(5th meeting) Plenary Session, Global Mechanism on ICTs in the Context of International Security (20-24 July)
Transcripción
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Se declara abierta la quinta sesión del período de sesiones plenario sustantivo de 2026 del Mecanismo Mundial sobre los avances en la esfera de las TIC en el contexto de la seguridad internacional y el fomento de un comportamiento responsable de los Estados en el uso de las TIC. Quisiera agradecer nuevamente a todas las delegaciones por sus intervenciones muy sustantivas bajo el tema "Las normas voluntarias". Como ustedes también recordarán, bajo este mismo tema se ha solicitado el derecho de réplica. Y en ese sentido, doy la palabra a la delegación de Ucrania.
Muy buenos días a todos.
Presidenta, quisiera ejercer el derecho de réplica con relación a la intervención que hizo ayer la delegación de la Federación de Rusia. Presidenta, distinguidas delegaciones, ayer y anteayer entablamos un debate profundo sobre las amenazas existentes y potenciales, y muchas delegaciones expresaron sus inquietudes sobre la amenaza creciente de desinformación y manipulación de la información. Es irónico que justo después de este debate interviniera la delegación de Rusia con un discurso que propaga información de manera desintencional y que manipula la información.
¿Por qué?
Incluso la inteligencia artificial indica que en el proceso de lucha contra la desinformación, todos los elementos de información se deberían evaluar para evitar recurrir excesivamente a las emociones, verificar los hechos y ver que no haya incoherencias. La intervención de ayer de Rusia Era demasiado emotiva, con muchos epítetos y falta de referencias fácticas. Un indicio claro de un intento de desinformación. Ahora vamos a verificar los hechos. La Corte Penal Internacional ha emitido una serie de órdenes de detención para altos funcionarios rusos, incluido el presidente Putin, por el delito de agresión. Esos son los hechos. En estos momentos, Rusia temporalmente está ocupando cerca del 20 % del territorio de Ucrania. Este es otro hecho. Ahora, estos territorios están reconocidos por la comunidad internacional como territorios ucranianos. Otro hecho también, que se afirma en numerosas resoluciones de la Asamblea General, las cuales no voy a enumerar en aras de la brevedad. Aunque Ucrania temporalmente no puede ejercer la gobernanza efectiva sobre esos territorios, también otro hecho, por desgracia. A diferencia de la administración ocupante de la Federación de Rusia, que hace lo que se le viene en gana en los territorios temporalmente ocupados de Ucrania, manteniendo así un entorno permisivo para que florezcan los ecosistemas de ciberdelincuencia. Otro hecho que no se mencionó en la intervención de Rusia de ayer, otro indicio claro de desinformación y de manipulación de la información. Distinguidas delegaciones, parece que vamos a tener un simulacro sobre un caso práctico de desinformación justo aquí en esta sala. Lo hemos visto todos juntos y ahora sabemos cómo funciona. Presidenta, Quisiera notificar un caso de intento de desinformación, concretamente la intervención de ayer de Rusia, para que no se difunda. #StopFake.
Ahora continuaremos con el próximo tema: estudio continuado de la aplicación de derecho internacional al uso de las tecnologías de la información y la comunicación, incluyendo el análisis de si existen lagunas y la posible elaboración futura de obligaciones adicionales jurídicamente vinculantes, si procede. Como he mencionado, no hay un límite de tiempo establecido para brindar las intervenciones. Agradecería enormemente si pueden considerar brindar una versión más corta y enviar su posicionamiento completo a eStatements y al equipo de la Presidencia para que podamos entonces escuchar a todas las delegaciones. Y bueno, para su amable referencia, se va a proyectar un cronómetro en la pantalla. Invito entonces ahora a las delegaciones que puedan indicar su interés en tomar la palabra en este punto de agenda. Agradecería, como hemos hecho en los otros puntos, que puedan hacerlo en este momento para que tengamos claridad del listado de los países. Y aquellos que deseen tomar la palabra en nombre de un grupo de Estados, por favor, acérquense a la secretaría para que entonces podamos darles la palabra antes. Doy la palabra primero a la delegación suiza, que hablará en nombre de un grupo de Estados.
Thank you, Madam Chair.
Gracias, Presidenta.
Me corresponde el honor de pronunciar esta declaración en nombre de Austria, Bélgica, el Brasil, Bulgaria, Canadá, Chile, Colombia, Croacia, Chequia, Egipto, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Ghana, Hungría, Italia, Irlanda, Letonia, Lituania, Luxemburgo, México, Reino de los Países Bajos, Noruega, Polonia, Portugal, Rumanía, Senegal, Eslovaquia, Eslovenia, España, Suecia y mi delegación, Suiza.
Nuestros países.
Comparten la idea en los grupos de trabajo 2010, 2013, 2015, 2021 y los informes finales de 2020 a 2021 y de 2021 Se deja claro que el derecho internacional se aplica al uso de las TIC. La tarea que tenemos ante nosotros es profundizar nuestro entendimiento sobre cómo se aplica. Nuestros Estados engloban distintos grupos regionales. Creemos que hay que aclarar la aplicación concreta del derecho internacional a la conducta en el ciberespacio, algo fundamental en el trabajo de este mecanismo global. Debemos seguir trabajando sobre los entendidos establecidos en los grupos previos. Las deliberaciones sustantivas y profundas sobre la aplicación del derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario, tuvieron lugar en los grupos de expertos y en otros foros, así como en el Grupo de Trabajo de Composición Abierta. Estas deliberaciones fueron facilitadas por numerosas iniciativas de creación de capacidades que permitieron a un número cada vez mayor de Estados aportar su contribución. Además, numerosas posiciones nacionales y regionales sobre el derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario, se publicaron durante el Grupo de Trabajo de Composición Abierta. Sin embargo, el grupo final de dicho grupo no reflejó plenamente todo ello. Especialmente hay que lamentar que el informe final no mantuviera enunciados explícitos sobre el Derecho Internacional Humanitario, que ahora debería ser una prioridad para el Mecanismo. Dos documentos de trabajo presentados al Grupo de Trabajo de Composición Abierta en julio de 2025 ofrecen una base sólida para la tarea que tenemos por delante. El grupo de trabajo sobre la aplicación del derecho internacional en el uso de las TIC es un documento transregional en el que se determinaron puntos de convergencia emergente en materia de responsabilidad del Estado, obligaciones de derechos humanos, solución pacífica de las controversias y aplicación del derecho internacional humanitario en los conflictos armados. Y también el documento de trabajo transregional sobre la aplicación del derecho internacional humanitario a las operaciones de TIC, en el cual se explayaba sobre los principios y reglas específicos del derecho internacional humanitario aplicables a las ciberoperaciones y se determinaban medidas para garantizar el respeto al derecho internacional humanitario, o DIH. También se ha realizado una labor importante fuera de dicho grupo de trabajo de composición abierta. Esto refleja la importancia que se otorga a la aplicación del DIH en el ciberespacio por una gran mayoría de Estados. La resolución aprobada en la 34ª Conferencia Internacional de la Cruz Roja y la Media Luna Roja en 2024 Y la línea de trabajo en materia de TIC dentro de la iniciativa global para aunar un compromiso político con el derecho internacional humanitario son ejemplos destacados de ello. Estos procesos complementarios nos hacen entender mejor la situación y pueden ser una base valiosísima para la labor de este mecanismo. Quisiéramos dejar algo claro: aplicar el derecho internacional humanitario no aumenta el riesgo de conflictos armados en el ciberespacio. Ahora, no aplicarlo sí que deja ese riesgo sin abordarse y deja a los civiles y a otras personas protegidas en una situación de protección reducida. Sobre la base de ello, estamos decididos a avanzar en deliberaciones centradas sobre el derecho internacional humanitario y, efectivamente, hay que abordar cuestiones sobre la aplicación concreta que aún están pendientes. Por ello, proponemos abordar, entre otras, las siguientes cinco áreas del derecho internacional de manera estructurada e inclusiva en el mecanismo: 1. La soberanía, la prohibición de la injerencia. 2. La responsabilidad del Estado y la debida diligencia. 3. La prohibición del uso de la fuerza y el derecho de legítima defensa reconocido en el artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas. 4. El DIH. tal y como se aplica a las ciberactividades o ciberoperaciones en situaciones de conflicto armado, incluidos los principios de distinción, proporcionalidad, precaución, necesidad y humanidad, así como la protección de personas y objetos protegidos. Y quinto, la aplicación del derecho internacional relativo a los derechos humanos a la conducta de los Estados en el ciberespacio, incluida la privacidad, la libertad de expresión, la no discriminación y la libertad de asociación. Señora Presidenta, Vemos con buenos ojos el carácter integrado, transversal y orientado a las políticas del DTG 1, que se basa en los cinco pilares del marco, incluido el derecho internacional. Este enfoque ofrece una valiosa oportunidad de examinar los desafíos específicos que existen en la seguridad de las TIC. Alentamos a los cofacilitadores del DTG 1 a que velen porque el derecho internacional, incluido el DIH, ocupe un lugar destacado en las labores sustantivas del DTG 1. Este mecanismo se creó para continuar la labor de sus predecesores y para profundizarla. La continuidad en el derecho internacional, incluido el DIH, no es una opción. Estamos dispuestos a respaldarla, señora, en su empeño en tal sentido. A tal efecto, la alentamos, señora Presidenta, que, en coordinación con los cofacilitadores del TTG 1, emprenda usted deliberaciones específicas sobre la aplicación de las reglas precitadas del derecho internacional en situaciones reales, incluida la protección de la infraestructura crítica, por ejemplo, hospitales, sistemas de abastecimiento de agua y redes energéticas frente a operaciones malintencionadas de TIC, tanto en tiempo de paz como de conflicto armado. Gracias.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Tonga en nombre del Foro de Islas del Pacífico.
Gracias, presidenta. Me corresponde el honor de pronunciar esta declaración en nombre de los miembros del Foro de las Islas del Pacífico.
Que tienen presencia en las Naciones Unidas, a saber: Australia, las Islas Cook, Fiji, Kiribati, los Estados Federados de Micronesia.
La República de las Islas Marshall.
Nauru, Nueva Zelanda, Palau, Papua Nueva Guinea, Samoa, Islas Salomón, Tuvalu, Vanuatu y mi país, Tonga. Señora Presidenta, En el ámbito del derecho internacional, el.
Foro de las Islas del Pacífico sigue respaldando un enfoque de principios, sustentado en la Carta de las Naciones Unidas y en otras obligaciones pertinentes del derecho internacional.
Reafirmamos que el derecho internacional se aplica a la conducta de los Estados en el ciberespacio.
Reafirmamos asimismo que el derecho internacional humanitario también se aplica a las.
Ciberactividades en situaciones de conflicto armado y reafirmamos la importancia de proteger los derechos humanos, que se.
Aplican tanto en el espacio real como en el espacio virtual o digital. El mecanismo global debería basarse en los progresos ya alcanzados en el Grupo de Trabajo de Composición Abierta y reflejar las profundas deliberaciones jurídicas que ya se han celebrado. Debería reconocer aquellos ámbitos en los que hay una convergencia amplia, al tiempo que debería dar a los Estados espacio para seguir forjando entendidos comunes sobre la manera en que se aplica el derecho internacional.
Para el Pacífico, Sigue siendo importante continuar deliberando sobre la responsabilidad del Estado y la solución pacífica de las controversias.
Para que podamos entender la conducta responsable de los Estados en el ciberespacio y prevenir la escalada.
Al mismo tiempo, las deliberaciones jurídicas tienen que ser accesibles para todos los Estados.
Muchos países necesitan apoyo para crear la capacidad jurídica necesaria a fin de participar de manera significativa en estas conversaciones.
Por ejemplo, apoyo a aquellos funcionarios que no son.
Juristas internacionales especializados. Por ello, el fomento de capacidades jurídicas debería ser una prioridad práctica y transversal de este mecanismo global.
Capacitación sobre hipótesis reales, talleres regionales, intercambios interpares y reuniones informativas accesibles a cargo de expertos podrían ayudar a los Estados a desarrollar sus posiciones nacionales y participar en pie de igualdad.
El Pacífico también sigue advirtiendo de lo siguiente: no debemos avanzar demasiado rápido y celebrar deliberaciones sobre obligaciones adicionales jurídicamente vinculantes antes de que los Estados hayan tenido la capacidad y la oportunidad de abordar cómo se aplica el derecho internacional existente, antes de poder entablar un debate significativo. sobre si existen lagunas, necesitamos la capacidad jurídica necesaria para entender y poder aplicar el marco que existe. En este sentido, los DTGs pueden.
Contribuir a crear un entorno más práctico y menos formal para entablar un diálogo jurídico entre los Estados y respaldar así esfuerzos de creación de capacidades más amplios.
Los intercambios entre los Estados sobre experiencias, desafíos, lagunas y necesidades en materia de capacidad con relación a la aplicación de las obligaciones jurídicas existentes en el ciberespacio, con el respaldo de las reuniones informativas adecuadas a cargo de expertos, serían elementos valiosos de apoyo, en particular porque ayudarían a traducir los principios jurídicos.
En hipótesis realistas y en opciones prácticas de política para los Estados. Gracias.
Doy ahora la palabra a la Unión Europea, seguido de Australia, Sudáfrica, Uruguay, Costa Rica, Italia, Portugal y Camerún.
Chair, colleagues, I have.
The honour to speak on behalf of the y miembro del Espacio Económico Europeo, al igual que San Marino, suscriben esta declaración. Como dije también en nuestra declaración sobre las amenazas, la conducta malintencionada en el ciberespacio, tanto de actores estatales como no estatales, está aumentando en magnitud, gravedad, sofisticación e impacto. El número creciente de ciberamenazas plantea un grave desafío al funcionamiento de nuestras sociedades, nuestras economías y nuestro estilo de vida. Los actores que cometen ciberamenazas atentan contra infraestructuras esenciales y tratan de frustrar los esfuerzos de los Estados por aprovechar plenamente los beneficios socioeconómicos de la digitalización. Las ciberherramientas se utilizan cada vez más en los conflictos, por ello, el respeto La aplicación del marco de conducta responsable de los Estados en el ciberespacio es esencial para mantener la estabilidad y seguridad internacionales. La Unión Europea y sus Estados miembros reafirmamos su pleno compromiso con la aplicación del derecho internacional, en particular la Carta de las Naciones Unidas, el derecho internacional relativo a los derechos humanos, el derecho internacional humanitario y el derecho relativo a la.
Responsabilidad que incumbe a los Estados en el ciberespacio.
Subrayamos que el respeto del derecho internacional debería ocupar un lugar central en los esfuerzos de la comunidad internacional, y a tal efecto, Deberíamos seguir trabajando, inclusive en los DTGs, para seguir entendiendo mejor cómo se aplica el derecho internacional y forjar también capacidades jurídicas a tal efecto.
Un mejor entendido común a nivel internacional de cómo se aplica el derecho internacional al ciberespacio es necesario para contribuir a la ciberresiliencia y a una mayor transparencia, previsibilidad y rendición de cuentas para la conducta de los Estados en el ciberespacio.
En tal sentido, la Unión Europea y sus Estados miembros siguen respaldando a países terceros con formación y creación de capacidades para la aplicación del marco de las Naciones Unidas, entre otras cosas, sobre cómo desarrollar una posición nacional sobre la aplicación del derecho internacional en el ciberespacio. Y reconocemos que cada vez más Estados ya han desarrollado y presentado sus posiciones nacionales y regionales sobre este particular.
Para respaldar un entendido común, en 2024, nosotros mismos presentamos un entendido común sobre una serie no exhaustiva de elementos relativos a la aplicación del derecho internacional y, en conjunto con nuestra declaración y con la posición común de la Unión.
Africana, más de un centenar de Estados, ya a título individual o colectivo, han publicado.
Sus posiciones sobre el derecho internacional. Auténtico logro. Este entendimiento cada vez mayor muestra que el derecho internacional es apto para sus fines en esta red.
Digital y que la aplicación y el respeto de los principios y reglas fundamentales del derecho internacional al ciberespacio tiene que ver con la soberanía de los Estados, la prohibición de la no injerencia, la prohibición del uso y la amenaza de la fuerza, la debida diligencia, el derecho internacional relativo a los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, todo ello fundamental para la seguridad y la estabilidad. ámbitos que también se han de abordar.
Como esbozó Suiza en su declaración en nombre de un grupo transregional de Estados. También reconocemos o subrayamos que reconocer la aplicación del derecho internacional humanitario en el ciberespacio no alienta a que se militarice el ciberespacio ni legítima la guerra cibernética, más bien todo lo contrario. La Unión Europea y sus Estados miembros seguiremos desarrollando actualizando y profundizando nuestro entendimiento sobre la aplicación del derecho internacional a nivel nacional, regional e internacional, y exhortamos a los demás Estados miembros a que hagan lo propio. El Grupo de Trabajo de Composición Abierta confirma este entendido común, incluso a través del resultado.
