadas fundamentaciones. Una de ellas es que las tareas que se van a desarrollar no son posibles de desempeñar por personas con discapacidad. Esto es una presunción, un prejuicio, preconcepción acerca de lo que las personas con discapacidad podemos o no hacer en el ámbito laboral. Quisiera saber si se prevé reformar este reglamento de acuerdo con la Convención y también consultar al Servicio Nacional de la Discapacidad, que es el organismo al cual se informa junto con el servicio civil de las excusas que se presentan por parte del sector público, si tienen el número y nos pueden compartir por escrito los datos de cuántos organismos del Estado se han excusado en función del literal a del artículo 12 de este reglamento. Y en relación con el artículo 28, En seguimiento a las recomendaciones del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en el año 2025, en los párrafos 16 y 17, se recomienda al Estado parte, precisamente a Chile, que tiene que aplicar las medidas desde el punto de vista presupuestario, asegurando una redistribución adecuada y una progresividad en los derechos. Y en este sentido, Nos preocupa en el comité que la nueva ley de presupuesto que se va a presentar al Congreso a finales de septiembre, se han hecho recomendaciones al Servicio Nacional de la Discapacidad para discontinuar los programas de ayudas técnicas y el apoyo a estudiantes en educación superior, así como un ajuste presupuestario también en términos de accesibilidad en el sector público. Entonces, preguntar cómo se prevé que los ministerios que tienen que presentar también sus presupuestos en este sentido de restricción y de ajuste presupuestario 2027 a 2031 van a incorporar la perspectiva de la discapacidad y cómo se van a desarrollar, qué medidas va a desarrollar el Estado parte para garantizar que las ayudas técnicas, así como el apoyo a estudiantes con discapacidad en la educación superior y la accesibilidad en el sector público, que son los tres afectados por estas restricciones de manera expresa van a ser de alguna manera compensados, subsanados y se van a garantizar los derechos de las personas con discapacidad en un contexto de ajuste presupuestal o estrechamiento del espacio fiscal. CRPD Committee · Presidenta [2:38:25]: Muchas gracias. Muchas gracias. Tiene la palabra el señor Hiroshi Tamon. CRPD Committee · Miembro del Comité · Hiroshi Tamon [2:38:39]: Gracias. Una pregunta muy breve. ¿Podrían, por favor, aclarar si el artículo 25.2 requiere que en la televisión haya subtítulos y haya lengua de señales también? Porque parece que se podía elegir entre los dos, pero los sordos, las personas sordas que utilizan lengua de señas quizá no puedan seguir los subtítulos cuando se trata de dos lenguas distintas. CRPD Committee · Presidenta [2:39:21]: Gracias, señor Kristoffer Norde, tiene la palabra. CRPD Committee · Miembro del Comité · Kristoffer Norde [2:39:27]: Señoras y señores, un par de preguntas sobre el artículo 29. ¿Podría, por favor, la delegación darnos el número específico de personas con discapacidad que participan de la vida pública y política de Chile? Y segunda, ¿se reservan en Chile universidades para personas con discapacidad? ¿Los partidos políticos tienen reservados también escaños para las personas con discapacidad en Chile? Estas son las tres preguntas. Primero, número específico de preguntas que ocupan cargos en la vida pública o política de Chile. Gracias. CRPD Committee · Presidenta [2:40:25]: Gracias, señora Martínez-Lorencio, tiene la palabra. CRPD Committee · Miembro del Comité [2:40:32]: Muchas gracias, presidenta. Tenemos información de que los juegos paranacionales han sido suspendidos. De ser cierto esta medida, la pregunta que haría es si tienen ustedes previsto algún plan de sensibilización a la burocracia financiera, hacienda y demás, porque casi siempre las medidas que se toman en momentos de crisis es para afectar a la persona con discapacidad. Y también me anima, bueno, ahora que estamos en el 20 aniversario, podría venir muy bien un plan de sensibilización con la gente que domina las finanzas del Estado. Y lo otro es si Chile, condiciona el cumplimiento de la Convención en la cooperación internacional, transversalmente, para garantizar que no haya violación, no haya choque entre el cumplimiento de la Convención y permitiendo la cooperación también ir