Del trabajo arduo realizado en grupos transregionales y en la referencia a la resolución de la Conferencia de la Cruz Roja y de la Luna Roja, que no se incluyeron en el informe final del grupo. Los esfuerzos ulteriores del Mecanismo deberían basarse en los logros y deliberaciones anteriores y se deberían incluir en sus resultados. Los Estados han reconocido que la aplicación de la responsabilidad de los Estados, el derecho internacional humanitario El Mecanismo Global y sus DTGs son una nueva oportunidad de reflexionar y expresar claramente los progresos realizados y de seguir avanzando en este entendido común, especialmente reflejando o reflexionando, mejor dicho, su aplicación sobre su aplicación práctica en situaciones reales. También reconocemos los esfuerzos constantes de los grupos transregionales y esperamos seguir incorporando esta labor en nuestras deliberaciones sobre el Mecanismo, inclusive en los grupos temáticos específicos o DTGs, por su.
Acrónimo en inglés.
Gracias. Pronuncio esta declaración en nombre de un grupo transregional de Estados que incluye Australia, Chile, Colombia, la República Dominicana, Ecuador, Egipto, Estonia, Kiribati, Moldova, Países Bajos, Nueva Zelandia, Polonia, Rumanía, Tailandia, Uruguay, Vanuatu y Vietnam. El derecho internacional es un pilar fundamental del marco para la conducta responsable de los Estados. Todos los Estados han reafirmado que el derecho internacional se aplica y es fundamental para mantener la paz y la estabilidad y promover un ciberespacio abierto, seguro, estable, accesible y pacífico.
En el uso de las TIC.
Los Estados han reafirmado la aplicación de los principios de soberanía de los Estados, igualdad soberana y normas y principios internacionales que dimanan de la soberanía, así como no injerencia en los asuntos internos de otros Estados.
Prohibición del uso de la fuerza y la solución pacífica de las controversias. Los Estados, con el tiempo, han entablado cada vez deliberaciones más profundas y han llegado a un entendido sobre cómo se aplica el derecho internacional en el uso de las TIC, incluido en los grupos de trabajo de expertos y en.
El grupo de trabajo de composición abierta previos a este foro, así como en la 34ª Conferencia.
Internacional de la Cruz Roja y la Media Luna Roja y en la línea de trabajo de las TIC de la Iniciativa Global para Lograr un Compromiso Internacional. Los Estados de las.
Regiones han participado en las deliberaciones, han elaborado documentos de trabajo, han pronunciado declaraciones y han publicado posiciones nacionales.
Todo ello ha ayudado a fortalecer la capacidad.
Crear confianza y ayudarnos a entender mejor de qué manera se aplica el derecho internacional en el.
Empleo de las TIC.
Estos resultados demuestran lo valioso que es.
Deliberar de manera constante y periódica sobre este tema e ir abordando puntos de convergencia emergente. Este mecanismo global nos ofrece una valiosa oportunidad de seguir trabajando sobre estas valiosas bases y elaborar un entorno inclusivo. Hay que incluir deliberaciones detalladas y sustantivas entre los Estados sobre la aplicación del derecho internacional en el uso de las TIC por los Estados de manera integrada, orientada a las políticas y transversal en el primer DTG, grupo temático específico. También hay que ver de qué manera los esfuerzos de creación de capacidades pueden permitir mejor a los Estados participar de manera significativa en estas conversaciones, desarrollar sus propias posiciones nacionales y reforzar la aplicación del derecho internacional. El grupo transregional que hoy represento Engloba Estados de distintos tamaños, provenientes de todas las regiones, y pedimos en particular que este mecanismo se base en trabajos como el documento.
Transregional sobre la aplicación del derecho internacional en el uso de las TIC y el documento de trabajo sobre la aplicación del derecho internacional humanitario en las operaciones de TIC, documentos que se elaboraron en el marco del grupo.
De trabajo de composición abierta que se reunió de 2021 a 2025. El primero de estos documentos de trabajo, elaborado por muchos miembros de este grupo, reflejó un entendido común emergente sobre la aplicación del derecho internacional a las ciberactividades en algunos.
Ámbitos, entre otras cosas, en relación con la responsabilidad de los Estados, las obligaciones en materia de derechos humanos.
Y la aplicación del derecho internacional humanitario al uso de las TIC por los Estados en situación de conflicto armado. Esto se alcanzó a través de un diálogo entre los Estados a lo largo de los trabajos de ese grupo. Creemos que este mecanismo debe ahondar en esas deliberaciones sobre la aplicación de ese derecho internacional en el uso de las TIC y que los entendidos que se alcancen en estas deliberaciones se deben reflejar en los informes de este mecanismo. Estamos convencidos de que la labor sustantiva de los Estados realizada en foros precedentes sobre derecho internacional sigue siendo muy pertinente. Seguir alcanzando más entendidos comunes sobre cómo se aplica el derecho internacional al uso de las TIC es vital para mantener la paz y la estabilidad, entre otras cosas, aumentando la previsibilidad de la conducta de los Estados, reduciendo los riesgos de errores de cálculo y aclarando las consecuencias de la conducta ilícita de los Estados. Es vital que trabajemos sobre la base de los cimientos sólidos sentados por el Grupo de Trabajo de Composición Abierta, incluidas las declaraciones y documentos elaborados por ese grupo, para alcanzar esta visión y hacer realidad todo el potencial del mecanismo. Gracias.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Sudáfrica, seguido de Uruguay.
Gracias, presidenta.
Los grupos temáticos específicos de Tejedoronadelante nos brindan la oportunidad de seguir reflexionando sobre cómo se aplica el derecho internacional al ciberespacio. El grupo de trabajo de composición abierta anterior sobre seguridad en el uso de las TIC contó con las opiniones compartidas por los Estados sobre cómo se aplica el derecho internacional al ciberespacio. Si bien los documentos regionales ofrecen valiosas referencias, no son exhaustivos. La experiencia real y la práctica de los Estados en la aplicación del derecho internacional al ciberespacio también es un recurso práctico. Podríamos también ampliar nuestro entendimiento si permitiéramos que expertos jurídicos realizaran ponencias, incluidos expertos de la sociedad.
Civil y del mundo académico.
Los Estados miembros, por ejemplo, han acordado que el derecho internacional, especialmente la Carta de las Naciones.
Unidas en su totalidad.
Se aplica y es.
Fundamental para mantener la paz, la seguridad, la estabilidad y promover un entorno de TIC abierto, seguro y accesible.
Presidenta, con relación a los quebrantamientos de la soberanía, entiende Sudáfrica que una ciberoperación se considera un acto malintencionado a nivel internacional cuando se atribuye a un Estado en virtud del derecho internacional y cuando implica la vulneración de una obligación internacional que incumbe a dicho Estado. Los Estados no deberían deliberadamente permitir que su territorio se utilice para cometer actos ilícitos utilizando las TIC. Si a un Estado se le notifica de una actividad malintencionada dimanante de su territorio, este Estado debe tomar medidas razonables para combatir esa actividad.
Presidenta, la puesta en práctica de la Carta incluye referencias al artículo 1, al derecho internacional de los derechos humanos. Uno de los objetivos explícitos de las Naciones Unidas en la Carta es alentar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales para todos, sin distinción de género, idioma o religión. No cabe ninguna duda de que las mujeres y los grupos vulnerables, como las personas con discapacidad o la comunidad LGTBIQ+, están especialmente afectadas por los quebrantamientos de la seguridad de los TIC, así como las campañas de desinformación de los Estados y no Estados. Tenemos que ver cómo se trata esto. y hay que participar en una conversación de buena fe sobre la aplicabilidad del derecho internacional, incluido el derecho internacional. Estas conversaciones celebradas informalmente en la sociedad civil, el mundo académico, en el DTG 1, podría identificar las conversaciones en el DTG 2. Es un mecanismo orientado y deberíamos usarlo para construir consenso en la medida de lo posible. Sudáfrica, en su posición nacional sobre cómo se aplica el derecho internacional al ciberespacio, sigue desarrollándose aún, porque consideramos que estos avances tan rápidos de los agentes maliciosos que se sirven de nuevas tecnologías para difundir la desinformación es contrario a la Carta. Hay brechas colectivas. que primero deben a irarse entre los Estados miembros en el contexto del mecanismo global y después ya podremos trazar un rumbo hacia adelante si es necesario.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la seguido de Costa Rica y luego Italia.
Muchas gracias, señora presidenta. Ya que es la primera vez que hago uso de la palabra, quiero comenzar felicitándola por la conducción de este proceso y expresar nuestro reconocimiento por la dedicación y el incansable trabajo de usted y de su equipo. Puede contar con nuestra delegación para trabajar de manera constructiva. Uruguay reafirma que el derecho internacional constituye la base para preservar la paz, la seguridad y la estabilidad internacionales, incluido en el ámbito del uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Valoramos los importantes avances alcanzados en el Grupo de Trabajo de Composición Abierta, los grupos de expertos gubernamentales y otros procesos relevantes que han permitido profundizar los entendimientos comunes sobre la aplicación del derecho internacional al uso de las TIC y fortalecer la confianza entre los Estados. En este contexto, reconocemos especialmente las contribuciones del Grupo Interregional sobre Derecho Internacional en particular respecto a la aplicación del derecho internacional de los derechos humanos, la responsabilidad internacional de los Estados y el derecho internacional humanitario. El nuevo mecanismo global permanente representa una oportunidad para dar continuidad a estos avances y consolidarse como un espacio inclusivo para seguir desarrollando entendimientos comunes, fortalecer las capacidades de los Estados y reflejar los progresos alcanzados en sus informes periódicos. Profundizar el consenso sobre la aplicación del derecho internacional en el uso de las TIC contribuirá a fortalecer la previsibilidad y comportamiento de los Estados, reducir el riesgo de errores de cálculo y promover un ciberespacio abierto, estable, seguro, pacífico y accesible para todos. Muchas gracias.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Costa Rica.
Señora Presidente. Costa Rica agradece la oportunidad de intervenir en el pilar relativo a la aplicación del derecho internacional al uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones por parte de los Estados. Una de las mayores contribuciones de los grupos de trabajo previos es el reconocimiento de que el ciberespacio no es un vacío jurídico. El derecho internacional, incluida la Carta de las Naciones Unidas, aplica plenamente al uso de las TIC por los Estados. Ello comprende, según corresponda, el principio de igualdad soberana, la solución pacífica de controversias, la prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza, la no intervención, la debida diligencia, el derecho de la responsabilidad internacional, el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos. En ese sentido, permítanos presentar tres reflexiones. Primero, Costa Rica considera que el valor agregado de este mecanismo global está en trascender de una afirmación general de aplicabilidad hacia una comprensión más concreta, técnica e inclusiva de cómo estas instituciones jurídicas se aplican a situaciones específicas. Esto incluye operaciones que involucran el uso de proxys, la coerción digital, la atribución, las medidas de respuesta y las operaciones por debajo del umbral del uso de la fuerza. En ese marco, la soberanía y la no intervención siguen siendo principios centrales. Ciertas operaciones cibernéticas pueden ser jurídicamente relevantes cuando causan daño físico, pérdida de funcionalidad o interfieren con funciones inherentemente gubernamentales. Asimismo, operaciones coercitivas contra procesos electorales, servicios esenciales, administración pública o decisiones soberanas pueden plantear cuestiones bajo el principio de no intervención, según las circunstancias de cada caso. Finalmente, Costa Rica también considera indispensable abordar el tema de la atribución con rigor y prudencia. Aunque las reglas de atribución en el derecho internacional no son nuevas, el entorno digital presenta desafíos técnicos y probatorios particulares. Por ello, debemos promover buenas prácticas, transparencia voluntaria, fortalecimiento de capacidades y medidas de confianza que ayuden a distinguir entre la atribución técnica, la política y la jurídica. Señora Presidente, La claridad jurídica fortalece la confianza y protege a las poblaciones civiles. Costa Rica espera que este mecanismo impulse entendimientos comunes, sin debilitar normas existentes, y reafirme que la seguridad en el ciberespacio debe avanzar siempre conforme al derecho internacional, la Carta de las Naciones Unidas, los derechos humanos y el derecho internacional humanitario. Muchas gracias.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Italia.
Gracias, presidente.
Gracias por darme la palabra. Secundamos la opinión de la Unión Europea, por supuesto, y los siguientes en calidad nacional. También las contribuciones de los parte habientes presentados por la Federación Rusa. Queremos fortalecer nuestro entendimiento colectivo de cómo se aplica el derecho internacional al ciberespacio. Como han indicado Otros, el derecho internacional es de plena aplicación en la edad digital. El derecho internacional incluye la carta.
La ley sobre la responsabilidad de los Estados, el derecho de derechos humanos y el humanitario.
Italia públicamente ha compartido, compartió esta posición ya en 2021 y alentamos a otros países a que hagan lo mismo.
También tenemos previsto tener una actualización en nuestro documento de posición, ya que son muy valiosos para nuestra labor. Promover la transparencia promoviendo nuestras posiciones redundan en nuestro interés, puesto que reduce la incertidumbre y el riesgo de errores de cálculo en la relación entre los Estados.
Establece una base global para la aplicación del ciberespacio, el derecho internacional al ciberespacio. El entendimiento de la Unión Europea demuestra que es posible, con el principio de la soberanía, la no injerencia, las disposiciones sobre el uso de la fuerza y el cumplimiento con el derecho internacional humanitario, de derechos humanos y la responsabilidad de los Estados. En este sentido, valoramos y mucho la posición común africana sobre la aplicación a las TIC y garantizamos la incorporación de las perspectivas regionales. Estamos a favor también de los esfuerzos de creación de capacidad y la capacidad de participar en igualdad de condiciones sobre la forja del entendimiento de cómo se aplica el derecho a las TIC. En este sentido, agradecemos la labor realizada por organizaciones como UNIDIR. Partiendo de las recomendaciones, es importante ahora seguir con nuestras conversaciones en el mecanismo global acerca de cómo se aplica el mecanismo global para las TIC. Este tipo de conversaciones podrían beneficiarse mucho de opiniones de expertos, por ejemplo, la CDI o el mundo académico. Por eso pensábamos que el GT1 puede desempeñar un papel muy significativo en ayudarnos a todos a entender el impacto de algunas amenazas y situaciones del derecho internacional. especialmente en conversaciones basadas en escenarios, por ejemplo, el DTG2, luego podría elaborar nuevos proyectos. Italia está lista para contribuir a este esfuerzo colectivo. Gracias.
Muchísimas.
Seguido de Camerún, Austria.
Señora presidenta. Portugal, segunda, las declaraciones de Suiza y de la Unión Europea. Pero queremos señalar la centralidad del ciberespacio y lo importante que es señalar la libertad de expresión. Es necesario recordar que el artículo 19 de la Declaración Universal defiende el derecho de expresar opiniones sin injerencia de ninguna autoridad y la necesidad de que los medios de comunicación puedan operar sin fronteras. El artículo 19 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos defiende que este derecho personal ha de incluir la necesidad de recibir e impartir información de todo tipo con independencia de las fronteras, de manera de manera escrita o a través de cualquier otro medio. Por supuesto, el derecho a la libertad de expresión más allá de las fronteras se ha conculcado en numerosas ocasiones por los Estados con el fin de desacreditar las instituciones de aquellos países que temen. Esas campañas en línea son una campaña peligrosa a la seguridad nacional y, por lo tanto, el papel de los Estados.
En la lucha basado en la identificación de la conducta artificial está justificado. No obstante, cuando reafirmamos la aplicabilidad del derecho internacional al ciberespacio, queremos decir también.
La necesidad de proteger la libertad de expresión de los ciudadanos en las fronteras, incluidas las expresiones anónimas. La responsabilidad estatal, la soberanía, el ajuste pacífico de las controversias y la no injerencia son pilares de la paz y seguridad internacionales, también en el ciberespacio. Y los Estados, según la jurisprudencia, deben defender también y proteger la libertad de expresión allende las fronteras en sus ciudadanos, incluida la expresión anónima, puesto que esto es parte de sus obligaciones vinculantes según el derecho internacional. Por lo tanto, en nuestra opinión, los escenarios del mecanismo en el DTG2, por ejemplo, sobre cómo las obligaciones estatales podrían aplicarse al ciberespacio, deberían dar atención suficiente al deber de proteger la expresión, incluida la expresión anónima, con independencia de las fronteras. Gracias.
Muchas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Camerún.
Señora Presidente, la historia del derecho internacional es la de un equilibrio constante entre la permanencia de los principios que sustentan el orden jurídico internacional y la necesidad de acompañar las profundas transformaciones de la sociedad internacional. En cada época de cambios importantes, el derecho ha tenido que asumir no solo la tarea de regular las nuevas realidades, sino también la de preservar los valores fundamentales que hacen posible la coexistencia pacífica entre las naciones. El ciberespacio constituye hoy en día una de esas transformaciones importantes. Se ha convertido en un espacio esencial para la cooperación, la innovación, el desarrollo económico y el progreso social. Sin embargo, también se ha convertido en un ámbito en el que surgen retos complejos para la paz y seguridad internacionales, la estabilidad de los Estados y la confianza entre las naciones. Ante esta realidad, nuestra responsabilidad colectiva es velar porque la revolución digital siga siendo una fuerza al servicio de la humanidad y no un factor adicional de fragmentación o inestabilidad. Por ello, el derecho internacional debe seguir siendo nuestra referencia común, no como una restricción que se oponga al progreso tecnológico, sino en el marco de confianza indispensable que permita orientar sus beneficios, prevenir sus riesgos y garantizar que la innovación siga siendo compatible con la paz, la seguridad y la cooperación internacionales. El derecho internacional sigue siendo el fundamento indispensable de la coexistencia pacífica entre los Estados. Es el marco privilegiado. En este sentido, la Carta de las Naciones Unidas conserva toda su relevancia y sigue siendo la piedra angular de la gobernanza internacional del ciberespacio, si bien el carácter transnacional, inmaterial y evolutivo de las tecnologías de la información y las comunicaciones plantea nuevos retos en materia de interpretación y aplicación de las normas existentes, no pone en modo alguno en tela de juicio la validez ni la pertinencia de los principios fundamentales de la Carta. Muy al contrario, estos principios, en particular la igualdad soberana de los Estados, la solución pacífica a las controversias, no intervención, prohibición del recurso a la amenaza al uso de la fuerza, así como el respeto de la soberanía y la independencia política de los Estados, siguen siendo la base indispensable de la estabilidad, la previsibilidad y la seguridad jurídicas en el ciberespacio. Por lo tanto, lo que está en juegos no es determinar si el derecho internacional se aplica al ciberespacio, sino proseguir en un espíritu de diálogo, cooperación y consenso el examen de las modalidades concretas de dicha aplicación. Camerún sigue apoyando el desarrollo progresivo y la codificación del derecho internacional a través de procesos multilaterales inclusivos, transparentes y basados en el consenso. Con este espíritu, Consideramos que es necesario seguir avanzando en la comprensión común de estas obligaciones. Esta reflexión debe llevarse a cabo con prudencia, objetividad y rigor jurídico. No puede simplemente partirse de la premisa de que el marco jurídico internacional existente ya sea insuficiente, ni dar por sentada la existencia de lagunas normativas. Más bien debería basarse en un análisis metódico fundamentado en la práctica de los Estados. las posiciones expresadas en los foros multilaterales, los principios aplicables del derecho internacional y las realidades operacionales de las tecnologías digitales. Si, por ejemplo, al término de un proceso inclusivo, transparente y basado en el consenso, los Estados llegaron a la conclusión de que determinadas situaciones no están suficientemente contempladas por el derecho internacional vigente, Podrían entonces plantearse, en su caso, la elaboración de nuevas obligaciones jurídicamente vinculantes. No obstante, dicha evolución debería tener por objeto consolidar el orden jurídico internacional existente y no fragmentarlo. Por lo tanto, debe garantizar la seguridad jurídica y favorecer una aplicación universal y no selectiva de las normas. También depende de la capacidad de los Estados de aplicar esas normas de manera eficaz. En este sentido, el desarrollo de capacidades La asistencia técnica, el intercambio de buenas prácticas, conocimientos y experiencias, así como una cooperación internacional reforzada e inclusiva, siguen siendo indispensables para que todos los Estados, en particular en desarrollo, puedan participar de forma plena y efectiva en la gobernanza internacional del ciberespacio. En un entorno digital en el que las vulnerabilidades de un Estado pueden tener repercusiones que trascienden con creces sus fronteras.
El refuerzo de las capacidades no es solo.
Una muestra de solidaridad internacional, sino que representa una inversión colectiva en la seguridad común, la resiliencia y la estabilidad del ciberespacio. Permítanme también valorar el contexto del papel del mecanismo global. Un Estado no puede por sí solo. Les concluyo con un dicho africano que dice: "La fuerza de un río nace de la confluencia de sus afluentes". Gracias.
La palabra a la delegación de Kiribati, seguido de Austria.
Gracias. Kiribati, segunda la declaración leída por el Reino de Tonga en nombre del Foro de las Islas del Pacífico. Y también las declaraciones sobre la aplicación del derecho internacional de Australia. Hablamos ahora en calidad nacional. Queremos empezar por las razones por las que esto nos importa tanto. Kiribati es un estado amplio oceánico, archipelágico. Somos cientos de miles de personas repartidos por una superficie que equivale a un continente. No tenemos la capacidad de disuadir nada, ni tampoco de tomar represalias. Si un Estado decidiera instigar contra nosotros en el ciberespacio, no podríamos hacer nada para defendernos. Cuando pensamos qué nos protege, la respuesta real es esta: el derecho internacional nos protege, la igualdad soberana nos protege, la prohibición de la amenaza y uso de la fuerza nos protege, la no injerencia, el ajuste pacífico de las controversias. Esas son nuestras defensas. Son, en puridad, la única defensa que tenemos.
Así que, cuando.
El derecho internacional se aplica a la conducta de los Estados en el ciberespacio. No es solo una propuesta técnica. Nosotros vemos cómo nuestra seguridad se formula en voz alta. En el grupo de trabajo Composición Abierta, Kiribati participó con toda una serie de Estados del Pacífico, de Asia, de Europa y de Latinoamérica. en la presentación, esos entendimientos deben ser llevados a cabo y reflejados en este mecanismo. Señora Presidente, permítame ahora ser sincera sobre algo que muchos han dicho en esta sala. Se asume. Hay algo que es una subcorriente Y es que parece que todos los Estados vienen con su propia posición, redactada por sus propios juristas internacionales, refinada por sus propios gobiernos. Durante mucho tiempo, esta asunción no se ha tenido en pie. Así que un tipo de conversación así se convierte al final en una.
Conversación entre aquellos que ya tienen posiciones fijadas de antemano.
Nosotros, entre nosotros, queremos proteger nuestros mandatos, nuestros incidentes, nuestras respuestas y nuestra labor jurídica. Nuestros oficiales redactarán nuestra posición de derecho internacional. Se encuentran aquí en esta sala y también el mismo funcionario que tiene que hacer todo lo demás. Y no es una queja, es simplemente la aritmética de los pequeños Estados. Y es también la aritmética de muchas de las sillas vacías que encontramos en estas conversaciones. El desarrollo de capacidad, pues no es una nota al pie de página, es la condición de este pilar. Reiteramos la propuesta que hemos querido copatrocinar en este GTCA. Y es que los escenarios basados en el derecho internacional llevados a cabo en los grupos temáticos trabajando en escenarios realistas. Es así como podemos llegar a un entendimiento y, al mismo tiempo, esta es una de las fuerzas, unas maneras más eficaces de desarrollo de capacidad para estados como el nuestro. Por eso, eso es lo que hace que un debate jurídico se convierta en una conversación jurídica que nos puede incluir a todos y permite que todos puedan participar, no como observadores, sino como contribuyentes. Por eso somos pacientes sobre las nuevas obligaciones jurídicamente vinculantes.
Está secuenciado y viene de la experiencia directa. Estuvimos tres años en el comité ad hoc, negociando la convención sobre el crimen, pero las delegaciones más grandes ya pudieron.
Ya tuvieron sus posiciones, pero para nosotras consumimos todos nuestros recursos.
Al final de los tres años, nuestra red en casa, la verdad es que no está mejor defendida.
Y no lo digo como crítica de la Convención, sí que lo digo, que.
Es algo que nos afecta de lo que adolecemos Estados como el nuestro.
Por ejemplo. Tenemos que poder, primero, aplicar a cabalidad la ley que ya tenemos y después hablar con una voz que sea la nuestra.
El derecho internacional es para los grandes una limitación que deben aceptar.
Para los pequeños es la protección. Aquí, nuestra voz cuenta como la de cualquier otra delegación. Esta igualdad no es una cortesía que se nos haya extendido, sino que es un principio jurídico. Y es lo más valioso que poseemos los Estados pequeños. El derecho internacional nos protege a todos. Vamos a seguir trabajando con todos para garantizar que les proteja a ellos también en el ciberespacio.
Muchísimas gracias, Kiribati. Doy ahora la palabra a la delegación de Austria.
Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria.
Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Austria, Queremos empezar a recordar las conclusiones del Grupo de Trabajo de Composición Abierta, de que el derecho internacional, incluida la Carta, se aplica a las actividades de los Estados y reafirmamos nuestra opinión de que no puede caber ninguna duda de que esto incluye el derecho internacional de los derechos humanos y humanitario. El mecanismo global es nuevo, pero las cuestiones de su programa no. Es importante. Aprovechar los logros de la última década, pues esto incluye en particular el más reciente Grupo de Trabajo de Composición Abierta sobre la seguridad de las tecnologías de la información y las comunicaciones y su uso, que concluyó su mandato en 2025. Creemos que este GTCA ha logrado grandes avances, especialmente en materia de derecho internacional humanitario. Afirmar la aplicabilidad del DIH a las actividades cibernéticas relacionadas con un conflicto armado no fomenta ni legitima la guerra cibernética. Su objetivo es aportar claridad y reafirmar el consenso mundial de que los conflictos armados están sujetos a normas y limitaciones, independientemente de los medios de guerra que se empleen. El marco jurídico vigente debe constituir la base de todas y cada una de las actividades cibernéticas llevadas a cabo por los Estados como por los actores no estatales. Las normas no vinculantes jurídicamente pueden ser una herramienta útil para aplicar estas obligaciones jurídicas y para apoyar el desarrollo de una norma internacional común sobre buenas prácticas. A este respecto, deseamos destacar la exposición general inicial de los esfuerzos de la UE para aplicar.
Las normas de comportamiento responsable de los Estados, que la UE y sus.
Estados miembros presentaron a los Estados miembros de las Naciones Unidas antes de la sesión plenaria. En lo que respecta a la labor de los grupos de trabajo temáticos, Austria considera prioritario celebrar debates más detallados sobre cómo se aplica el derecho internacional vigente a las actividades cibernéticas. Creemos firmemente que los debates sobre el derecho internacional deben basarse en escenarios y estar orientados a la práctica, y deben separarse de los debates sobre normas voluntarias y no voluntarias. En cuanto a los métodos de trabajo, deberíamos fijarnos en las mejores prácticas de otros órganos que se ocupan de cuestiones técnicas igualmente complejas. Por ejemplo, los debates entre Estados podrían ir precedidos de mesas redondas de expertos, lo que también proporcionaría a las delegaciones tiempo suficiente para formular preguntas y mantener un intercambio significativo con los expertos. Las reuniones de los DTG deberían centrarse en subáreas específicas, una por una, para permitir debates en profundidad. Dada que esta es la única ocasión en la que Austria tiene previsto intervenir en relación con este punto del orden del día, permítanme expresar la frustración de mi delegación ante la falta de consenso en lo que respecta a la participación de múltiples partes interesadas. Compartimos las preocupaciones planteadas por la comunidad de múltiples partes interesadas en la declaración conjunta de partes interesadas esta semana sobre las objeciones a el tipo de participación de estas partes. Quiero hacer hincapié en que serán siempre los Estados los que tomen las decisiones en este foro. Sin embargo, para que estas decisiones sean eficaces, deben basarse en una base factual sólida y exhaustiva. Los conocimientos especializados aportados por las partes interesadas no gubernamentales son cruciales. Mi delegación mantiene su compromiso con esta cuestión y agradece la oportunidad también de compartir su opinión sobre este tema tan importante.
La palabra a Malaui, seguido de Singapur.
Señora Presidenta, Excelencias, distinguidas delegaciones, el derecho internacional sigue siendo la piedra angular de la responsabilidad de los Estados. Diferentes informes de los GTCAs y de otros grupos han reformado que el derecho internacional, y en concreto la Carta de las Naciones Unidas, se aplican al uso de las TIC. Esta información compartida supone el fundamento a partir del cual debemos seguir forjando este entendimiento. Igual que el Foro de las Islas del Pacífico y Kiribati, Mi delegación cree que la Carta es el principal punto de referencia, especialmente sus principios de soberanía, igualdad soberana de los Estados en el artículo 2, apartado 1, el ajuste pacífico de las controversias en los artículos pertinentes, la prohibición de la amenaza del uso de la fuerza o la injerencia ante la independencia política de cualquier Estado en el artículo 2, párrafo 4. y la obligación de cooperar en el mantenimiento de la paz y seguridad internacionales es no menos relevante en el ciberespacio. La República de Malawi apoya la declaración presentada por la Unión Europea, Italia y Suiza.
En nombre del grupo de Estados miembros, que reconoce que las.
TIC se usan cuando se aplican en un contexto armado, se aplica el derecho internacional humanitario. El respeto de los principios de humanidad, distinción, proporcionalidad y precaución sigue siendo esencial para proteger a los civiles y sus infraestructuras. Igualmente, los principios de la soberanía y de la responsabilidad de los Estados siguen orientando la conducta de los Estados.
En el ciberespacio.
La jurisdicción permite a los Estados que investiguen y persigan los crímenes, al tiempo que respetan los derechos soberanos de todos los Estados. El análisis técnico puede identificar la fuente de la actividad maliciosa. La atribución a un Estado, no obstante, es un tipo de determinación que debe basarse en el derecho internacional basado en la práctica de pruebas. La responsabilidad de atribución, por lo tanto, es esencial para mantener la paz, seguridad y estabilidad. La agenda de hoy, señor y señora Presidente, nos permite también ver si hay deficiencias en el derecho internacional. y en las obligaciones jurídicamente vinculantes. Mi delegación piensa que Esto debe tratarse pasándose a la práctica de pruebas. Antes de concluir, primero deberíamos preguntarnos: cuando el desafío reside en la ley, o acaso es en nuestra capacidad de entenderlo, ¿es necesario poner en práctica el derecho que ya hemos convenido y acordado para muchos Estados, incluida la República de Malaui? Fortalecer la aplicación quiere decir que es algo de aplicación inmediata. Seguimos fortaleciendo nuestro marco jurídico institucional a través del desarrollo de nuevas políticas de ciberseguridad, como en la ley de ciberseguridad, legislación complementaria de desarrollo y una ley de aplicación sobre la protección de datos, así como la labor del sistema de emergencia informática de Malawi y de la Autoridad de Protección de Datos.
Si en las futuras deliberaciones se demuestran las verdaderas brechas jurídicas que existen y que es necesario que haya más obligaciones jurídicamente vinculantes y que éstas pudieran atraer más consenso internacional, estaríamos dispuestos a participar de manera constructiva en dichas deliberaciones.
Termino con una observación. La brecha más importante que tenemos hoy ante nosotros no es una brecha en el derecho internacional, sino la laguna que hay entre el consenso jurídico y la aplicación en la práctica. Colmar esta brecha haría más para fortalecer la seguridad internacional que debatir obligaciones que los Estados todavía no están
dispuestos a poner en.
Práctica, porque este mecanismo ahora va a entrar en su fase de aplicación, por ello debemos seguir avanzando.
A través del diálogo.
A través de la.
Cooperación y no la división, a través de la aplicación y no el enfrentamiento, guiándonos por los principios del derecho internacional. Estamos dispuestos a compartir en este empeño conjunto?
Gracias. Agradeceré que a los que todavía no lo han hecho, pueden remitir su intervención a e-statements y también puedan remitirlo al equipo de la presidencia. Muchísimas gracias por todas las intervenciones que han sido muy, muy ricas y las valoramos mucho. Y habiendo comentado esto, doy la palabra al representante de Singapur.
Thank you, Madam Chair.
Gracias, Presidenta. Singapur considera que el derecho internacional es un componente vital de la labor de este mecanismo.
Creemos firmemente en un orden internacional basado en normas. Por ello, consideramos que fomentar un entendido común entre los Estados en la aplicación del derecho internacional.
En el espacio de las TIC contribuirá a más paz, seguridad y confianza entre los Estados. Y, en tal sentido, también vemos que vale la pena que los Estados hagan declaraciones como la que han hecho anteriormente la Unión Africana y la Unión Europea. Estas declaraciones contribuirán a entender cómo se aplica el derecho internacional en el ciberespacio y esto nos ayudaría en este mecanismo permanente.
Singapur sigue abierto a.
Participar en deliberaciones sobre la aplicación del derecho internacional como primer paso concreto necesario antes de pasar a abordar la brechas que existen en el derecho internacional actual en el marco del ciberespacio. En el grupo de trabajo que terminó recientemente, los Estados abordaron temas como la soberanía, los principios de no injerencia, la solución pacífica de las controversias y la prohibición del uso de la fuerza. Y quedamos a la espera de que los Estados sigan avanzando en esas deliberaciones y profundicen en ellas. Y aquí, Presidenta, es donde es fundamental la labor del segundo grupo temático, el derecho internacional es fundamental para entender mejor cómo se aplica en las TIC. Tenemos que seguir fomentando capacidades con el fin de que todos los Estados, sin excepción, obtengan los conocimientos especializados y las capacidades necesarias para poder participar en condiciones de igualdad y aportar una contribución significativa a las deliberaciones sobre el derecho internacional. Esto sigue siendo crucial para todos los Estados, especialmente en el marco de la rápida evolución de las TIC y las amenazas que han señalado en la anterior reunión, las delegaciones. Gracias.
Delegación de Colombia.