desarrollando la transversalización en la medida de que cada sector condicione el cumplimiento de este tratado vinculante. CRPD Committee · Presidenta [2:42:05]: Muchas gracias. Tiene usted la palabra, señor Abdelmajid Maqni. CRPD Committee · Miembro del Comité · Abdelmajid Maqni [2:42:15]: Señor presidente, a mí me corresponde ahora saludar a la delegación de Chile, que representa una gran diversidad, cosa que hay que señalar. Quería volver al artículo 27 y, concretamente, al acceso al empleo. He querido entender que las subvenciones del Estado destinadas a contratación de un asistente personal en el lugar de trabajo para personas con discapacidad necesita un elevado nivel de acompañamiento y en el plano administrativo guarda relación con la estructura de segregación de los talleres protegidos. ¿Qué reforma legislativa se llevará a cabo para asociar o disociar estas medidas de apoyo de las estructuras separadas y transferirlas directamente al mercado del trabajo abierto como derecho individual a ejecutar? ¿Qué medidas prevé adoptar el Estado aparte para favorecer la contratación de las personas con discapacidad en el mercado abierto. ¿Prevee el Estado medidas de transición hacia el empleo del mercado abierto que incluya una ayuda pública directa a los empleadores del sector ordinario? para que adopten físicamente, para que adapten físicamente el entorno? CRPD Committee · Presidenta [2:44:07]: Muchas gracias, Excelencia. Tiene ahora la palabra para contestar a esas preguntas. Tiene seis minutos. Chile · Representante [2:44:25]: Vamos a comenzar rápidamente por el Ministerio de Salud. Chile · Representante del Ministerio de Salud [2:44:32]: Gracias, ministra. Intentaré ser breve respecto a Salud Responde. Efectivamente, debemos mejorar la accesibilidad a este servicio, el uso de tecnología y programar también a los servicios de salud. Respecto de la desinstitucionalización, Chile ha avanzado en este proceso, especialmente las personas con discapacidad psicosocial, y desde el Ministerio de Salud se está elaborando un catastro oficial de los establecimientos psiquiátricos asilares existentes y según esa base se trabajará en un plan de desinstitucionalización con un plazo al junio del 2027. Y sobre la última aseveración respecto de las mujeres que supuestamente se les ha retirado su recién nacido, quiero señalar claramente que la discapacidad de la madre por sí sola no constituye un fundamento suficiente para dicha separación. Al contrario, la regulación chilena establece que las mamás o el papá o tutores de los bebés tienen derecho a tener a su niño recién nacido inmediatamente cuando nace. Sin embargo, cuando un equipo de salud identifica alguna eventual situación de vulneración, su función es activar los mecanismos de protección correspondiente. Muchas gracias. Chile · Representante [2:45:50]: Continúa ahora el Ministerio de Relaciones Exteriores. Muy breve. Chile · Representante del Ministerio de Relaciones Exteriores [2:45:55]: Muchas gracias y nos referiremos rápidamente respecto a la pregunta de la experta Natalia Guala respecto a las perspectivas del presupuesto 2027. Sobre este particular quisiéramos señalar que, en primer lugar, el proceso de preparación del presupuesto de la Nación para el año 2027 Es un proceso extenso que todavía no tiene certezas para nadie porque pasa primero por un proceso de estudio del Ministerio de Hacienda y de los programas disponibles en los diversos poderes del Estado para la preparación de un proyecto que es presentado al Congreso Nacional en el mes de septiembre, tras lo cual empieza un debate legislativo y democrático que tiene que estar concluido antes de el 31 de diciembre. Por lo tanto, las propuestas De presupuesto que pueda hacer el poder ejecutivo para la nación para el año 2027 va a estar sometido a un control democrático y a un debate legislativo. Chile es consciente de los estándares de no regresión y progresión de los derechos económicos, sociales y culturales. pero también recuerda que existen opiniones y resoluciones tanto en el sistema interamericano como universal que permiten justamente la readecuación presupuestaria para cuando sean necesarias medidas de austeridad. En ese sentido, está entregado al Estado el modo de cumplir sus obligaciones convencionales, obviamente iluminadas y guiadas por las recomendaciones de