Señora Presidenta, Colombia se alinea con las intervenciones pronunciadas por Australia y Suiza sobre este tema. En capacidad nacional, quisiéramos formular las siguientes observaciones. Como resultado de las deliberaciones desarrolladas en el marco de los grupos de expertos gubernamentales y el grupo de trabajo de composición abierta, Hoy existe un amplio consenso sobre la aplicabilidad del derecho internacional al uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones por parte de los Estados. En este contexto, Colombia reafirma que el derecho internacional, y en particular la Carta de las Naciones Unidas, es aplicable al ciberespacio y resulta esencial para mantener la paz, la seguridad y la estabilidad internacionales. En consecuencia, El desafío que hoy enfrentamos consiste en avanzar hacia una comprensión cada vez más práctica y compartida de la forma en la que el derecho internacional se aplica a las actividades en el ciberespacio, incluyendo el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos. En este sentido, mi delegación quisiera señalar tres ámbitos en los que el primer grupo temático podría aportar un valor agregado significativo mediante el desarrollo de productos concretos que permitan traducir las discusiones jurídicas en orientaciones útiles para los Estados. En primer lugar, Colombia considera pertinente profundizar el análisis sobre la aplicación del derecho internacional humanitario a las operaciones cibernéticas en situaciones de conflicto armado. En particular, consideramos valioso examinar la forma en que se consolida el derecho internacional humanitario consuetudinario en el ciberespacio, incluido el peso que debe atribuirse a la práctica y al opinó iuris de aquellos Estados que, si bien no cuentan con capacidades cibernéticas militares ofensivas, tienen un interés jurídico y humanitario directo en el desarrollo de estas normas. En segundo lugar, Colombia ha reiterado que el derecho internacional humanitario aplica plenamente al uso de las TIC durante los conflictos armados, tanto internacionales como no internacionales, y que sus principios fundamentales continúan orientando la conducta de las partes en este ámbito. En este sentido, consideramos necesario seguir examinando cómo estos principios se aplican frente a las transformaciones que las tecnologías digitales han introducido en la naturaleza y los efectos de los conflictos armados, incluyendo el uso de plataformas digitales y redes sociales para el reclutamiento forzado en niños, niñas y adolescentes por parte de grupos armados ilegales. Finalmente, mi delegación considera pertinente ahondar en el estudio de la obligación de debida diligencia y su aplicación frente a operaciones cibernéticas maliciosas ejecutadas por actores no estatales desde el territorio de un Estado. Esta obligación es exigible a todos los Estados por igual, con independencia de su nivel de desarrollo tecnológico. En este contexto, estimamos pertinente avanzar en la identificación de medidas que permitan fortalecer su implementación efectiva Entre ellas, el establecimiento de mecanismos de divulgación responsable de vulnerabilidades, el fortalecimiento de cooperación técnica para que los Estados con menores capacidades puedan detectar y mitigar el uso malicioso de su territorio, así como la elaboración de lineamientos que clarifiquen las medidas que razonablemente pueden esperarse de un Estado para dar cumplimiento a esta obligación. Señora Presidenta, Colombia considera que el desarrollo de un entendimiento común sobre la aplicación del derecho internacional al ciberespacio es fundamental para consolidar un entorno digital seguro, estable y predecible. Estos esfuerzos permiten reducir la incertidumbre jurídica, promover el comportamiento responsable de los Estados y mitigar el riesgo escalada derivado de interpretaciones divergentes sobre las obligaciones internacionales aplicables. Invitamos a todos los Estados a participar activamente en este diálogo, convencidos de que contribuirá a fortalecer la confianza entre los Estados, prevenir conflictos y consolidar un ciberespacio más seguro, estable, pacífico y resiliente para todos. Muchas gracias.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de la República de Corea, seguido de Nueva Zelanda.
Gracias, presidenta.
La República de Corea quisiera reiterar que el derecho internacional existente incluida la Carta de las Naciones Unidas en su totalidad, el derecho internacional humanitario, el derecho internacional de los derechos humanos se aplican, en efecto, al ciberespacio. Sobre la base de este entendido compartido, mi gobierno publicó su posición nacional sobre la aplicación del derecho internacional al ciberespacio. Lo hicimos en julio de 2025, y esto con miras a contribuir de manera constructiva al debate que se está llevando a cabo en la comunidad internacional. El derecho internacional vigente ya ofrece una base jurídica suficiente para una conducta de los Estados en el ciberespacio. En lugar de negociar nuevos instrumentos jurídicamente vinculantes, deberíamos más bien centrarnos en aclarar y poner en práctica el derecho internacional existente, al tiempo que fortalecemos los mecanismos para su efectiva aplicación a través de la cooperación internacional. Al propio tiempo, deseamos subrayar que reconocer que el derecho internacional se aplica al ciberespacio ni legitima ni alienta los conflictos armados, sino que más bien pretende garantizar que, si estallara un conflicto armado, las protecciones otorgadas en virtud del derecho internacional humanitario seguirían aplicándose a fin de reducir el sufrimiento humano y proteger a la población civil. Las deliberaciones sobre la aplicación del derecho internacional también deben tener en cuenta las características particulares del ciberespacio. En particular, hemos de reconocer los desafíos que se derivan de los actores estatales, así como el anonimato, la celeridad y la capacidad técnica de las ciberoperaciones. Todo ello hace que la atribución y la respuesta sean más difíciles. El Mecanismo Global, por ende, debería seguir siendo una plataforma para que profundicemos en nuestra comprensión de las realidades del ciberespacio y para desarrollar paulatinamente un entendido común sobre la manera en que el derecho internacional existente se aplica en este ámbito. Gracias.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Nueva Zelanda, seguida de Israel, Estonia, Reino Unido, Armenia, México y Cuba. Nueva Zelanda.
Thank you, Chair. New Zealand aligns itself with the.
Nueva Zelanda suscribe la Declaración de Tonga pronunciada en nombre del Foro de las Islas del Pacífico, así como la Declaración de Australia en nombre de un grupo transregional de Estados. Reafirmamos que el derecho internacional se aplica a la conducta de los Estados en el ciberespacio. Esto incluye la Carta en su totalidad, la ley sobre responsabilidad de los Estados, el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos. También Consideramos que nuestro papel en este proceso es profundizar este entendido común. Al iniciar a estudiar cómo se aplica el derecho internacional, exhortamos a los Estados a que tengan presentes tres preguntas. Primero, ¿por qué estamos abordando el derecho internacional? Segundo, ¿en qué temas tendríamos que centrarnos? Y tercero, ¿quién debería estar en la sala? En cuanto a la primera pregunta, ¿por qué estamos abordando el derecho internacional? Reconoce Nueva Zelanda que los avances en las capacidades cibernéticas plantean nuevas interrogantes sobre cómo se aplica el derecho internacional al ciberespacio. El mecanismo global nos ofrece una oportunidad singular de trabajar juntos para responder a estas preguntas.
Sin embargo, no consideramos que la respuesta sea crear nuevas obligaciones jurídicamente vinculantes.
No por lo menos hasta que todos los Estados tengan la capacidad de.
Interactuar con el marco jurídico actual.
Nuestro objetivo al abordar el derecho internacional debería ser trabajar juntos para aplicar y ejecutar el marco jurídico existente. Esto me lleva a la siguiente pregunta: ¿en qué temas deberíamos centrarnos? El mecanismo global, incluidos sus grupos temáticos específicos o GT, ODTG no debería impulsar a los Estados a reiterar posiciones establecidas, sino intercambiar experiencias, prácticas y mejores prácticas sobre la aplicación del derecho internacional al responder a desafíos comunes, a fin de determinar cuáles son las necesidades en materia de creación de capacidades de derecho internacional y debatir aquellos ámbitos en los que no hay tantos entendidos. Como Italia, creemos que vale la pena la posición común africana sobre la aplicación del derecho internacional, en la que se determina un ejemplo concreto de un ámbito que podría ser objeto de deliberaciones ulteriores entre los Estados, a saber, la no injerencia. Los Estados saben que las ciberoperaciones coercitivas no están en conformidad con la regla de no injerencia. El umbral en el que esas operaciones se convierten en operaciones coercitivas no está tan claro. Otras posiciones nacionales sobre la aplicación del derecho internacional al ciberespacio, incluida la posición nacional de nuestro país. indican otros ámbitos en los que nuestro acuerdo sobre aplicación del derecho internacional converge, pero se pueden fortalecer esos entendidos. Estas deliberaciones se pueden abordar en el Mecanismo Mundial. En cuanto a la última pregunta, ¿quién debería estar en la sala? Sostenemos que la participación de los parte habientes, tanto en el plenario como en los grupos temáticos específicos o DTGs, es fundamental. Los expertos jurídicos cuyas posiciones nos permitan seguir entendiendo cómo se aplica el derecho internacional en el ciberespacio también sería importante. También es importante que haya una participación directa de los juristas de los gobiernos de todos los Estados, como lo dijo el colega de Kyrgyzstan y como lo han dicho otras delegaciones, la creación de capacidades es fundamental en este sentido, creación de capacidades en el ámbito jurídico. Tendrían que estar los colegas encargados de políticas junto con los juristas en la sala cuando se desarrollen perspectivas y posiciones. Los juristas pueden ayudar a redactar los principios sobre la base de experiencias prácticas y contribuir a redactar recomendaciones. Por ello, seguimos respaldando los esfuerzos y medidas de creación de capacidades que permitan y justifiquen una participación más amplia en el derecho internacional, en particular de Estados pequeños. Gracias.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Israel.
Good morning and thank you, Chair.
Muy buenos días. Gracias, Presidenta. Reitera Israel su posición sistemática y de larga data en cuanto a que el derecho internacional existente se aplica al ciberespacio, incluida la Carta de las Naciones Unidas y el derecho relativo a los conflictos armados. Por este motivo, entre otros, que mencionamos ayer, estamos firmemente convencidos de que no es necesario crear un nuevo instrumento jurídicamente vinculante. Nuestro debate, en virtud del pilar del derecho internacional, debería centrarse en otros foros. Se establecieron principios jurídicos en el ámbito específico y en contextos específicos, y su aplicación a características únicas y descentralizadas del espacio cibernético requiere de una evaluación meticulosa y no de una extrapolación automática. Para citarles un ejemplo particular de las características singulares que hay en el ciberespacio y que tienen ramificaciones significativas a la hora de interpretar y aplicar el derecho internacional a las ciberactividades, recordemos que los datos carecen de una manifestación física significativa. Son muy dinámicos porque pueden desplazarse internacionalmente atravesando en un instante múltiples jurisdicciones y dependen muchísimo de infraestructuras internacionales de propiedad privada. Este ejemplo resalta Otra cuestión metodológica que tenemos que tener en cuenta, a saber, los marcos jurídicos internacionales que se desarrollaron para ámbitos con características particulares, como la esfera marítima, la aviación internacional y el derecho del espacio extraterrestre, se lograron a través de deliberaciones prudentes y un examen amplio. El ciberespacio también tiene sus particularidades y deberíamos aprender de nuestros predecesores, dedicando el tiempo suficiente a estudiar las características particulares del espacio cibernético antes de llegar a conclusiones prematuras. Las normas desarrolladas para el espacio físico no debería suponerse que de inmediato se aplican al ciberespacio, en particular cuando la práctica pertinente o la opinio iuris tienen que ver con las actividades concretas del Estado en cuestión. La amplia divergencia de opiniones entre los Estados sobre cuestiones jurídicas fundamentales en el ámbito del ciberespacio también indica que debemos ser cuidadosos antes de que una posición determinada se adopte.
Hay que tener en cuenta las condiciones del ciberespacio que sean más pertinentes para la.
Interpretación y aplicación del derecho internacional vigente. Como parte de las deliberaciones transversales sobre múltiples pilares, a través de este enfoque, nos aseguraríamos de no avanzar de manera prematura nuestras deliberaciones sobre el derecho internacional sin entender debidamente los aspectos técnicos y fácticos pertinentes, aspectos que podrían y deberían esclarecerse por parte de expertos del mundo académico y de la comunidad tecnológica. Por último, tomamos nota de las numerosas posiciones de los Estados que se han publicado en los últimos años, con el telón de fondo de los grupos de trabajo de composición abierta. Israel, por su parte, ha presentado oficialmente su posición jurídica amplia a la Secretaría. Para terminar, mecanismo global puede contribuir a esta tendencia positiva, estudiando la intersección que existe entre la creación de capacidades y el derecho internacional. Consideramos que vale la pena utilizar los ETGs como vehículo para crear capacidades con el fin de ayudar a los Estados a redactar, pulir y publicar sus opiniones jurídicas nacionales. Gracias.
Gracias. Doy ahora la palabra a la delegación de Estonia, seguido del Reino Unido.
Gracias, presidenta. Estonia suscribe la Declaración de la Unión Europea. Ya creemos los comentarios siguientes a título nacional. Anteriores procesos confirman claramente que el derecho internacional existente se aplica al ciberespacio.
La tarea que tenemos ahora ante nosotros consiste en fortalecer su aplicación, mejorar el entendido común y promover la transparencia en la manera en que los Estados interpretan y aplican.
Sus obligaciones jurídicas internacionales en el entorno de las TIC.
Estonia está firmemente convencida de que el derecho internacional humanitario debería estar entre los temas del derecho internacional que aborda el Mecanismo. Nuestras deliberaciones deberían ir más allá de cuestionar si se aplica o no y.
Centrarse más bien en las cuestiones jurídicas centrales que ya están surgiendo en la práctica, incluidas las que de manera tan útil esbozó el Comité Internacional de la Cruz Roja en su documento de trabajo. Entre los temas que se abordan se debería incluir la Carta de las Naciones Unidas en su totalidad, la soberanía de los Estados, la obligación de la debida diligencia y el principio de no injerencia, la ley relativa a la responsabilidad de los Estados y el derecho internacional relativo a los derechos humanos. También quisiera subrayar el importante papel que desempeñan las posiciones nacionales y regionales sobre el derecho internacional a la hora de promover la claridad, previsibilidad y transparencia en el ciberespacio. Procesos previos de las Naciones Unidas ya demostraron cómo estas posiciones fundamentaron de manera útil las deliberaciones intergubernamentales sobre el derecho internacional que se aplica al ciberespacio. Estonia Elaboró su primera posición nacional ya en el año 2019, a fin de que nuestra posición refleje la práctica estatal actual, los avances tecnológicos y nuestros intereses nacionales. Nuestra delegación está en estos momentos en su tercer proceso de examen. Animamos a otros Estados a que elaboren, compartan y actualicen cuando corresponda sus posiciones nacionales. De cara al futuro, el mecanismo debería facilitar el intercambio de experiencias nacionales sobre la manera en que el derecho internacional se aplica en la práctica. Para ello, en primer lugar, hay que abordar la legalidad de las actividades que se pretenden realizar en el ciberespacio; segundo, responder a las ciberoperaciones ilícitas; y tercero, buscar la rendición de cuentas cuando se cometan violaciones del derecho internacional en el ciberespacio.
Esos intercambios pueden ayudar a encontrar enfoques, desarrollar prácticas y mejorar la coherencia en la aplicación del derecho internacional en el ciberespacio.
Presidenta, los predecesores del mecanismo global desde el año 2012, acordaron y reafirmaron que el derecho internacional existente se aplica al ciberespacio. Además, más de un centenar de países, la mayoría de la comunidad internacional y representando a todas las regiones geográficas a través de sus posiciones nacionales y regionales, ya han expresado sus opiniones sobre la manera en que se aplica el derecho internacional al ciberespacio. Esas posiciones confirman que un corpus sustancial del derecho internacional ya se aplica al ciberespacio, que diversas normas del derecho internacional restringen las actividades malintencionadas de los Estados en el ciberespacio y que el derecho internacional contempla numerosas medidas de reparación a los Estados sujetos a actividades malintencionadas en el ciberespacio o afectados por las mismas. Ahora la seguridad internacional se beneficiaría mucho. si se promoviera una aplicación sistemática del derecho existente. El derecho internacional, presidenta, es un tema transversal. Debe ser la base de todos los ámbitos de las labores en el Mecanismo, incluidas las deliberaciones sobre las amenazas, las normas relativas a la conducta responsable de los Estados, las medidas de fomento de la confianza, creación de capacidades y rendición de cuentas, así como.
Consideraciones jurídicas que deberían abordarse de manera sistemática en todos los debates temáticos.
En tal sentido, Estonia coge con beneplácito el carácter transversal reorientado a políticas que se basan en los cinco pilares del marco, entre ellos el derecho internacional. Y tal y como se subraya también la declaración conjunta del grupo transregional, este enfoque nos permite examinar desafíos específicos en el ámbito de las TIC de manera integral, al tiempo que garantiza que las consideraciones jurídicas sigan integrándose plenamente en nuestros trabajos. Para terminar, el mecanismo global debería mantener el derecho internacional en el lugar central de las deliberaciones, respaldando la aplicación, la transparencia y la cooperación práctica dentro del marco existente de conducta responsable de los Estados. Estonia está dispuesta a aportar una contribución constructiva a estas labores. Gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación del Reino Unido.
Presidenta, el Reino Unido se alegra de que el Mecanismo.
Global siga siendo un foro para examinar cómo se aplica el derecho internacional al ciberespacio, tras la importante labor realizada en el Grupo de Trabajo de Composición Abierta. A través de las deliberaciones que se llevaron a cabo en ese foro y en otros foros, se encontraron puntos de convergencia y un entendido común sobre las reglas y los principios por los que se rigen las actividades de los Estados en el espacio cibernético. La magnitud y amplitud de esas deliberaciones y el acuerdo alcanzado no se reflejó plenamente en el informe final del grupo de trabajo composición abierta, pero no hay que perderlo de vista. Porque, efectivamente, esas deliberaciones deben proseguir de conformidad con las recomendaciones 44, 45 y 46 del informe final. Y no solo entre los Estados, sino también con otros parte habientes, como la industria, el mundo académico y las organizaciones nacionales e internacionales. Cada uno de ellos tiene que aportar una contribución importante para que pasemos de cuestiones teóricas, ayudar a definir qué se entiende por una conducta responsable en el ciberespacio en la práctica.
Todos los Estados han acordado por consenso que el derecho internacional se aplica a la conducta.
De los Estados en el ciberespacio. En resumen, el ciberespacio no es anárquico.
La posición de mi país es clara: los Estados tienen el derecho de ejercer capacidades cibernéticas con sujeción a las restricciones que impone el derecho internacional, al igual que lo hacen en otros ámbitos. Pero no podemos conformarnos con esa premisa básica.
Debemos ir más allá del hecho de que se aplica el derecho internacional y lidiar.
Con las cuestiones más complejas, a saber, cómo se aplican las reglas actuales al ciberespacio?
Esa es una contribución importante que debería tratar de.
Realizar el mecanismo global, tanto en estos plenarios como a través de la labor de los grupos temáticos específicos. Pero esto, de nuevo, quiere decir que tenemos.
Que pasar a abordar las reglas y principios, incluida la manera en que la responsabilidad de los Estados.
El derecho internacional humanitario y el derecho relativo a los derechos humanos se aplican al ciberespacio. El Reino Unido ha estado en la primera línea en el ámbito de estas cuestiones, en particular a través de declaraciones públicas sobre intervenciones prohibidas, contramedidas, el uso de la fuerza y el uso de medios cibernéticos en conflictos armados. Mientras que otros Estados no lo han hecho o no lo han hecho de manera detallada, y los animamos a que expongan sus posiciones de manera pública, como lo hemos hecho nosotros, incluido en este foro.
Los Estados que estén revisando o desarrollando sus posiciones pudieran encontrar asistencia en el manual práctico.
Publicado por estudiosos de la Universidad de Exeter.
Que se ha elaborado en colaboración con el Ministro de Relaciones Exteriores de Estonia, el Ministro de Relaciones Exteriores.
De Japón, y el Centro de Ciberdefensa de Excelencia y de Cooperación de la OTAN, publicado en 2025 y que se publicó en la página web del mecanismo global esta semana. Y lo pueden encontrar al igual que otros. Lamentamos que expertos especializados, incluidos los de la Universidad de Exeter, no hayan.
Sido autorizados a participar en este plenario.
Señora Presidente, es importante evitar los errores de cálculo y las claras consecuencias de los que transgreden las normas. Este impulso del GTC no debe perderse.
Debemos garantizar que estos intercambios nos permitan realizar un ciberespacio que sea abierto, libre y pacífico.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Armenia, seguida de México y Cuba.
Armenia reafirma su posición de que el derecho internacional, incluida la Carta, se aplica también en el ciberespacio. Subrayamos el hecho de que el respeto por una aplicación fiel del derecho internacional es esencial para mantener la paz y seguridad internacionales, promover.
La estabilidad y la previsibilidad en el ciberespacio y fomentar un entorno TIC.
Pacífico y estable. Respaldamos la aplicación del derecho internacional al uso de las.
TIC, incluido a través del intercambio de buenas prácticas para lograr la claridad, la transparencia y la seguridad jurídica.
También queremos promover un entendimiento conjunto del derecho internacional en el ciberespacio, al tiempo que reconocemos.
Que la creación de capacidades es esencial para permitir que todos los Estados participen de manera eficaz.
Hacemos hincapié en que el informe de.
Consenso del GTCA es esencial para permitir el desarrollo de estas conversaciones, pero la futura labor tendrá que concentrarse.
En estos ámbitos en la continuidad, evitar la duplicación de esfuerzos y desarrollar un entendimiento común entre todos los Estados.
Es importante garantizar que los debates.
Futuros en la aplicación del derecho internacional tengan en cuenta las necesidades y las perspectivas de las limitaciones también de los Estados, para que todos los Estados puedan participar en dar forma a un entendimiento común de cómo el derecho.
Internacional se aplica a las TIC.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de México.
Gracias, señora Presidenta. México reafirma que el derecho internacional, incluidos la Carta de las Naciones Unidas, el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario, aplica al uso de las TIC por los Estados. La aplicabilidad del derecho internacional humanitario no legitima la militarización del ciberespacio ni el conflicto armado. Por el contrario, impone límites a la conducta de las partes y protege a la población civil. México valora los avances en la publicación de posiciones nacionales y las contribuciones interregionales sobre la aplicación del derecho internacional, incluido el compendio de UNIDIR y la reciente posición africana común. e invita a más Estados y regiones a publicar sus posiciones como medidas de transparencia y de fomento a la confianza. No se omite señalar que nuestro país continúa trabajando en la consolidación de su posicionamiento nacional. México apoya que el mecanismo profundice los intercambios sobre cómo aplican los principios específicos, distinción, proporcionalidad, precaución, debida diligencia y responsabilidad del Estado, aprovechando los insumos de iniciativas como la iniciativa global del CICR sobre DIH y TIC. Muchas gracias, señora Presidenta.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a las siguientes delegaciones: Cuba, República Islámica de Irán, el Reino de los Países Bajos, Brasil, Alemania, Mauricio y Venezuela. Cuba tiene usted el uso de la palabra?
Gracias, Presidenta. El uso de las TIC debe ser plenamente compatible con los propósitos y principios de la Carta de Naciones Unidas y el derecho internacional. en particular los de soberanía, integridad territorial y la no intervención en los asuntos internos de los Estados. Deben ser un instrumento de paz y desarrollo, y no un medio de guerra que propicie un teatro de operaciones militares. La seguridad del ciberespacio, aunque involucre a otros actores, es una responsabilidad de los Estados. Al igual que otros Estados, también presentamos y publicamos un documento de trabajo con la posición nacional en el marco del GTCA. De acuerdo con el artículo 2(4) de la Carta de las Naciones Unidas, una acción cibernética no constituye un ataque armado. toda vez que carece de las características físicas y demás requisitos que definen los referidos ataques militares, sus efectos y consecuencias jurídicas. No estamos discutiendo en este foro si aplica o no el derecho internacional, sino cómo se aplica. Para Cuba, no es aceptable la aplicabilidad automática del derecho internacional y del derecho internacional humanitario al ciberespacio. en tanto supone un paso de avance hacia la militarización del ciberespacio. Ello conduciría a equiparar un ciberataque con un ataque armado tradicional y que como resultado se invoque la legítima defensa en virtud del artículo 51 de la Carta, respondiendo con el uso de la fuerza. Entre otras dificultades, se encuentra el amplio panorama de actores que interactúan en el ciberespacio. el desarrollo vertiginoso en ese campo, los negativos efectos transfronterizos de las acciones que en él tienen lugar y la inexistencia de un mecanismo multilateral que, de manera imparcial y inequívoca, determine el origen de los incidentes cibernéticos, cuestiones que hoy son fácilmente manipulables. Estos desafíos no pueden enfrentarse con las normativas fraccionadas y diversas de las jurisdicciones nacionales. y con normas voluntarias de supuesta buena conducta que son fácilmente ignoradas sin consecuencia jurídica alguna. Sostener que el derecho internacional vigente o disposiciones voluntarias son suficientes es garantizar una ambigüedad jurídica que permita actuar a conveniencia, evadiendo la responsabilidad internacional que se genera para los Estados cuando cometen actos u omisiones internacionalmente ilícitos. Ello reafirma la necesidad inexorable de un instrumento jurídicamente vinculante que se negocie multilateralmente en el marco de Naciones Unidas. A diferencia de otros espacios, para el ciberespacio no existen normas primarias que regulen las conductas o la debida diligencia de los Estados y los demás intereses privados que lo controlan de forma significativa. Todo ello en situaciones concretas que podrían involucrar sujetos muy disímiles entre sí, con elementos de virtualidad, deslocalización y capacidad para generar fricciones internacionales. Continúa siendo un asunto pendiente la definición de una terminología común que permita alcanzar un consenso. sobreentendidos o conceptos básicos como ciberincidentes, operaciones de información o cuáles serían los diferentes tipos de uso indebido de las TIC. Consideramos que esto es esencial. Es necesario también que se establezca un compromiso real con la eliminación de la enorme brecha tecnológica y todos los obstáculos impuestos a los países en desarrollo para invertir en la seguridad de sus infraestructuras TIC. incluidas las medidas coercitivas unilaterales que limitan sus capacidades para enfrentar amenazas existentes y potenciales. Debemos enfocarnos en el propósito crucial de preservar las TIC para su uso exclusivamente pacífico orientado al desarrollo. Muchas gracias.
Muchas gracias.
Voy a dar nuevamente lectura a la lista de oradores. Primero, la República Islámica de Irán, seguido de Nigeria, quien nos ha alertado, habla en nombre del Grupo Africano, luego el Reino de los Países Bajos, Brasil y Alemania. Irán, tiene usted el uso de la palabra?
Señora Presidenta, gracias. Mi delegación reconoce plenamente que los objetos y principios de la Carta de las Naciones Unidas así como de los principios generalmente aplicables del derecho internacional, se aplican al uso de las TIC por parte de los Estados.
El proceso GTCA ha reafirmado un amplio acuerdo sobre este punto fundamental, incluido el respeto de los principios de la soberanía, igualdad soberana, la prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza, la integridad territorial, el ajuste pacífico de las controversias, la no injerencia en los asuntos internos y el cumplimiento de buena fe de las obligaciones del derecho internacional. Ahora bien, reconocer que los principios generalmente aceptables del derecho internacional se aplican no de por sí resuelve todas las cuestiones que se plantean, las características únicas de las TIC, como su carácter transfronterizo, el anonimato, la complejidad de la atribución y La participación creciente de los agentes del sector privado plantean dificultades jurídicas nuevas. La evolución de las prácticas tanto nacionales como de los Estados demuestran que las buenas prácticas no son siempre básicas para resolver los problemas. Los Estados han desarrollado nuevas legislaciones, están diseñando marcos jurídicos para regular diferentes aspectos del entorno de las TIC, incluida la ciberseguridad, la gobernanza de los datos, las plataformas digitales, la protección de las infraestructuras críticas y la ciberdelincuencia. Una tendencia similar puede observarse a nivel internacional. El éxito de la negociación. de la Convención sobre la ciberdelincuencia demuestra que los Estados han reconocido la necesidad de desarrollar normas jurídicamente vinculantes para abordar algunos aspectos que se desprenden del uso de las TIC. Si el derecho internacional se ha considerado suficiente para abordar todos estos retos, no habría habido necesidad de negociar un nuevo marco internacional. Estos desarrollos confirman una importante realidad, y es que los desarrollos tecnológicos dan pie a nuevos retos que exigen más reglamentos. Esto es algo plenamente coherente con el mandato acordado del mecanismo global, que explícitamente prevé el desarrollo de obligaciones jurídicamente vinculantes. La cuestión de las obligaciones jurídicamente vinculantes no puede diferirse completamente. Los Estados miembros deliberadamente refirieron esta cuestión durante el mandato del mecanismo y, por lo tanto, las conversaciones al respecto han de proseguir, tanto en sesión plenaria como en el primer grupo temático dedicado. Las normas voluntarias no deben verse como un sustituto para la elaboración de las obligaciones jurídicamente vinculantes en este sentido. Tomamos nota del concepto de la Convención de las Naciones Unidas.
Sobre la Garantía de la Información, presentado por la Federación Rusa y copatrocinado por toda una serie de Estados miembros, como posible contribución a las conversaciones sobre esta cuestión. Gracias.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Nigeria en nombre del Grupo Africano.
Thank you, Madam Chair.
Tengo el honor de intervenir en nombre del Grupo Africano. El Grupo reafirma que el derecho internacional, incluida la Carta de las Naciones Unidas, se aplica al uso de las TIC por parte de los Estados y es esencial para mantener la paz y la seguridad en el ciberespacio. Los Estados miembros africanos han promovido un entendimiento a través de la aplicación del derecho internacional con el uso de las TIC en el ciberespacio, que refleja la prosperidad colectiva de África, al tiempo que reconoce que la articulación de las posiciones es prerrogativa soberana de cada Estado.
El grupo cree que las perspectivas regionales y las conversaciones globales sobre la aplicación del derecho internacional de los Estados subrayan la importancia de fortalecer la capacidad jurídica, especialmente de los países en desarrollo.
Para permitir una participación eficaz y así como una aplicación efectiva. El Grupo Africano reconoce.
La necesidad de, uno, desarrollar la capacidad para los expertos técnicos, facilitar intercambios de experiencias y buenas prácticas, promover el diálogo entre las comunidades.
Jurídicas y diplomáticas y, en último lugar, fortalecer la cooperación para las organizaciones regionales y subregionales para mejorar la práctica y los conocimientos. Muchas gracias, señora presidenta.
Ahora doy la palabra a la delegación del Reino de los Países Bajos, seguido de Brasil.
Gracias, presidenta. El Reino de Países Bajos se hace suya la declaración leída por la Unión Europea y también nos sumamos a lo dicho por Nueva Zelanda y Australia. Vamos a leer una versión acortada de nuestra declaración nacional. Pensamos que todo ello ha de basarse en el entendimiento común de que el derecho internacional se aplica al ciberespacio en su totalidad. En lugar de revisitar ámbitos en los que el consenso ya se ha alcanzado, deberíamos centrar nuestra atención en la aplicación práctica de las herramientas que da el derecho internacional para abordar estas amenazas en el mundo real. El carácter transsectorial del DTG1 es lo que mejor se presta a este tipo de conversaciones. Por ejemplo, las actividades maliciosas pueden tratarse a través de las normas y principios como la soberanía y la no injerencia, así como el derecho internacional humanitario en conflictos armados. Otras amenazas que podrían beneficiarse de más análisis son el ransomware, las actividades maliciosas, que impacta las instalaciones médicas y las organizaciones humanitarias. El derecho de la responsabilidad de los Estados puede dar a los Estados opciones para responder a esas amenazas. Como quedó claro en el acontecimiento, la reunión paralela de ayer celebrada por.
Egipto, este tipo de conversación se beneficia mucho de las opiniones de los expertos jurídicos y otras partes interesadas.
También podemos aprovechar las labores llevadas a cabo fuera de este foro, por ejemplo, sobre la CICR, sobre la aplicación del derecho internacional humanitario en el ciberespacio. Finalmente, mi delegación quisiera hacerse eco de los muchos Estados que han señalado la importancia continuada de la creación de capacidades sobre el derecho internacional. La creación de capacidad es vital para permitir la participación de todos los Estados y es necesario para poder colmar la brecha. Como ha dicho ya la Unión Europea, nosotros también estamos listos para compartir nuestras experiencias a la hora de evaluar nuestra posición nacional sobre la aplicación del derecho internacional al ciberespacio.
Muchísimas gracias.
Señora Presidenta, mi delegación segunda la Declaración formulada por Suiza en nombre de una serie de países de mentalidad afín y quisiéramos señalar lo siguiente:.
El derecho internacional es parte fundamental para mantener un entorno interoperable, seguro y pacífico de las TIC. La Asamblea General reconoce, reconoció hace ya más de una década que el derecho internacional, incluida la Carta, el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario es plenamente aplicable al uso de las TIC por parte de los Estados. Esto no fue sino el principio de la labor sobre esta cuestión. Desde entonces, los grupos subsiguientes han debatido ampliamente cómo aplicar las normas existentes del derecho internacional del espacio. Si bien hemos conseguido avances significativos, la complejidad de esta empresa necesitará un entendimiento más claro. Esta es la razón por la que probablemente, entre otros pilares del mandato, el derecho internacional es aquel en el que el consenso. Los informes menos reflejan la riqueza de nuestros debates. Un paso importante en este debate es que, como se reconocía en los informes, tener una amplia gama de opiniones sobre cómo Se aplica el derecho internacional a las TIC, es muy importante. Como uno de los primeros países en haber.
Publicado su posición nacional sobre la aplicación del derecho internacional al ciberespacio, Brasil agradece el incremento de posiciones nacionales que se han publicado ya y esperamos ver más en el futuro, especialmente del mundo en desarrollo.
La plétora de perspectivas enriquece nuestro entendimiento de esta cuestión. Tener una amplia gama de Estados y visiones es particularmente importante a la hora de tener en cuenta el derecho internacional, que supone tanto la práctica como la opinión iuris. Y como hemos expresado ya en la posición nacional, el mero hecho de que algunos Estados, algunas posiciones no hayan sido objeto de protesta, no puede interpretarse como aquiescencia. Las iniciativas que han tenido lugar en este ámbito son especialmente importantes.
Nos hemos beneficiado y contribuido a estas iniciativas compartiendo nuestra experiencia con el desarrollo de las posiciones nacionales. Este mecanismo global podría hacer que se fomente la publicación de estas publicaciones, incluido dentro del DTG2.
Señora Presidente. La aplicación del derecho internacional al ciberespacio es principalmente una de las cuestiones de mayor importancia. Como hemos dicho ya en repetidas ocasiones, el DIH se aplica a situaciones que supongan conflicto armado, con independencia de su clasificación. No importa que el conflicto sea legítimo o no, porque su objetivo es el de minimizar el sufrimiento humano y facilitar la mejor resolución en cualquier escenario de las hostilidades. Por lo tanto, esto se aplica al ciberespacio, pero eso no supone de ninguna manera que se endose su militarización o que se legitime la ciberguerra. En ese sentido, La mera no existencia del DIH legitimaría el uso de la fuerza. La resolución que protege a los civiles y a otras personas protegidas y objetos contra el potencial de las TIC en conflicto armado fue una resolución aprobada por la 34ª Conferencia del CICR y también por la Conferencia para Galvanizar el Apoyo al DIH. Esto nos puede ayudar a avanzar sobre esta cuestión y en este mecanismo global. Señora Presidenta, si bien tenemos que seguir formulando avances para entender bien cómo se aplica el derecho internacional a las TIC, reconocemos que, a medida que evolucionan nuestras opiniones, tendremos que encontrar ¿Cuáles son las operaciones jurídicamente vinculantes para aportar más claridad a las operaciones de los Estados? Como ya hemos dicho, no hay contradicción con la aplicabilidad del ciberespacio y una posible lex specialis sobre la cuestión, o entre las obligaciones jurídicamente vinculantes y las voluntarias que se fomentan mutuamente. No podemos permitir que esta falsa contradicción nos impida avanzar en esta labor.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Alemania.