este comité o de los otros comités de los órganos de tratados. Muchas gracias. Chile · Representante [2:47:33]: Para finalizar, Cenadis. Chile · Representante de SENADIS [2:47:36]: Gracias. En relación a lo que se mencionaba sobre el programa de inclusión escolar, de integración escolar, quisiera señalar que en febrero del año 2023 se publica la Ley 21544, conocida como Ley Miscelánea de Educación. Esta ley establece de manera obligatoria que los proyectos educativos de establecimientos educacionales particulares pagados contemplen programas de inclusión escolar y que además no pueden cobrar un mayor valor de matrícula ni arancel superior a estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales permanentes en razón de los ajustes necesarios y apoyos pertinentes para su acceso y permanencia en el establecimiento. Muchas gracias. Chile · Representante [2:48:31]: El resto de las respuestas lo enviaremos por escrito. CRPD Committee · Presidenta [2:48:43]: Muchas gracias. Con esto terminamos el diálogo constructivo en la parte de fondo. Y ahora vamos a proceder a las observaciones finales. Ofrezco la palabra, ante todo, al Instituto Nacional de Derechos Humanos, representado por la señora Silvana Lauzan. Señora Silvana Lauzan, tiene la palabra. INDH · Representante del INDH · Silvana Lauzan [2:49:18]: Presidenta, Estimada presidenta del comité, estimados integrantes, representantes de las organizaciones de la sociedad civil, autoridades del Estado presentes. Las leyes son indispensables, pero necesitan reglamentos a propósito de la norma sobre lengua de señas, financiamiento, fiscalización, capacidades institucionales, coordinación y compromiso para implementarse eficazmente. En este caso, además, requieren enfoque de derechos humanos. Considerando a las personas destinatarias de las políticas como ciudadanos con derechos plenos que el Estado tiene la obligación de garantizar. Lo relevado en estos dos días muestra diagnósticos bastante claros, brechas que necesitan respuestas y garantías que están pendientes. En ese sentido, es necesario que el Comité reitere la necesidad de adecuar las normas internas sobre capacidad jurídica de las personas con discapacidad que no se ajustan a los estándares de la Convención. Además, también se debe recordar que el cumplimiento de la Convención requiere que las personas con discapacidad y sus organizaciones participen activamente en el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas que les conciernen. Esto es más que realizar consultas esporádicas y deben existir condiciones para que sus opiniones sean consideradas en todo el ciclo de la política pública. Finalmente, dado el diagnóstico respecto de las barreras que persisten para la certificación de la discapacidad, la necesidad de fortalecer programas para una vida independiente, de las brechas existentes en materia educativa y de inclusión laboral, que además impacta en mayor medida a las mujeres, preocupan los efectos regresivos que podrían tener entonces los recortes presupuestarios actuales y futuros en este ámbito. La lección indica que sin recursos no hay derechos. Escuchar al Estado y dialogar con las contrapartes es siempre un ejercicio necesario para complementar miradas y, en el caso del INDH, cumplir nuestro mandato de promoción y protección de derechos de las personas con discapacidad que habitan el territorio nacional para que puedan desarrollar sus vidas en condiciones de igualdad y sin discriminación con el resto de la población, recordando que las obligaciones internacionales de derechos humanos, como las que se derivan de la Convención, son pisos mínimos, no máximos. Agradecemos nuevamente el espacio y quedamos disponibles para acompañar al Estado y a la sociedad civil en avanzar en el cumplimiento de la Convención. Muchas gracias. Defensoría de la Niñez · Representante de la Defensoría de la Niñez [2:51:58]: Señor presidente, señora comisaria. Speaker 147 [2:52:08]: Señoras y señores diputados, señores comisarios, señoras y señores diputados, señores comisarios, señores diputados, señoras y señores. Defensoría de la Niñez · Representante de la Defensoría de la Niñez [2:52:19]: Diputados, señoras y señores diputados, señoras y Desde la Defensoría de la Niñez agradecemos la oportunidad de participar en esta instancia, reconocemos los avances implementados por el