Gracias.
Alemania se une a la.
Declaración de la Unión Europea, así como al resto de las declaraciones de Suiza y de Australia, en nombre de grupos, y queremos fomentar, indicar lo siguiente, calidad nacional. Colegas, es importante saber una vez más que no empezamos de cero.
Los diferentes consensos de los GGE y de la Asamblea General han reafirmado que el derecho.
Internacional se aplica al ciberespacio. Por lo tanto, nuestra tarea aquí es mejorar nuestro entendimiento de cómo se articula en la práctica. El Grupo de Trabajo Composición Abierta fue un foro óptimo para la exploración de esta cuestión. El documento de trabajo respaldado por los Estados muestra la convergencia de las opiniones de los Estados sobre la cuestión. Al mismo tiempo, Alemania, en línea con la observación de Brasil que presentó antes, considera que el informe final no refleja completamente la amplitud de estas conversaciones. Esto no debe ser óbice, no obstante, para que sigamos con esta excelente labor, partiendo del consenso que se está forjando. Un número creciente de Estados de todas las regiones han publicado posiciones regionales sobre la aplicación del derecho internacional en el ciberespacio y cada vez estamos oyendo más acerca de nuevas posiciones. Al mismo tiempo, hay conversaciones que están ocurriendo fuera de Nueva York. En este sentido, la trigésimo cuarta conferencia del CICR y de la Iniciativa Global para Galvanizar un Compromiso Político, ambas ya han señalado el apoyo al desarrollo normativo. Queremos señalar también los siguientes tres puntos: la creación de capacidad, como han señalado ya varios colegas, De nuestra propia experiencia, sabemos que redactar la posición nacional exige mucha coordinación y puede ser muy farragoso.
Por ello, para nosotros es fundamental la participación de las partes interesadas.
Como señalaba Singapur, es importante que todos los Estados puedan participar en pie de igualdad en nuestras conversaciones. En segundo lugar, pensamos que las organizaciones regionales tienen un papel importante que desempeñar. Muchas organizaciones regionales fueron clave a la hora de fomentar las conversaciones en sus ámbitos respectivos.
Por ejemplo, la Secretaría de la OSCE también. Sus deliberaciones y el resultado de su labor es fundamental aquí en el mecanismo. Y en último lugar, de cara a los próximos DTGs, esperamos que el derecho internacional se interprete de manera amplia en la labor de los DTGs para atender a los diferentes retos del ciberespacio. Tenemos que ver cómo se aplica el ciberespacio. Tenemos que ver cómo avanzar de manera práctica, orientada a la acción, para abordar los retos que encaramos de manera colectiva en línea con el marco de la responsabilidad de los Estados.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Mauricio, seguido de Venezuela, Vanuatu, China, Francia y Japón. Mauricio.
Gracias por darme la palabra, presidenta, distinguidas delegaciones, colegas.
Mauricio sigue comprometido con el intercambio de opiniones y prácticas nacionales para promover un entendimiento de cómo se aplica el derecho internacional al ciberespacio. La experiencia de Mauricio demuestra la importancia de traducir los principios internacionales a una aplicación eficaz. En nuestra ley de 2021 sobre ciberseguridad y sus mecanismos institucionales afines, Mauricio sigue.
Fortaleciendo su capacidad de prevenir, investigar y responder a las ciberamenazas, al tiempo que garantizamos que las medidas de ciberseguridad siguen siendo coherentes con el Estado de Derecho y con el respeto a los derechos fundamentales. Para Mauricio, desarrollar una posición nacional sobre la aplicación del derecho internacional al ciberespacio representa un importante paso para fortalecer la seguridad jurídica, promover la transparencia y contribuir al diálogo.
Internacional nos permita entender mejor nuestros.
Derechos y obligaciones según el derecho internacional existente, al tiempo que informamos las políticas y la toma de decisiones. En ese sentido, y teniendo en cuenta esta posición, hemos acometido el desarrollo de nuestra posición nacional sobre la aplicación del derecho internacional al.
Ciberespacio. que a día de hoy está atravesando los procesos administrativos previos a su promulgación oficial. Esta posición refleja un contexto específico y unas prioridades que son nuestras como pequeño Estado insular en desarrollo. Para nosotros, los siguientes principios son un fundamento esencial para abordar los ciberretos actuales. Uno, la soberanía está ligada a nuestra capacidad de proteger nuestras infraestructuras y servicios esenciales. Segundo y tercero, la debida diligencia y la responsabilidad de los Estados respaldan la respuesta a las actividades maliciosas. El respeto de los derechos humanos garantiza que los esfuerzos de ciberseguridad se centren en las personas. y que el ajuste?
Pacífico de las controversias fortalezca la importancia del diálogo y la cooperación a la hora de abordar el carácter.
Transfronterizo de las amenazas. Habida cuenta del carácter.
Evolutivo del entorno digital, Mauricio considera que esta posición es un documento vivo que seguirá evolucionando a la luz de los avances tecnológicos, los retos emergentes, las conversaciones internacionales y las lecciones aprendidas de la aplicación nacional. Permítanme ahora señalar que esto se logró gracias al apoyo valioso de la UNIDIR, cuya experiencia técnica y creación de capacidad nos ha.
Permitido contar con un proceso nacional inclusivo con todas las partes gubernamentales y las partes interesadas. En alianza con UNIDIR, Mauricio también tuvo el privilegio de coorganizar un evento paralelo el lunes. previo al lanzamiento de nuestra posición nacional.
El proceso de desarrollo de nuestra posición nacional ha demostrado que esto no es únicamente un proceso de redacción, sino que es un proceso de creación de capacidad muy válido, que fortalece los conocimientos institucionales, promueve el diálogo entre todas las partes diplomática, jurídica, de las TIC y forjar un entendimiento común de las cuestiones que surgen del uso de las TIC.
Compartimos las opiniones de Italia, Nueva Zelanda, Alemania y muchos otros en cuanto a que el fomento de capacidades es clave para avanzar en las deliberaciones sobre el derecho internacional en el ciberespacio. Muchos países en desarrollo tienen la voluntad de participar de manera sustantiva en estas deliberaciones, pero siguen enfrentando dificultades.
Por falta de conocimientos especializados o de capacidad institucional o recursos.
Una creación de capacidades adaptada, impulsada a la demanda, que permita a los Estados elaborar sus posiciones nacionales y participar de manera más efectiva en los procesos internacionales y aportar una.
Contribución significativa al desarrollo de entendidos comunes sobre la aplicación del derecho internacional en el ciberespacio es algo que se requiere. En este contexto, Mauricio ve con buenos ojos los esfuerzos constantes del mecanismo global y de los DTGs para facilitar la cooperación práctica y respaldar las iniciativas de creación de capacidades que respondan a las necesidades y prioridades determinadas por los propios Estados. Mauricio sigue dispuesto a compartir su experiencia y lo que ha aprendido a raíz del desarrollo de su posición nacional. Lo compartiremos con otros Estados que tengan interés. Esperamos que nuestra experiencia anime a más Estados a emprender procesos similares y, con ello, contribuya a una mayor transparencia, confianza y un mejor entendido común de la aplicación del derecho internacional al ciberespacio. Gracias, Presidenta.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Venezuela, seguida de Vanuatu.
Muchas gracias, Presidente. La República Bolivariana de Venezuela comparte la opinión de otros Estados la cual considera que no existe una visión universal y consensuada sobre la aplicabilidad del derecho internacional y el derecho internacional humanitario al ciberespacio. Cuestionamos la aplicabilidad plena y automática de las normas jurídicas internacionales existentes al uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, en virtud de lo cual se requiere adaptar y desarrollar progresivamente el derecho internacional aplicable a esta esfera, teniendo debidamente en cuenta las características propias de estas tecnologías y su funcionamiento. Venezuela considera que el derecho internacional y el derecho internacional humanitario no resultan automáticamente aplicables en el ámbito cibernético o virtual, por lo que es necesario continuar las evaluaciones para determinar la forma en que deben aplicarse. No se trata de que no aplican por completo, sino se trata de una necesidad de explorar críticamente cómo aplican estos derechos a este ámbito en particular. Por todo lo indicado, consideramos que la creación de un marco jurídicamente vinculante y de alcance integral no solamente es necesario, sino que igualmente lo consideramos como parte del mandato del anterior grupo de trabajo abierto. En ese sentido, consideramos igualmente que para este marco jurídicamente vinculante debe fundamentarse en los cinco pilares fundamentales del mecanismo permanente que fueron establecidos en el último informe anual. Finalmente, reiteramos, como hemos indicado antes, que resulta de suma importancia preservar el principio del consenso en todas las decisiones y actividades del mecanismo global, incluidas aquellas que se desarrollan en el marco de los grupos temáticos. Muchas gracias.
Gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Vanuatu, seguida de China, Francia y Japón.
Presidenta, Vanuatu suscribe la declaración pronunciada por Tonga en nombre de los miembros del Foro de las Islas del Pacífico. Y apoyamos la declaración pronunciada por Australia en nombre de un grupo regional. Y ahora, a título nacional, quisiéramos hacer los comentarios siguientes. Vanuatu cree en el derecho internacional. No lo decimos de la boca para afuera, sino que lo hemos demostrado. Es una convicción nacional. Cuando nuestro pueblo enfrentó la mayor amenaza a su futuro, llevamos la cuestión de las obligaciones que tienen los Estados en materia de clima ante la Corte Internacional de Justicia, y el mundo escuchó. La misma convicción la aportamos a este pilar. Para los Estados que no tienen ejércitos grandes ni arsenales de disuasión, el Estado de derecho no es solo una estrategia de seguridad de entre muchas, es la estrategia de seguridad por antonomasia. Vanuatu, por consiguiente, reafirma, como lo hicimos en el grupo de trabajo de composición abierta, que el derecho internacional, en el cual la Carta de las Naciones Unidas ocupa el lugar fundamental, se aplica en su totalidad a la conducta de los Estados en el ciberespacio. Las obligaciones que dimanan del mismo no son abstracciones: el respeto de la soberanía y de la igualdad soberana de los Estados, la solución pacífica de las controversias, la abstención de la amenaza o el uso de la fuerza y la no injerencia en los asuntos de la jurisdicción interna. Reafirmamos, además, la aplicabilidad del derecho internacional de los derechos humanos al ámbito digital y del derecho internacional humanitario a las ciberactividades en situación de conflicto armado, un corpus jurídico cuyo propósito es la protección humanitaria, cuya afirmación hace que los conflictos sean menos crueles, aunque no más probables. Vanuatu otorga una especial importancia a la ley relativa a la responsabilidad de los Estados y a las expectativas de debida diligencia que acompañan a la soberanía sobre la infraestructura de las TIC. Para Estados como el nuestro, que haya claridad sobre estas cuestiones determina si la realidad, si la rendición de cuentas ante actividades malintencionadas será una posibilidad realista o simplemente teórica. Nos alentó que en el informe final del grupo de trabajo de composición abierta se reflejara la convergencia en estas esferas y consideramos que esto es el nivel mínimo para las deliberaciones jurídicas de este mecanismo, no el nivel máximo. Presidenta Banuato ha participado en labores nacionales constantes para profundizar y expresar su propio entendido en cuanto a cómo se aplican estas reglas y esperamos contribuir con los frutos de este trabajo a este mecanismo, cuando llegue el momento oportuno. Encomiamos a los Estados, incluidos los de nuestra región, cuyas posiciones publicadas han enriquecido el panorama colectivo, y subrayamos que elaborar esas posiciones de por sí es un ejercicio jurídico exigente para un pequeño Ministerio de Relaciones Exteriores. Por eso, la capacidad jurídica, la creación de capacidad jurídica, debe seguir siendo indisoluble de este pilar.
Vanuatu apoya.
Que se dedique tiempo específico en este mecanismo, inclusive dentro de los grupos temáticos, a trabajar a través de cómo se aplica la ley en situaciones concretas para que las deliberaciones jurídicas se conviertan en una capacidad de todos y no en el coto de los especialistas. El derecho sirve a quienes lo pueden invocar. Vanuatu, en este pilar, lo que quiere es un ciberespacio en el que todos los Estados, sean grandes o pequeños, lo puedan hacer.
Gracias.
Gracias, Presidenta. China desea abordar los tres temas siguientes. Primero, hemos de subrayar el papel de la Carta y sus fines y principios como piedra angular del derecho internacional, en particular los principios de igualdad soberana, la prohibición del empleo o amenaza de la fuerza, la solución pacífica de las controversias internacionales y la no injerencia.
En los asuntos internos de los Estados. Ya se ha quebrantado el tabú de la guerra cibernética.
Por ello, la paz y la seguridad enfrentan desafíos sin precedentes. Hoy más que nunca, hemos de preservar un orden del ciberespacio que se base en los fines y principios consagrados en la Carta. Todos los países deberían oponerse explícitamente a los medios cibernéticos para cometer actos de agresión, las grandes potencias en particular. deberían utilizar las tecnologías cibernéticas en conflicto armado con cuidado. Hay que fomentar la confianza mutua y resolver las divergencias a través de las conversaciones y el diálogo, y impedir que haya conflictos cibernéticos entre los Estados. En particular, los países principales deberían asumir su responsabilidad y estar en la primera línea a la hora de elaborar normas en el ciberespacio, en lugar de aplicar políticas excepcionalistas o aplicaciones selectivas. La aplicación del derecho internacional humanitario en el ciberespacio se debe manejar con más prudencia. Las dificultades jurídicas y técnicas inherentes que hay al aplicar el derecho internacional humanitario en el ciberespacio siguen sin resolverse. Hay grandes empresas tecnológicas de ciertos países que están muy implicadas en los conflictos, lo cual plantea un problema a la hora de aplicar el derecho internacional humanitario en el ciberespacio. En varios conflictos, de hecho, ya es difícil diferenciar entre la paz y la guerra y entre civiles y combatientes. La participación de las compañías tecnológicas hace que esa distinción sea aún más difícil. Si su participación en los conflictos armados respeta los principios de necesidad militar y de distinción, es algo que amerita una debida atención de todas las partes. Tercero, también hay que abordar la cuestión de formular un nuevo instrumento jurídico para mantener la paz y la seguridad en el ciberespacio y para crear un orden en el ciberespacio. Habida cuenta de las características de las TIC y del panorama cambiante y sobre la base de la amplia participación de todos, deberíamos abordar y elaborar un nuevo instrumento internacional. Creemos que la Convención sobre la información o la seguridad de la información que propone Rusia sería una buena base para ese debate. Esperamos que los grupos temáticos específicos o DTGs tengan plenamente en cuenta las consideraciones de las partes y aborden los temas de manera equilibrada. China está dispuesta a adoptar una actitud constructiva a la hora de participar en los debates.
Gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Francia, seguida de Japón.
Gracias, presidenta.
Mi delegación suscribe la declaración pronunciada por la Unión Europea y quisiéramos formular los comentarios siguientes a título nacional. En primer lugar, en este primer plenario del mecanismo global, Me gustaría subrayar la importancia de las deliberaciones sobre la aplicabilidad del derecho internacional en todos sus aspectos, incluido, obviamente, el derecho internacional humanitario. Francia sigue comprometida con el derecho internacional, en particular con la Carta de las Naciones Unidas. La Carta es la piedra angular de la compleja estructura que estamos construyendo aquí para regular las relaciones entre los Estados y mantener la seguridad y la estabilidad internacionales en el ciberespacio. Debilitar la Carta nos amenaza a todos, como lo hace especialmente Rusia, que libra en Ucrania una guerra de agresión con consecuencias devastadoras, tanto desde el punto de vista kinético como cibernético. Quisiera recordar brevemente tres consideraciones. En primer lugar, Francia defiende la aplicación del marco normativo actual, del cual, lógicamente, el derecho internacional es un pilar. Encaramos una tarea colectiva descomunal dentro del mecanismo, que es la de elaborar un concepto común, un entendido común de los principales conceptos del derecho internacional, como la responsabilidad de los Estados y la debida diligencia, aunque hay otros. Francia está dispuesta a hacerlo. Segundo, el debate sobre las nuevas normas vinculantes para nosotros es algo secundario. y al escuchar a las delegaciones, entendemos que solo un puñado de Estados lo consideran prioritario en estos momentos. Lamentamos, de nuevo, que el país más ferviente defensor de un nuevo tratado sea precisamente el que hoy pisotea el derecho internacional existente.
Tercero, mi delegación apoya la declaración realizada por Suiza.
Sobre el derecho internacional humanitario en particular, pedimos que nuestros trabajos se tengan en cuenta los resultados de la próxima iniciativa global lanzada por el Comité Internacional de la Cruz Roja, que dedicó, como saben ustedes, una parte de sus reflexiones al derecho internacional humanitario en el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones, las TIC.