Estado y valoramos la disposición del mismo para avanzar en los desafíos y problemáticas que aún persisten. Durante estas jornadas se ha hecho evidente una cuestión central que sustituvimos al inicio de este diálogo. Chile ha avanzado significativamente en el reconocimiento normativo de derechos, pero sostenemos que aún enfrentamos un desafío entre dichos avances y una implementación efectiva de dichas medidas, para garantizar los derechos de niños y niñas con discapacidad. Quisiéramos realzar la necesidad de abordar estos desafíos desde una perspectiva de Estado, con planificación de mediano y largo plazo. La protección reforzada de los derechos de niños y niñas no puede depender únicamente de respuestas coyunturales, requiere políticas sostenibles, fortalecimiento de capacidades institucionales y disposición de recursos suficientes orientados a la progresividad y no regresividad, así lo manda la Ley de Garantías. Esta consideración resulta particularmente relevante desde un enfoque interseccional. Las restricciones presupuestarias, que deben ser temporales y atender a un fin legítimo, o la discontinuidad de mesas de trabajo no afectan de igual manera a todos los grupos de la población. Sus consecuencias pueden profundizar las barreras de exclusión, particularmente cuando la discapacidad concurra con factores como el género, la pertenencia a pueblos indígenas o, por ejemplo, la afectación por emergencias y desastres naturales, tal como está ocurriendo hoy en el norte de nuestro país. Por ello, solicitamos respetuosamente al Comité poner un foco particular en los derechos de niños, niñas y adolescentes con discapacidad, especialmente aquellos que están bajo la protección del Estado. Finalmente, este diálogo ha evidenciado una brecha que no puede seguir postergándose, el régimen de la adecuación de la capacidad jurídica a la Convención. Esperamos que las observaciones finales traduzcan estos desafíos en recomendaciones concretas, con prioridades claras y resultados verificables. Porque si el Estado dispone de la capacidad de recursos necesarios, no podemos retroceder en los derechos y debemos fortalecer las políticas públicas en las que se ha avanzado. Muchas gracias, Presidenta. CRPD Committee · Presidenta [2:54:29]: Muchas gracias. Tiene ahora la palabra la Jefe de Delegación de Chile. Excelencia, tiene la palabra. Chile · Jefa de delegación · María Jesús Ulzuruaga [2:54:46]: Muchas gracias. Hoy concluye la presentación del Estado de Chile ante esta comisión. La concurrencia de la numerosa delegación que ha asistido a Ginebra, compuesta por altos representantes de los tres poderes del Estado, deja en evidencia la relevancia que para nuestro país tiene esta instancia. Nos hemos preparado con seriedad, trabajando y estudiando con diversas instituciones del Estado y la sociedad civil, con el objetivo de responder a cada una de las observaciones efectuadas en el año 2020, como también actualizar lo avanzado desde el año 2022 a la fecha, ocasión en que Chile dio su respuesta a la lista de cuestiones previas transmitida por este Comité. Como Gobierno de Chile cerramos este proceso con la certeza que Chile es un Estado que demuestra la existencia de avances concretos en diversos ámbitos y que realiza esfuerzos para satisfacer las exigencias de la Convención, pero también reconociendo las brechas, puesto que somos conscientes de que debemos mejorar aún en diversos aspectos. Chile es un Estado de Derecho y como tal se rige por las bases de la institucionalidad que fija la Constitución Política de la República. La primera de ellas señala las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Es decir, no es el Estado el que proporciona esa igualdad, sino que ella es reconocida por aquel, lo que deja de manifiesto que la persona es anterior al Estado y que este se encuentra al servicio de ella. Por ello, la Constitución establece como un derecho esencial a la persona humana la igualdad ante la ley, agregando que. hombres y mujeres son iguales ante la ley y que ni la ley ni autoridad alguna podrán establecer diferencias arbitrarias. Las bases de la institucionalidad son transversales a toda la estructura jurídica del Estado y como tal, cada ley y reglamento que se incorpora al ordenamiento jurídico debe satisfacer tanto formalmente como sustancialmente estas exigencias. Es por esto