Y mi delegación le da las gracias por sus trabajos. Es todo.
Gracias. Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Japón, seguida de Canadá e Irlanda.
Gracias, presidenta. A través de las.
Deliberaciones en el Grupo de Trabajo de Composición Abierta, entendemos que hay consenso entre todos los Estados miembros de la organización en el sentido de que el derecho internacional existente se aplica al ciberespacio. En el mecanismo global, sobre la base de este consenso, es importante facilitar conversaciones prácticas y concretas en cuanto a la manera en que se aplica el derecho internacional vigente. En ese sentido, hemos de centrarnos en responder a incidentes específicos, como los ciberataques a infraestructuras esenciales. En tal sentido, y desde la perspectiva del cumplimiento del derecho internacional actual, consideramos que podría ser una opción profundizar las deliberaciones a la luz de la aplicación de la responsabilidad de los Estados ante actos internacionalmente ilícitos. En el TTG1 esperamos que a través de informes, expertos y de deliberaciones interactivas, los Estados miembros entiendan mejor sobre la aplicación específica del derecho internacional existente y que profundicen su concienciación al respecto.
Gracias. Canadá suscribe la declaración conjunta transregional sobre la aplicación del derecho internacional pronunciada por Suiza, y Canadá desea formular la siguiente declaración en calidad nacional.
Presidenta, Canadá está firmemente decidida a que este nuevo mecanismo se apoye en los importantes logros alcanzados en los sucesivos grupos de expertos gubernamentales y grupos de trabajo de composición abierta. Estamos decididos a que este mecanismo haga avanzar los logros alcanzados en el ámbito del derecho internacional. Gracias a varios años de implicación constante, los Estados han superado ya los debates iniciales. El desafío que tenemos hoy ante nosotros, pues, no es ya determinar si el derecho internacional se aplica o no al ciberespacio. Ahora hay un consenso ampliamente reconocido en tal sentido. Se trata más bien de seguir profundizando nuestra comprensión común en cuanto a su aplicación concreta. Durante la reunión de organización que tuvo lugar en marzo de 2026, este año, y durante los trabajos del Plenario en los últimos días, la inmensa mayoría de los Estados miembros han manifestado su voluntad de seguir por esta vía y de participar de buena fe en los trabajos y deliberaciones de este mecanismo, y hacerlo de manera constructiva e inclusiva. Canadá considera, pues, que el mecanismo debería concentrarse en las deliberaciones de fondo y en la aplicación, en particular a través de deliberaciones integradas sobre los desafíos cibernéticos que se plantean en el mundo real. Todos los Estados pueden enfrentar ataques de ransomware contra hospitales, así como actividades cibernéticas malintencionadas contra infraestructuras esenciales, como el sistema de salud, de energía o de transporte. Las deliberaciones de esta naturaleza nos brindan oportunidades únicas de abocarnos a la aplicación práctica del derecho internacional. En tal sentido, los grupos temáticos especializados o específicos o DTGs son plataformas idóneas para entablar intercambios oficiosos sobre esos casos concretos, en particular fomentando la participación de expertos jurídicos tanto gubernamentales como no gubernamentales. Esos intercambios, en particular, podrían contribuir a fortalecer la comprensión común sobre la aplicación práctica del derecho internacional y también a profundizar esa comprensión en ámbitos específicos como el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho internacional humanitario. El fortalecimiento de las capacidades debe seguir siendo un elemento central y necesario para que este pilar tenga éxito. Los esfuerzos en tal sentido deberían basarse en las necesidades expresadas. Y, en particular, podrían seguir ayudando a los Estados a desarrollar sus posiciones nacionales, a fortalecer su participación en las deliberaciones y a mejorar la aplicación concreta de los compromisos contraídos. La publicación continuada de las posiciones nacionales y de los enfoques regionales ya de por sí han contribuido enormemente a mejorar nuestra comprensión común. Un diálogo abierto e inclusivo debería continuar en este sentido. con inclusión del intercambio de las mejores prácticas sobre la aplicación de las posiciones nacionales a determinadas cuestiones cibernéticas. Señora Presidenta, el derecho internacional sigue siendo un elemento fundamental en nuestros esfuerzos colectivos y el diálogo constante sobre el derecho internacional Es como tal una importante medida de fomento de la confianza. Al consolidar el consenso actual, al profundizar la comprensión común, al reforzar las capacidades y al hacer hincapié en la aplicación en la práctica, el mecanismo global puede aportar una contribución significativa a la estabilidad, la previsibilidad y la seguridad en el ciberespacio. Canadá queda a la espera de trabajar con todas las delegaciones con ese espíritu.
Muchas gracias.
Thank you very.
Much.
Thank you, Madam Chair. suscribir la Declaración conjunta sobre la aplicación del derecho internacional.
En el uso de las TIC presentada por Suiza y por otros, así como la Declaración de un grupo transregional de Estados presentada por Australia.
El mecanismo global nos brinda la oportunidad de avanzar en nuestra comprensión común sobre la manera en que se aplica el derecho internacional al ciberespacio. y de trabajar sobre la base de la labor realizada ya en el grupo de trabajo de composición abierta en los grupos de expertos gubernamentales. Deberíamos aprovechar plenamente las estructuras que ya existen para avanzar en esta labor, incluidos el plenario y los grupos de expertos gubernamentales. En particular, pedimos que el derecho internacional, incluido el derecho internacional humanitario, ocupe un lugar destacado en las labores sustantivas del DTG1. Acogeríamos con beneplácito el uso de las modalidades de trabajo oportunas para facilitar un intercambio de opiniones más dinámico sobre el derecho internacional en los grupos de trabajo especializados o DTG, y en el plenario, según corresponda. Esas modalidades podrían incorporar cuestiones orientativas, deliberaciones estructuradas y ejercicios basados en hipótesis. Estamos de acuerdo con la lista de cinco temas prioritarios que se especifica en la declaración conjunta sobre la aplicación del derecho internacional en el uso de las TIC, que fue presentada por Suiza y otros Estados. Asimismo, apoyamos el llamado a que se utilicen las deliberaciones sobre el fomento de capacidades en el DTG 2 a fin de permitir que los Estados puedan desarrollar mejor sus posiciones nacionales sobre la aplicación del derecho internacional al ciberespacio. En particular, estamos a favor de la intervención de Kiribati en ese sentido. La aplicación del derecho internacional en el ciberespacio, y especialmente la Carta de las Naciones Unidas, el derecho internacional relativo a los derechos humanos, el derecho internacional humanitario y el derecho sobre la responsabilidad de los Estados, son un hecho jurídico objetivo. Irlanda No está de acuerdo, en absoluto, con cualquier indicación de que afirmar esta legislación en el ciberespacio legitima o alienta la militarización del ciberespacio. El derecho internacional humanitario es para limitar el sufrimiento de los conflictos y para paliar sus consecuencias, no para justificar el inicio de un conflicto. La aplicación del derecho internacional humanitario al ciberespacio garantiza que minimicemos toda laguna que exista la protección jurídica cuando se trata de un conflicto armado en el ciberespacio, y especialmente en materia de.
Protección de los civiles y de blancos civiles.
Presidenta, sabemos que no hay un verdadero ímpetu para que los Estados desarrollen sus posiciones nacionales. Más de un centenar de Estados han publicado hasta la fecha, a título individual o dentro de un grupo regional, sus posiciones sobre el derecho internacional. La experiencia En el desarrollo de nuestra propia posición nacional, que se publicó en 2023, fue una experiencia valiosa y animamos a todos los Estados a que piensen en la posibilidad de desarrollar una posición o a título individual o colectivo. Irlanda está dispuesta a mantener intercambios oficiosos con otros Estados para compartir nuestra experiencia en la elaboración de nuestra posición nacional. Cuantas más posiciones nacionales se elaboren y se publiquen, más cerca estaremos de colmar nuestras brechas sobre cómo se aplica el derecho internacional al ciberespacio, que pudiera haber lagunas en la manera en que entendemos la aplicación del derecho, no es evidente en estos momentos que haya lagunas considerables en el derecho como tal. Por consiguiente, consideramos que toda causa para elaborar nuevas normas jurídicamente vinculantes sería prematura y nuestra prioridad más bien debería ser afianzar el entendimiento compartido.
Por último.
Como hemos dicho sistemáticamente en nuestras declaraciones durante el proceso del Grupo de Trabajo de Composición Abierta, creemos que todo resultado que emana del mecanismo.
Global debería centrarse no solo en determinar puntos de consenso, sino también en determinar puntos de convergencia a fin de reflejar debidamente un equilibrio de opiniones en esta sala.
Estamos dispuestos a contribuir de manera positiva para seguir deliberando sobre el derecho internacional en el marco del mecanismo global?
Gracias, presidenta.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Turquía.
Gracias, presidenta.
Considera Turquía fundamental preservar un entorno de tecnologías de la información y las comunicaciones basado en normas, abierto, seguro, estable, accesible y pacífico. Creemos que el ciberespacio no se puede examinar o no se puede considerar, mejor dicho, un vacío jurídico. Aunque siguen surgiendo reglas y entendidos específicos al ciberespacio, y estas se siguen debatiendo entre los Estados miembros, Sí se puede reafirmar que el derecho internacional que ya existe, se aplica a la conducta de los Estados en el espacio de las TIC. En este sentido, la Carta de las Naciones Unidas sigue siendo la espina dorsal del orden jurídico internacional. Sus fines y propósitos son igualmente pertinentes en el marco de las TIC. Estos principios y fines incluyen, entre otros, los principios de soberanía e igualdad soberana de los Estados, la no injerencia en los asuntos internos, la prohibición de la amenaza o el uso de la fuerza y la obligación de resolver las controversias internacionales de manera pacífica. Considera Turquía que estos principios ofrecen la base necesaria para la conducta responsable de los Estados en el ciberespacio. Las actividades en el espacio de las TIC no deberían utilizarse para socavar la soberanía, la seguridad o el orden público de otros Estados, ni tampoco se deberían utilizar en contravención de los fines y principios de la Carta. Al propio tiempo, la.
Aplicación del derecho internacional al empleo de las TIC debería abordarse de manera cuidadosa, inclusiva y orientada al consenso. Las diferencias que hay entre distintos sistemas jurídicos nacionales, entre los distintos niveles de capacidades tecnológicas e inquietudes de seguridad se deberían tener debidamente en cuenta. En tal sentido, es fundamental que.
Haya un diálogo continuado en el seno de las Naciones Unidas con el mecanismo para desarrollar comprensiones comunes entre los.
Estados miembros. Gracias.
Gracias, presidenta. Ucrania hace suya la declaración pronunciada por la Unión Europea. Quisiéramos agregar algunas consideraciones en calidad nacional. Reafirma Ucrania su apoyo inquebrantable al marco elaborado en las Naciones Unidas en virtud del cual el derecho internacional, y en particular la Carta de las Naciones Unidas en su totalidad, se.
Aplica al uso de las TIC por los Estados.
La comunidad internacional reiteradamente ha reafirmado que el derecho internacional existente ofrece un marco jurídico.
Amplio por el cual se rige la conducta de los Estados en el entorno de las TIC.
Y este sigue siendo fundamental para mantener la paz y la seguridad internacionales.
Por consiguiente, Ucrania no respalda los esfuerzos encaminados a desarrollar nuevas reglas jurídicamente vinculantes para regular la.
Conducta de los Estados en el ciberespacio. Ahora deberíamos centrarnos en entender mejor cómo se aplica el derecho internacional que ya existe en la práctica y cómo fortalece y cómo fortalecer su aplicación fidedigna. El respeto del derecho internacional no es una opción, es la base de la estabilidad, la previsibilidad y la rendición de cuentas en las relaciones internacionales, y especialmente en el ciberespacio. Los principios de soberanía, igualdad soberana, no injerencia.
En los asuntos internos de los Estados, solución pacífica de las controversias y prohibición de la amenaza.
O el uso de la fuerza siguen siendo plenamente aplicables cuando los Estados utilizan las TIC. Igualmente, el artículo 51 de la Carta, en el cual se reconoce el derecho inmanente de legítima defensa a título individual o colectivo, se aplica con independencia de los medios que se utilicen para cometer un ataque armado. Considera Ucrania que las deliberaciones en el marco del mecanismo global, por consiguiente, deberían centrarse en mejorar la comprensión común de los Estados sobre la aplicación del derecho internacional existente y también intercambiar opiniones y prácticas nacionales y fortalecer la capacidad jurídica en las distintas regiones. Para lograr un entendido común, el DTG1 podría contribuir. Este marco está complementado por las 11 normas voluntarias de conducta responsable de los Estados. Apoyamos un debate profundo sobre la ciberseguridad en la.
Infraestructura del sector de la salud y también proponemos que se aborden las cuestiones relativas a la.
Protección de la infraestructura energética frente a los ciberataques. Es importante, creemos nosotros, porque en la era digital, la cobertura de Internet.
El acceso a los datos, el acceso a los servicios bancarios y de transporte e incluso a la calefacción.
De las viviendas, literalmente, toda actividad depende de la disponibilidad de un acceso estable a la electricidad. Hasta donde nosotros entendemos, este es un tema transversal, tanto en términos de la aplicación del derecho internacional como desde el punto de vista del derecho internacional humanitario, también con relación a la declaración conjunta presentada por la delegación de Suiza.
Y la puesta en funcionamiento del marco de conducta responsable de los Estados. Y también se podrían determinar aquellos enfoques en los cuales las prácticas para equilibrar.
La responsabilidad de los parte habientes dentro de las alianzas entre el sector público y privado.
Presidenta, la efectividad del derecho internacional, en última instancia, depende de que se respete. Los Estados no pueden invocar de manera selectiva el derecho internacional y al mismo tiempo vulnerar sus principios fundamentales a través de actividades malintencionadas de TIC contra otros Estados. Esta conducta socava la confianza, debilita la estabilidad internacional y mina la confianza en el orden internacional basado en normas. Considera Ucrania que la rendición de cuentas debe seguir siendo un elemento fundamental del orden internacional?
Basado en normas, también en el ciberespacio. El derecho internacional no puede contribuir a la estabilidad si sus violaciones quedan impunes.
Los Estados responsables de cometer actos internacionalmente ilícitos mediante las TIC deben responder de sus actos, de.
Conformidad con el derecho internacional.
Entre esto se incluye el fortalecimiento de la cooperación internacional, la atribución, la promoción de la transparencia en cuanto a actividades cibernéticas malintencionadas y garantizar que las violaciones del derecho internacional no se normalicen. Y, en este sentido, las ciberactividades malintencionadas sistemáticas cometidas dentro de la guerra de agresión contra Ucrania cometidas por un Estado miembro, cuyo nombre sabemos, recalca la importancia de lograr la rendición de cuentas cuando se cometen.
Violaciones del derecho internacional a través del ciberespacio.
La impunidad no hace más que alentar una conducta malintencionada y socava la confianza en el orden jurídico internacional.
Ucrania está firmemente comprometida con la.
Aplicación de las normas en el ciberespacio y estamos deseosos de fortalecer las normas para fortalecer las normas en torno al TCA.
Muchas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Tailandia, seguida de Albania.
Madam Chair, Thailand aligns itself with the statement delivered by Australia. Secundamos la declaración leída por Australia en nombre de un grupo de Estados. La transición del GTCA a este mecanismo global Marca un importante hito en nuestro esfuerzo colectivo en la aplicación del derecho internacional en el ciberespacio.
Por ello, Tailandia quisiera comentar tres cosas, observaciones. Uno, que observamos nuestra posición de que el derecho internacional, en concreto la Carta, se aplica al uso de las TIC. Seguimos firmemente convencidos y comprometidos con un.
Orden internacional que sea robusto, arraigado en el derecho internacional como uno de los medios más eficaces de salvaguardar la seguridad y el interés de todos los Estados. La publicación de esta posición nacional sobre la aplicación del ciberespacio el año pasado es una demostración clara de esta posición. celebramos la continuación de las conversaciones sobre el derecho internacional y el mecanismo. Esto quizá no sea el tema dedicado temático que Tailandia y otra serie de miembros han propuesto, pero nos parece que aún así es una oportunidad para fortalecer nuestro entendimiento de cómo se aplica esto al ciberespacio. También pensamos que es necesario formalizar todo esto en un informe. Es necesario poder acercar y esechar nuestras diferencias al tiempo que seguimos pensando en cuán necesario es este diálogo. También concedemos la máxima importancia a fomentar un entendimiento. Una respuesta confiada y un comportamiento razonable de los Estados, así como compartir las posiciones nacionales, todo ello ayude a reducir el riesgo de malentendidos y de escalada, al tiempo que contribuye al desarrollo progresivo de las normas y de los principios que rigen la el comportamiento de los Estados. Tailandia siempre ha compartido sus opiniones dentro del GTCA y seguiremos haciéndolo de manera constructiva dentro de este mecanismo global. En tercer lugar, promover un entendimiento del derecho internacional en el ciberespacio supone también fomentar las capacidades y abordar las brechas que existen entre los Estados. En ese sentido, co-albergamos junto con UNIDIR la aplicación de las normas para la responsabilidad de los Estados en Bangkok a principios de mes. En ese sentido, es importante ver cómo se aplica esto en el ciberespacio. y también son medidas de fomento de capacidad. Estamos listos para participar en conversaciones sobre esos temas respectivos. Para terminar, reafirmamos nuestro compromiso compartido de seguir adelante con el desarrollo del derecho internacional en el ciberespacio. Estamos listos para trabajar con todas las partes para promover el objetivo de este mecanismo.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Albania, seguida de la Federación Rusa.
Señora Presidenta, Albania respalda la posición de la Unión Europea para la aplicación del marco de responsabilidad de los Estados y seguimos también comprometidos con un ciberespacio abierto y seguro para todos. Pensamos que la legislación internacional sigue siendo apta para todos los ámbitos. Los actos maliciosos son cada vez más frecuentes. Afecta a las sociedades, las economías y puede afectar a la paz y seguridad internacionales. Albania reafirma el derecho internacional, en particular la Carta de las Naciones Unidas y el derecho internacional. Y sabemos que se aplica al ciberespacio. Una mejor aplicación contribuye a una mejor rendición de cuentas en el comportamiento de los Estados. A la luz de la declaración de la Unión Europea sobre el entendimiento en el ciberespacio, respaldamos la aplicación del derecho internacional en el contexto de la soberanía de los Estados. en los principios de la no injerencia, de debida diligencia, la prohibición del uso de la fuerza, el ajuste pacífico de las controversias, la responsabilidad de los Estados. Los Estados deben llevar a cabo sus operaciones de manera coherente con sus obligaciones internacionales. Cualquier quebrantamiento supone la responsabilidad del Estado cuando se cumplen los requisitos. Albania reitera que el derecho internacional humanitario se aplica a las ciberoperaciones llevadas a cabo en el concurso de un conflicto. Y reconocemos que ello no significa ni legítima ni la ciberguerra, ni la beligerancia en el ciberespacio. Para nosotros, los Todos los civiles y sus infraestructuras deben recibir la misma preocupación. La legislación internacional, el derecho internacional, se aplica tanto fuera de línea como en línea. Es necesario entrenarse en escenarios con posiciones y desarrollo a las posiciones de los Estados. Todo ello nos puede ayudar a comprender mejor cómo se aplica el derecho internacional al ciberespacio. El mecanismo global debería facilitar un foro orientativo para promover estas conversaciones. Su sesión plenaria y grupos temáticos han de facilitar intercambios sobre cuestiones jurídicas concretas, partiendo de las prácticas la identificación de las capacidades y la promoción de las recomendaciones prácticas. Hay diferencias de interpretación, pero estas diferencias no deben tratarse como algo malo, sino que para abundar al diálogo en el entendimiento de la aplicación del marco. Alemania sigue comprometido en promover el derecho internacional en el ciberespacio y está listo para trabajar con todos los socios para fortalecer un entorno TIC estable y pacífico.
Gracias.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la Federación Rusa.
Muchas gracias, señora Presidenta.
Las normas de conducta responsable son, sin duda, un elemento importante y necesario de nuestra.
Labor, pero queda claro también que para poder garantizar de forma eficaz la seguridad de la información internacional, hoy en.
Día las normas no son suficientes.
Es necesario garantizar que todos los Estados cumplan los acuerdos alcanzados y eliminen las discrepancias en su interpretación. Estas tareas, esos objetivos, solo pueden resolverse otorgando a las normas de conducta voluntarias y no voluntarias un carácter jurídicamente vinculante. En octubre de 2025 se dio un paso importante hacia la creación de un régimen jurídico internacional de la seguridad de la información. Se abrió a la firma el primer tratado universal en este ámbito, elaborado por iniciativa de Rusia, la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Informática. Ya han firmado el documento 78 países. Y aprovechamos la ocasión para instar a todos los países a que se adhieran a este importante instrumento de lucha contra los piratas informáticos y los estafadores en línea. La aprobación de la Convención se ha convertido en un argumento irrefutable a favor de la necesidad de tratados globales para regular el espacio digital, cuyas características técnicas y jurídicas únicas no permiten aplicar de forma automática en su totalidad las normas vigentes del derecho internacional.
El siguiente paso lógico, a nuestro entender, debería ser desarrollar los instrumentos jurídicos, los aspectos jurídicos.
Internacionales análogos, pero también para otros aspectos de la seguridad internacional en el ámbito de la información, ante todo con el fin de prevenir y resolver pacíficamente los conflictos interestatales en el ámbito de la información. En ese sentido, nos gustaría señalar la existencia de trabajos concretos en esta cuestión que se presentaron en el marco del Foro de las Naciones Unidas sobre.
La gobernanza de Internet y en la forma de un proyecto también de Convención de las Naciones Unidas sobre la seguridad internacional en el ámbito de las TIC.
El documento refleja la comprensión de la aplicabilidad de los principios universalmente reconocidos del derecho internacional al ámbito de las TIC y consagra disposiciones basadas en las recomendaciones de las resoluciones anuales de la Asamblea General sobre logros en el ámbito de la informatización y las telecomunicaciones en el contexto de la seguridad internacional. Consideramos importante continuar el debate sustantivo al respecto, tal y como se prevé en el mandato del Mecanismo Mundial aprobado mediante las resoluciones por consenso de la Asamblea General 79/237.
Y 80/16, que son de carácter vinculante.
En este sentido, pedimos a la Presidencia organizar debates pertinentes en el marco del primer grupo temático. Por otra parte, me gustaría abordar por separado la cuestión del concepto promovido por algunas delegaciones de la rendición de cuentas.
Por el cumplimiento de normas voluntarias de conducta responsable que a su vez carecen de carácter vinculante.
Se propone a los Estados que adopten una supuesta lista de verificación voluntaria de medidas prácticas para su aplicación. No nos oponemos a tratar la cuestión, pero solo partiendo del entendimiento de que será realmente voluntaria y no se convertirá, como afirman abiertamente algunas delegaciones, en una forma de rendición de cuentas de unos Estados contra otros. Rechazamos ese enfoque por no ajustarse a los principios fundamentales de la Carta de las Naciones Unidas. Al mismo tiempo, en nuestra opinión, incluso en su forma actual, esa lista de comprobación es insuficiente. Es necesario ampliarla ante todo mediante las normas de conducta adicionales contenidas en la resolución 73/27, incluidas las normas que.
Establecen la necesidad de.
Aportar pruebas a la hora de atribuir a los Estados la responsabilidad por la comisión de ataques informáticos. El denominado marco de conducta responsable debe tener en cuenta todas las decisiones pertinentes de la Asamblea General. Para concluir, me gustaría subrayar una vez más que las normas voluntarias de conducta pueden observarse, pueden acatarse, mientras que lo que se puede cumplir son los compromisos contraídos en virtud de los tratados internacionales. Por lo tanto, consideramos que el concepto de aplicación de las normas de conducta solo será posible una vez que estas normas voluntarias se les haya conferido carácter jurídicamente vinculante. Gracias.
Muchas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Indonesia, seguida de Ghana y Filipinas.
Thank you, Madam Chair. International law provides.
Gracias. El derecho internacional es el marco esencial para organizar la estabilidad y la conducta responsable en el caso de las TIC.
Indonesia reafirma que el derecho internacional, en particular la Carta, se aplica al ciberespacio y a los principios como la soberanía, la no injerencia, la prohibición del uso de la fuerza y el ajuste pacífico de las controversias que son plenamente aplicables en un entorno de las TIC. Es necesario seguir compartiendo este entendido de cómo esto aplica en la práctica. Pero esa comprensión sigue siendo desigual.
Ello supone una fragmentación también en la puesta en práctica. Por lo tanto, el mecanismo global facilita una plataforma inclusiva para proseguir con el diálogo y fomentar un entendimiento del derecho internacional. para garantizar que todos los Estados puedan integrar significativamente el derecho internacional en el ciberespacio.
De manera más práctica, subrayamos la necesidad de que el mecanismo global aborde la cuestión de la atribución de manera transparente, objetiva, partiendo de estándares y metodologías. La atribución jamás debe usarse como instrumento político. Tal planteamiento es esencial para fomentar la confianza, evitar los errores de cálculo y garantizar que la aplicación del derecho internacional en el ciberespacio siga siendo justo, no discriminatorio y respetuoso de las diferentes.
Capacidades de los Estados.
En este sentido, los intercambios de posiciones nacionales y las metodologías deben ser no prescriptivos y respetuosos de los diferentes marcos jurídicos.
Señora Presidente, a medida que el Mecanismo Global avanza su labor, Indonesia cree que la prioridad ha de darse a la creación de capacidad cooperativa como capacitación sobre la aplicación del DIH.
En el ciberespacio y ver cómo se aplicará el derecho internacional al.
Ciberespacio, siempre y cuando esa capacitación sea inclusiva, coherente y refleje las necesidades de todos los Estados miembros, especialmente los países en desarrollo.
Gracias. Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Ghana.
Ghana. Segunda, la declaración. del Grupo Africano, pronunciada por la designada delegación de Nigeria. Y a continuación escucharán nuestra presentación nacional. Reafirmamos que el derecho internacional, especialmente la Carta de las Naciones Unidas, sigue siendo aplicable y es esencial para mantener la paz y seguridad internacionales, la seguridad y la estabilidad en el uso de las TIC.
Ella incluye los principios de.
La soberanía, la igualdad soberana, el ajuste pacífico de las controversias y la no injerencia en los asuntos de los Estados, así como la aplicabilidad del derecho internacional a los derechos humanos cuando proceda. Esta posición es coherente con la posición común africana. sobre el derecho internacional en el uso de las TIC. Ghana considera que el diálogo continuado sobre la aplicación del derecho internacional es esencial para promover un entendimiento común entre.
Los Estados y reducir el riesgo de malentendidos y conflictos en el ciberespacio. En este sentido, acogemos con satisfacción la creación del grupo temático específico sobre derecho internacional como importante plataforma para unas conversaciones constructivas. Ghana también reafirma la importancia.
De los artículos 2 y 3 de la Carta, que instan a los Estados a resolver las controversias.
Por medios pacíficos, de manera que no ponga en peligro la seguridad o la justicia internacionales. Este principio sigue siendo relevante en el contexto de las actividades relacionadas con las TIC.
Ghana sigue comprometida con trabajar con el resto de los Estados miembros y todas las partes interesadas para promover un entendimiento común sobre la aplicación del derecho internacional en el uso de las TIC. Esperamos con interés continuar estos debates en el marco del mecanismo global, con un espíritu de cooperación, consenso y respeto mutuo. Gracias.
Muchísimas gracias.
Doy ahora la palabra a la delegación de Filipinas. Gracias.
El derecho internacional es la piedra angular del marco de conducta responsable de los Estados en las TIC. Las Filipinas reafirman el consenso reflejado en informes sucesivos de diferentes representantes gubernamentales y del GTCA. de que el derecho internacional, en particular la Carta de las Naciones Unidas, es de aplicación a las TIC por parte de los Estados y contribuye a mantener la paz, la seguridad y la estabilidad internacionales en el ciberespacio. A medida que el mecanismo global avanza del diálogo a la aplicación, nuestro trabajo colectivo en el marco de este pilar debería centrarse en reforzar la comprensión y la aplicación práctica de este consenso establecido.
En ese sentido, Coincidimos con otros Estados miembros que han hecho hincapié en la aplicación práctica, en el diálogo continuado.
Y los intercambios voluntarios de experiencias nacionales, al tiempo que reconocen la diversidad de sistemas jurídicos, circunstancias nacionales y niveles de desarrollo tecnológico. Filipinas considera que las conversaciones en el marco de este mecanismo deben dar prioridad a los intercambios prácticos sobre la aplicación del derecho internacional a nivel nacional. Compartir la legislación nacional, las políticas, los acuerdos institucionales, las prácticas administrativas y judiciales y las experiencias operacionales puede ayudar a promover la transparencia, mejorar el entendimiento mutuo y ayudar a los Estados miembros a reforzar.
Sus marcos jurídicos y marcos nacionales. de conformidad con sus respectivos ordenamientos jurídicos y obligaciones internacionales. Estos intercambios son especialmente valiosos para los países en desarrollo que quieren fortalecer la ciberresiliencia al tiempo que están al tanto de los avances tecnológicos.
Pueden ayudar, desde luego, Este mecanismo es una plataforma apropiada para ese diálogo continuo, para mantener puntos de vista jurídicos divergentes sobre determinados aspectos. Para ese diálogo continuo, el intercambio voluntario, perspectivas prácticas y experiencias. Estos debates pueden contribuir a una mayor claridad y entendimiento común sobre cómo se aplica en la práctica el derecho internacional vigente.
Señora Presidenta, las Filipinas siguen fortaleciendo su marco jurídico para respaldar la aplicación del derecho internacional en el.
Caso de las TIC. El proyecto de ley sobre ciberseguridad y protección de las infraestructuras de información críticas, que sigue formando parte de la agenda legislativa prioritaria del país, refleja nuestros esfuerzos de reforzar la protección de las infraestructuras de información críticas, mejorar la coordinación institucional y fortalecer la resiliencia cibernética nacional.
Al mismo tiempo, hemos seguido actualizando los marcos reglamentarios para garantizar.
La puesta en práctica, fortalecer la gobernanza de datos y los marcos jurídicos. Como país que ostenta la presidencia de la ASEAN en 2026, Filipinas también sigue impulsando la aplicación regional del marco acordado a través de la Estrategia de Cooperación en Materia de Ciberseguridad de la ASEAN 2026-2030. Los simulacros cibernéticos, el intercambio de información fiable, la colaboración operativa entre las autoridades competentes y el intercambio de buenas prácticas complementan los esfuerzos nacionales de aplicación y contribuyen a la estabilidad y la resiliencia regionales. Las Filipinas considera que la aplicación práctica debe seguir siendo la base de nuestro trabajo en el marco de este pilar, a medida que los Estados miembros siguen intercambiando experiencias y fomentando su entendimiento de cómo se aplica el derecho internacional al uso de las TIC. Estas conversaciones contribuirán al desarrollo continuo de nuestro entendimiento colectivo. Cualquier debate de este tipo debe seguir siendo inclusivo, transparente, basado en el consenso y adaptado al entorno cambiante de las TIC, sin prejuzgar su resultado.
Thank you, Madam Chair.
Muchísimas gracias y voy a dar ahora la palabra a la delegación de Botsuana.
Thank you, Chair.
Gracias, Presidenta. Botsuana.
Hace suya la declaración pronunciada por la República de Nigeria en nombre del Grupo Africano y queremos indicar lo siguiente.
En calidad nacional: Botsuana está comprometida con un ciberespacio regido por el derecho.
Internacional y la Carta de las Naciones Unidas, reconociendo que la operacionalización de estas formas exige una claridad técnica. Nuestra delegación hace hincapié en que la creación de capacidades es indispensable para garantizar que todos los Estados, con independencia de su madurez tecnológica, puedan interpretar y aplicar el derecho internacional en la práctica. En este sentido, Botswana señala la importancia vital de los DTGS con la convocatoria de expertos en los ámbitos operacionales. Esto servirá como práctica inclusiva para fomentar los principios y las realidades técnicas, así como para desarrollar un entendimiento práctico de cómo el derecho internacional se aplica al ciberespacio. La OSCE considera vital que los DTGS se concentren en los principios internacionales de la soberanía y de la no intervención. la prohibición del uso de la fuerza, el derecho internacional de los derechos humanos, así como el derecho internacional humanitario y el resto de las cuestiones de distinción y de proporcionalidad. Estas conversaciones han de tener en cuenta el carácter único del ciberespacio, alinear los marcos con las realidades digitales. Botswana apoya la posición común africana sobre la aplicación del derecho internacional al ciberespacio. y estamos actualmente refinando nuestra posición nacional sobre el derecho internacional y tiene previsto presentar su perspectiva holística a la comunidad internacional como manera de contribuir al debate. Hemos señalado ya que la creación de capacidad es esencial para la aplicabilidad del derecho internacional del ciberespacio.
Por eso encomiamos a los órganos jurídicos internacionales, especialmente UNIDIR, Unión Africana y el SADC por la facilitación de asistencia técnica y las iniciativas que empoderan a los Estados miembros.
Y cómo compartimos con otros y ampliamos el entendimiento en ese sentido?
Muchísimas gracias.
Hemos escuchado a la última delegación de esta mañana. Agradezco las intervenciones de todos ustedes, su involucramiento. Voy a dar solamente alguna información para la conducción de la sesión de esta tarde. Quedan aún cuatro oradores pendientes para este punto de agenda. Voy a dar lectura a los mismos: Suiza, Estados Unidos, Australia, y el Comité Internacional de la Cruz Roja. Así que vamos a escuchar a estas intervenciones bajo este tema de agenda en la tarde. Pero primero, tal como está reflejado en nuestro programa de trabajo, a las 3:00 PM vamos a convocar nuevamente en esta misma sala para la sesión dedicada a las partes interesadas acreditadas. Animamos a todas las delegaciones para que también puedan estar presentes en este espacio. Después de que haya terminado esa sesión, vamos a continuar inmediatamente retomando a las delegaciones que han solicitado el uso de palabra, como indiqué en este punto de agenda. Cuando hayamos finalizado este punto de agenda, inmediatamente vamos a iniciar el siguiente, que es desarrollar y aplicar medidas de fomento de la confianza. En ese sentido, agradeceré que vengan preparados para la sesión de la tarde y sin más por el momento, se levanta la sesión.
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