que Chile ha hecho propio los objetivos de la Convención. Promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales para todas las personas con discapacidad y promover el respeto de su dignidad inherente como consecuencia, como aquí se ha mencionado. Desde la entrada en vigor de la Convención para nuestro país, se ha avanzado en la dictación de nuevas leyes, en la creación e implementación de institucionalidad especializada y en la aplicación de políticas públicas que se esfuerzan por transversalizar la discapacidad dentro del actuar de los poderes del Estado, especialmente en salud, educación, trabajo, emergencias y desastres, vivienda, seguridad pública, acceso a la justicia y deporte. Esto lo reafirmamos con claridad. Sabemos que aún tenemos desafíos pendientes, pero también tenemos avances sustantivos que no se deben pasar por alto, porque detrás de ellos existen procesos democráticos que denotan un compromiso de la sociedad y del Estado con los derechos de las personas con discapacidad. De ahí que nos permitimos recordar que Chile reconoce los derechos de las personas con discapacidad y los protege a través de un sinnúmero de cuerpos legales que han sido citados en estas sesiones. En nombre de la delegación nacional, agradezco a la señora presidenta de este comité, a los expertos, al Instituto Nacional de Derechos Humanos, a la Defensoría de la Niñez y a la sociedad civil que se encuentra presente por esta instancia. Asimismo, quisiera hacer un particular reconocimiento a nuestra delegación remota, quienes nos han acompañado desde Chile y que comenzaron a trabajar hoy a las tres de la madrugada en el horario de nuestro país. Cierro reafirmando el deseo del Gobierno de Chile de continuar trabajando hacia el goce pleno y efectivo de los derechos de todas las personas con discapacidad en Chile. Muchas gracias. CRPD Committee · Presidenta [2:58:53]: Thank you so much, Minister. Now I give the floor. CRPD Committee · Miembro del Comité [2:59:05]: La señora en nombre del equipo de trabajo gracias en nombre del comité del grupo de trabajo y en nombre propio doy las gracias a su excelencia la jefa de delegación y a todos los que han participado en este diálogo tan abierto con el comité les felicitamos por su compromiso a aplicar la Convención, pero es necesario acelerar la aplicación de la Convención, sobre todo cerciorándose de que coincida la legislación nacional con la Convención para reflejar el aspecto derechos humanos. Se han identificado varios sectores críticos que merecen que les prestemos atención. Se trata de elaborar un sistema para consultar a las mujeres con discapacidad, para asegurarles la participación de estas personas, entre ellas también mujeres, en la aplicación de los procesos. También es muy importante que exista un mecanismo independiente. Es urgente. La buena voluntad expuesta por la jefa de delegación hace un momento nos permite esperar que el Estado asegure la aplicación de la recomendación y de las observaciones. finales. Finalmente doy las gracias a los representantes de las organizaciones de Chile, tanto a distancia como en persona. De nuevo, muchas gracias a todos por su contribución. Gracias a usted. Gracias también a los intérpretes. En nombre del Comité doy las gracias a María Jesús Ulzuruaga, jefe de delegación, y a toda la delegación de Chile por su participación tan constructiva en este Comité, en estas dos reuniones. Gracias también, como digo, a toda la delegación, a la señora Silvana Lauzan, a la el señor Anuar Quesilla, la señora Daniela Quintanilla, por su gran contribución al diálogo. Gracias a las organizaciones de personas con discapacidad, a su representante de Chile, y gracias a todos los miembros del equipo de trabajo, la señora Amalia Gamio, Natalia Guala, que han preparado el trabajo de este diálogo. Gracias a todos por su colaboración, gracias a la secretaría, a los intérpretes y muy amablemente a la presidenta, que han permitido que este diálogo fuera realidad. La información ofrecida durante estos días, así como cualquier respuesta adicional que pueda llegarnos, concluirá en las observaciones finales del Comité sobre Chile. Las observaciones finales serán transmitidas oficialmente a los Estados Partes por medio de la Misión en Ginebra. Con esto terminamos el examen del informe de Chile. Gracias. Se levanta la sesión.